La fiscal Verónica Simesen de Bielke, en Derechos Humanos

El procurador general de la provincia, Abel Cornejo, dispuso que la fiscal Verónica Simesen de Bielke, se haga cargo de la Fiscalía de Derechos Humanos; que el fiscal penal Gustavo Alberto Vilar Rey, estará a cargo en forma interina de la Unidad Fiscal Contravencional, a partir de su reincorporación. Hasta tanto, seguirá a cargo de la UFICON, la fiscal Gabriela Buabse.

El Procurador reorganizó las fiscalías, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 82 y 83 del Código Procesal, con el fin de asegurar un eficiente y adecuado desempeño de las funciones del Ministerio Público Fiscal y aprovechar mejor los recursos humanos disponibles para favorecer la defensa de los intereses por los que el organismo debe velar.

En esa inteligencia, Cornejo consideró las necesidades funcionales de la Fiscalía de Derechos Humanos y de la Unidad Fiscal Contravencional, sin perjuicio de la obligación de las y los fiscales de garantizar el servicio de justicia que deben prestar, cumplir con sus actividades y de realizar todas las medidas que no admitan demora.

Sobre Simesen de Bielke

La fiscal Verónica Simesen de Bielke se desempeñó como fiscal penal de General Güemes; de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual y de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, donde también tuvo una destacada actuación y fue reconocida por el Procurador por la tarea desempeñada durante la audiencia de debate desarrollada en la Sala VII del Tribunal de Juicio, con la condena a prisión perpetua de los cinco responsables del homicidio calificado de Daniela Guantay.

En febrero pasado, Cornejo puso de relieve el trabajo de Simesen de Bielke y el desarrollado especialmente en este caso, porque su formación y actuación basada en la perspectiva de género, permitieron que los hijos, madre y seres queridos de Daniela Guantay sepan que su femicidio no quedó impune.

Hasta hoy, Simesen de Bielke vino desempeñándose en la Unidad de Delitos Económicos Complejos, cuya función es la de investigación e intervención en las etapas de juicio y ejecución de los casos iniciados por delitos contra la Administración Pública, y desde donde impulsó diferentes investigaciones por fraude, peculado y otros delitos contra el erario público bajo la premisa impartida por el Procurador, de investigar en tiempo real.

Investigan de oficio el posible robo de mercadería con fines sociales

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, investiga las denuncias que tomaron estado público y que fueron realizadas por distintos encargados de comedores y merenderos de los barrios de la Ciudad de Salta.

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, dispuso dentro de las facultades otorgadas por el Código Procesal Penal de la provincia de Salta, la intervención de oficio y la apertura de una investigación para determinar si los hechos denunciados tienen características ilícitas.

El Art. 241 del Código, establece que “conocida la noticia críminis, recibida la denuncia o iniciadas las actuaciones de prevención, la o el Fiscal practicará una averiguación preliminar para determinar las circunstancias del hecho”.

De distintas publicaciones periodísticas se tiene que varios responsables de comedores y merenderos que funcionan en la Ciudad de Salta, denunciaron que funcionarios provinciales e integrantes de organizaciones sociales se quedarían con la mercadería destinada a fines sociales.

En todos los casos, las denuncias indican la disminución o la falta de percepción de los módulos alimentarios asignados por los Ministerios de Desarrollo Social de la Nación y de la Provincia.

San Lorenzo: Imputaron al exintendente, un exsecretario y un exconcejal

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente al exintendente de San Lorenzo, Ernesto Fernando Gonza, al exsecretario de Hacienda del mismo municipio, Rogelio Higinio Guaymás y al exconcejal y hermano del exintendente, Aldo Dalmiro Gonza, acusados de distintos delitos en perjuicio de la administración pública. Ninguno de los imputados declaró durante la audiencia y deberán presentar un escrito.

El exintendente Ernesto Fernando Gonza, fue imputado por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función, todo en concurso real.

Del decreto de imputación surge que el exjefe comunal incumplió en forma reiterada las normativas que regulan el sistema financiero y de gestión, en orden al manejo de una administración pública municipal y dispuso en forma discrecional de los recursos municipales sin observar tales normas, lo que produjo un grave perjuicio al erario municipal.

La falta de cumplimiento a los regímenes normativos vigentes facilitó la discrecionalidad del manejo de tales fondos públicos, sumado a la falta de rendición de cuentas al finalizar su mandato.

