En agosto de 2020, una mujer denunció en el programa Central Policial que en Villa Las Rosas vendían drogas a los detenidos y luego amenazaban a familiares para que paguen. La UFINAR inició una investigación que concluyó con 9 imputados.
El Tribunal del Juicio integrado por los jueces Marcelo Rubio, Gabriela Romero Nayar y Mónica Faber condenó a siete de los nueve acusados por comercialización de estupefacientes en la Unidad Carcelaria N° 1.
El fiscal Penal de la Unidad Fiscal Contra la Narcocriminalidad (UFINAR), Santiago López Soto, representó al Ministerio Público Fiscal durante el juicio que se desarrolló a lo largo de 10 jornadas.
Guillermo Pedro Lozano fue condenado a 6 años y 6 meses de prisión de ejecución efectiva por ser autor del delito de comercialización de estupefacientes agravado por cometerse en un establecimiento de detención. Teniendo en cuenta que Lozano tenía una condena previa de 2016 y, unificadas las penas, pasará 29 años y seis meses en prisión.
Cristina Santander Contreras fue condenada a 6 años de prisión de ejecución efectiva por comercialización de estupefacientes agravado por ser cometido en establecimiento de detención; Rocío Rodríguez, a 4 años y 6 meses por el mismo delito y a Claudia Carrizo a 4 años de prisión efectiva por comercialización de estupefacientes. Las tres cumplirán sus condenas en sus domicilios particulares.
Martín Navarro fue sentenciado a la pena de 4 años de prisión efectiva por comercialización de estupefacientes y tenencia de arma de fuego de uso civil, al igual que Pablo González Hussein, por el delito de comercialización de estupefacientes. El Tribunal ordenó el inmediato traslado de los dos sentenciados a la Unidad Carcelaria.
En cuanto a Micaela Alderete, los jueces la condenaron a 3 años de prisión de ejecución condicional más reglas de conducta por el delito de facilitación de estupefacientes a título gratuito agravado por ser cometido en establecimiento de detención. Se ordenó su inmediata liberación.
Finalmente, Nicolás Martínez Fleitas y Daniel Valeriano fueron absueltos por el beneficio de la duda.