El fiscal penal de UFINAR, Santiago López Soto, requirió ante el Juzgado de Garantías 2 la elevación a juicio de la causa que tiene como imputados a Marta Silvina Rivaineira y Ricardo Ramón Abán, por los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y violación a las normas dispuestas para evitar la propagación de una pandemia.
Según consta en el requerimiento, los imputados fueron detenidos tras un procedimiento realizado el pasado 14 de mayo, cuando personal policial pudo observar a la pareja que realizaba el intercambio de dinero por sustancia estupefaciente a bordo de un Volkswagen Gol azul.
La pareja fue interceptada en avenida Asunción, antes de llegar a la rotonda de Los Gauchos, donde se les secuestró la sustancia que según la prueba de narcotest correspondió a cocaína, fraccionada en 27 envoltorios de polietileno con un peso de 4,4 gramos en total.
Además, un allanamiento realizado en el domicilio del matrimonio situado en Villa Primavera, permitió el secuestro de más cantidad de sustancia blanquecina, que según la prueba de narcotest correspondió a cocaína y de elementos para acondicionar el estupefaciente; entre ellos, una cucharilla de metal con cabo de plástico color naranja, dos tijeras, dos cuchillos con la hoja de metal tipo sierrita con cabo de madera con resto de sustancia blanquecina, recortes de bolsas de polietileno color negro y una vela de cera color blanca a medio consumir.
También fue secuestrada una motocicleta Motomel, un teléfono celular y la suma de $73.850 y USD 20.
El fiscal penal López Soto entendió que la cantidad secuestrada excedió cualquier parámetro de consumo personal, mientras que los imputados tampoco pudieron justificar los montos del dinero en efectivo secuestrado.
Con respecto a la violación de las normas dispuestas para evitar la propagación de una pandemia, el fiscal destacó que quedó acreditado mediante las tareas de vigilancias realizadas por personal policial, que los imputados circularon por la vía pública en distintas oportunidades y sin la autorización correspondiente, mientras realizaban el intercambio de estupefacientes por dinero, por lo que violaron las medidas dispuestas por la autoridad competente (DECNU 260/2020) para impedir la propagación del coronavirus.