También se tiene acreditado que Gonza realizó en su carácter de máxima autoridad del municipio un contrato de cesión por el plazo de 99 años en beneficio personal, para gozar de una parcela en el cementerio parque San Lorenzo a cambio de una suma de dinero que a todas luces resulta irrisoria e incompatible con la función ejercida.

Rogelio Higinio Guaymás, fue imputado por fraude en perjuicio de la administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público, todo en concurso real.

En su carácter de Secretario de Hacienda, Guaymás incumplió en forma reiterada las normativas que regulan el sistema financiero y de gestión en orden al manejo de una administración pública municipal y dispuso en forma discrecional de los recursos municipales sin observar tales normas, lo que produjo en consecuencia un grave perjuicio al erario municipal.

La falta de cumplimiento a los regímenes normativos vigentes facilitó la discrecionalidad del manejo de tales fondos públicos, al percibir durante los períodos 2017-2019, la suma de $ 3.701.724. Sin su participación conjunta con Gonza, los hechos endilgados no podrían haberse llevado a cabo.

La fiscal Simesen de Bielke también entendió que las maniobras de fraude a la administración municipal no pudieron concretarse sin la participación necesaria de Aldo Dalmiro Gonza, quien a sabiendas que no formaba parte esa administración, retiró fondos por la suma de $ 539.215 entre 2017 y 2019, mediante la firma de vales sin la constancia de la efectiva devolución de los montos, por lo que fue imputado por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública en calidad de partícipe necesario.

Auditoría externa

La intervención de la Unidad de Delitos Económicos Complejos se produjo tras la denuncia radicada por el actual intendente de San Lorenzo, José Manuel Arias Saravia, en la que precisó que dispuso la realización de una auditoría externa de la gestión llevada adelante por Gonza.

El informe final de auditoría del 9 de marzo de 2020, comprendió los ejercicios presupuestarios de los períodos 2018-2019 y se pudo determinar diversas observaciones, como la inexistencia de un sistema de control interno; de indicadores de gestión en orden a la evolución de los recursos, su seguimiento y control, y el incumplimiento de las normas vigentes en materia de compra de bienes y contratación de servicios.

A su vez, evidenció una falta de control sobre los bienes adquiridos y servicios contratados y el incumplimiento de normas contables, financieras y presupuestarias, entre otras.

Al efectuarse la observación general por rubros, también hubo inconsistencias determinadas en gastos de combustibles, reparación de vehículos, compras de repuestos y alquiler de bienes.

Se identificaron retiros de dinero en efectivo que eran autorizados por el Intendente y el Secretario de Hacienda y surge que ante un requerimiento del Banco Macro y conforme lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera, se debía informar el destino de los fondos durante el trimestre abril, mayo y junio de 2019, por la suma de $11.514.135. Al realizar el relevamiento de dichos fondos, las extracciones referidas no se registraron en el sistema informático.

En cuanto a los ingresos tributarios, se detectó un supuesto en el que la tasa de construcción estaba impaga por falta de ingreso efectivo del dinero, pero con situación regularizada en el sistema tributario municipal.

Particularmente se pudo establecer que el 31 de agosto de 2018 ingresó en concepto de derecho de construcción un importe de $2.252.860 que fue abonado con cheques de pago diferido y que al momento de su depósito, eran retirados por las personas autorizadas por el Intendente y luego se entregaba el comprobante. Sin embargo, surge que solo se depositó un cheque el 31 de octubre de 2018 que fue rechazado por falta de fondos y que figura pagado en el sistema.

Así también se determinó la existencia de programas nacionales de asistencia social, con recepción de fondos en una cuenta del Banco Nación, de los cuales no existe uniformidad e integralidad en la información y documentación obrante en las oficinas administrativas de la Municipalidad con los extractos bancarios de dicha cuenta, tales como el “Programa de integración socio comunitaria”, “Acciones para la provisión de tierras para el hábitat social” y “Convenios de cooperación”, en los que no se efectuaron las ejecuciones correspondientes.

Por último, se pudo establecer la existencia de un sistema paralelo al formal con montos de entregas en efectivo para los periodos auditados que ascienden a la suma de $828.950 para el período 2018 y de $3.328.139 para el 2019. Sin embargo, se pudo establecer que de esos montos, la suma de $3.701.724, fue retirada por Rogelio Guaymás, en su carácter de Secretario de Hacienda entre 2017 y 2019 y de $539.215, retirados por Aldo Gonza, en su carácter de Concejal y hermano del Intendente.

Falta de rendición de cuentas

Del decreto de imputación también surge que Juan Carlos Dávalos, mientras se desempeñó como presidente del Concejo Deliberante de San Lorenzo, solicitó la intervención de la fiscalía y afirmó que el intendente Ernesto Fernando Gonza fue requerido en diversas oportunidades para que presentara informes al cuerpo deliberante, sin haber cumplido con sus obligaciones, establecidas por la Carta Orgánica Municipal.

Por último, la Auditoría General de la Provincia presentó el 13 de enero del corriente una denuncia luego de que el auditor Abdo Omar Esper solicitara al exintendente Ernesto Gonza la remisión de la documentación para la auditoría respectiva y que éste no cumpliera al estar debidamente notificado.

Por lo expuesto y con la documentación aportada por los denunciantes y hecha una valoración y análisis, la fiscal Simesen de Bielke entendió que surgen elementos de convicción suficientes para formular las imputaciones.

Fraude y falsificación en la Municipalidad: Detienen a dos mujeres y secuestran documentación

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente a Andrea Cecilia Palacios y Azucena del Valle Ruiz, por la comisión de los delitos de fraude a la administración pública y falsificación de instrumento público, todo en concurso real. Ambas permanecen detenidas.

Un allanamiento realizado este martes 16 en oficinas del Centro Cívico Municipal de Salta, permitió el secuestro de documentación valiosa para la causa y la detención de ambas mujeres.

Del decreto de imputación surge que las acusadas otorgaron un permiso transitorio de habilitación comercial en favor de un hombre para un local comercial ubicado en calle Leguizamón al 1700 de la Ciudad de Salta.

El instrumento resultó ser falso al advertir la titular de la Subsecretaria de Habilitaciones de la Municipalidad de Salta que los sellos y firma no se corresponden a los verdaderos, lo que causó un perjuicio patrimonial al Municipio porque no fue abonado el importe correspondiente por dicha habilitación.

Es que la intervención de la Unidad de Delitos Económicos Complejos se produjo el pasado 11 de junio tras la denuncia radicada por Lucia Inés Zapata Usandivaras, en su carácter de Subsecretaria de Habilitaciones de la Municipalidad de Salta, quien expuso que tomó conocimiento que falsificaron su firma en un permiso transitorio de habilitación extendido el 2 de junio.

La denunciante mencionó que el documento fue falsificado, no solo por la firma y sello apócrifos, sino también por el número de legajo que según la información de sistema “DIC” corresponde a un número de permiso transitorio emitido el 30 de diciembre de 2018 tramitado por el sistema “Salta Activa” y que se encuentra inactivo por falta de respuesta.

También adjuntó la constancia del detalle de sellado por contribuyente de la agencia de recaudaciones de la Municipalidad, en el que no existe registro de ingreso de pago de sellado a las arcas municipales correspondiente al permiso transitorio.

Se aclaró que para la extensión del Permiso Transitorio, el ciudadano que lo solicita y cuyo legajo se encuentre en condiciones debe abonar un sellado, cuyo valor se determina sobre unidades tributarias y que varía según la cantidad de días, de vigencia por el que se extienda, en este caso si se hubiere abonado el sellado, el mondo del sellado debía haber sido de aproximadamente, $3000 (Tres mil pesos). 

También aclaró con respecto al Sistema “DIC” se tramitan todos los legajos que iniciaron tramites de habilitación con anterioridad a septiembre del año 2018 y que tramitan por expediente papel y, que partir de esa fecha se implementó el sistema de “Salta Activa” de digitalización o trámite virtual de todas las habilitaciones que se iniciaron a partir de esa fecha o que se renuevan.

Un municipal detenido por estafar en nombre del Tribunal de Faltas

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente a Ramiro Gustavo Rivero, acusado del delito de estafa y falsificación del instrumento público, todo en concurso real. Permanece detenido.

Un allanamiento realizado en el domicilio del imputado, permitió el secuestro de documentación valiosa para la causa.

Surge del decreto de imputación que el acusado invocó tener contactos en el Tribunal de Faltas y requirió al denunciante una suma de dinero para solucionar la infracción que tenía por un accidente de tránsito en que estuvo involucrado su rodado, por lo que el damnificado abonó la suma solicitada por el imputado, quien entregó un oficio para retirar el rodado del organismo municipal.

El instrumento resultó ser falso tras ser rechazado por el Tribunal Administrativo de Faltas interviniente, al advertir que los sellos y firmas no se corresponden a los verdaderos, lo que causó un perjuicio patrimonial a la víctima.

La intervención de la Unidad de Delitos Económicos Complejos se produjo tras la denuncia radicada por Lucía Inés Zapata Usandivaras en su carácter de Jueza de Faltas de Tercera Nominación y subrogante de Cuarta Nominación, quien refirió que escuchó una sumariante decir «¿Se siguen dando oficios a los particulares para que retiren vehículos de los canchones?» lo cual le llamó mucho la atención y la llamó inmediatamente.

Al chequear el documento se dio con que las firmas y sellos impresos en la documentación no eran los reales e hizo constar que el oficio en cuestión posee el número perteneciente a un levantamiento de secuestro otorgado el 9 de diciembre de 2019 y que al corroborar en el sistema con el número de acta observó que pertenece al Juzgado de Primera Nominación y que no tiene resolución.

En tanto, el denunciante también radicó una denuncia en la que refirió que es personal del área de Infantería de la Municipalidad e indicó que el 18 de enero, en inmediaciones del Pasaje Zorrilla Y Juramento de la Ciudad de Salta, su vehículo Volkswagen Power colisionó con otro vehículo, por lo que personal de Tránsito Municipal dispuso que el rodado quedara secuestrado en el predio de la Municipalidad ubicado en Avenida Paraguay, a disposición del Tribunal de Falta.

El denunciante sostuvo que el 23 de enero se presentó por ante el Tribunal de Faltas y le informaron que su deuda era aproximadamente de $30 mil. Fue entonces que se comunicó con el imputado que se desempeña en el CCM  para consultarle los pasos a seguir para poder retirar su vehículo y si tenía conocimiento de si había planes o descuentos por pago voluntario.

Fue así que el imputado le comunicó que tenía un compañero que trabaja para el tribunal y que podía realizar todos los trámites por el monto de $5500 y que podría retirar el vehículo en dos semanas.

El dicente aceptó y pactó una reunión en una empanadería que queda frente al Centro Municipal, donde entregó el efectivo y las copias de cédula verde, licencia de conducir, título del vehículo, el formulario 08 y el comprobante de lo adeudado emitido por el ente.

Posteriormente recibió un mensaje por “whatsapp” del acusado, quien le expresó que los papeles estaban listos y lo citó afuera de las instalaciones de Tránsito Municipal, en calle Santa Fe N° 545.

El denunciante se presentó y el imputado le entregó un oficio donde refería que su vehículo estaba listo para ser liberado. Le explicó que debía ver a un “motorista” para que se encargue del diligenciamiento y fue allí que cuando consultó, se dio con la novedad que el oficio en mención no existía en la base de datos del Tribunal y que atento a lo ocurrido se presentó por ante la magistrada interviniente, Lucía Zapata Usandivaras, para explicarle lo ocurrido. Dejó constar que fue víctima de un estafa y que actuó con  desconocimiento de cómo se maneja el área administrativa y que por esa razón busco asesoramiento.

Imputan a la empresaria Silvia Magno por realizar viajes sin autorización durante el aislamiento

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente a Silvia Susana Magno, acusada del delito de violación a las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia. La empresaria se abstuvo de declarar y anunció que presentará su declaración por escrito.

Del decreto de imputación surge que la acusada, en su condición de socia de la firma Flor Azul, Sociedad por Acciones Simplificada, realizó viajes en los que infringió la normativa impuesta por la autoridad de aplicación para el ingreso de pasajeros provenientes de otras ciudades a la Ciudad de Salta.

La Unidad de Delitos Económicos Complejos tomó intervención de oficio, a partir de las noticias que tomaron estado público y que indicaron que el pasado 9 de abril llegaron 40 estudiantes desde la provincia de Córdoba, quienes habrían abonado la suma de $ 3.500 a la empresa de Silvia Magno, y que, según denunció una madre en una entrevista radial, tras lograr una “demorada” autorización supuestamente del Ministerio de Seguridad de Salta, los trasladó “de regreso a casa”.

En este sentido, el secretario de Seguridad, Benjamín Cruz, aclaró que la autorización de los viajes de repatriados son dados por Nación e indicó que de parte de la Provincia, se activó el candado sanitario y de seguridad correspondiente.

De constancias extraídas de la página web de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte respecto de las autorizaciones que debió solicitar la empresa Flor Azul SAS, sobre viajes informados por la División Policía Turística; surge que no registran pedidos de DUT (documento electrónico que debe generar la empresa) en los viajes realizados los días 2 de abril a las 22:40, 9 de abril a las 09:35 y 10 de mayo a las 14:15.

Además de la falta de DUT, el viaje de fecha 2 de abril se realizó en incumplimiento de la resolución del COE; al igual que el viaje realizado el 9 de abril, en relación al horario en que debían efectuarse los ingresos a la Provincia.

También se registra respecto de los viajes de fechas 9 de abril a las 21:50; 26 de abril a las 10:15; 26 de abril a las 15:35; 24 de mayo a las 08:50 y 28 de mayo a las 14:00; que los manifiestos de viajes en orden a la cantidad de pasajeros que debían ser trasladas fue superior en todos los casos a las declaradas al solicitar los DUT.

En tanto, en el viaje realizado el 28 de mayo, la acusada declaró como conductores a dos personas que de acuerdo a informes, eran otras. Todo ello en función de que la información contenida en los DUT no puede ser modificada.

Por otro lado, la fiscal verificó que solamente requirió autorización a la Subsecretaria de Transporte de la Nación respecto de los viajes realizados los días 25 de abril y 27 de mayo, que debió ser solicitada en forma previa a realizar los traslados de pasajeros a esta provincia.

Guachipas: Imputaron al concejal Héctor Cari por fraude

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, imputó al concejal de Guachipas, Héctor Sebastián Cari, acusado del delito de fraude a la administración pública. Simesen de Bielke actuó de oficio, ante la publicación de los hechos que involucraron al edil.

Del decreto de imputación surge que el acusado, en su carácter de Concejal del Municipio de Guachipas, se inscribió como beneficiario del subsidio Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), a sabiendas que no podía serlo e hizo incurrir en error a la Administración, ya que se requiere contar con la foto del documento nacional de identidad, datos de contacto (correo electrónico); CUIL y Clave de la Seguridad Social y recién a partir de allí, una vez reunidos tales requisitos, se puede ingresar a la solicitud.

Sin embargo, el accionar de Cari no se detuvo allí, pues tras ser notificado que el beneficio le fue acordado, se presentó personalmente ante las oficinas del Correo Argentino de Guachipas y cobró la suma de $10.000, a sabiendas que no le correspondían.

Tras ser advertido por los vecinos, intentó encubrir la maniobra ardidosa mediante la presentación de una nota ante el Concejo Deliberante en la que puso a disposición la suma referida.

La fiscal penal Simesen de Bielke tomó intervención tras las publicaciones en distintos medios de comunicación que informaron sobre el presunto cobro del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) por parte del edil.

Imputaron a Brunetti por proveer carne en mal estado al Materno Infantil

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, imputó a Francisco Brunetti, acusado de fraude en perjuicio de la administración pública y delito contra la salud pública, en concurso ideal. El acusado no asistió a la audiencia de imputación fijada para este miércoles.

Surge del decreto de imputación que el acusado, en su carácter de proveedor del Estado, distribuyó a través de la empresa Compañía Industrializadora Argentina de Carnes S.A. (Frigorífico Brunetti) carne de vaca y de pollo al Hospital Público Materno Infantil, que no estaba apta para consumo, ni cumplía con las condiciones establecidas en los pliegos de contratación.

Es que luego de efectuada la verificación de aptitud para consumo por parte de Bromatología de la Dirección General de Coordinación Epidemiológica del Gobierno de la Provincia, se determinó que no era apta, lo que conlleva a un perjuicio al patrimonio del Estado provincial al exigir los pagos de mercaderías sin que la contraprestación exigida haya cumplido los estándares requeridos para su entrega en un establecimiento público de salud.

A su vez, Brunetti puso en riesgo el bien jurídico “Salud Pública” tutelado por la norma referida mediante el suministro de mercadería cuyo estado no era apto para consumo humano.

La intervención de la fiscal penal Simesen de Bielke se produjo tras la denuncia pública hecha a través de medios de comunicación por el gerente del Hospital Público Materno Infantil, Federico Mangione.

Durante la entrevista realizada en la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Mangione expresó que el 27 de marzo, al pasar por el sector de cocina del hospital, sintió un olor fuerte y al preguntar al personal le manifestaron que era la carne que había dejado el Frigorífico Brunetti.

Al verificar que efectivamente se trataba de la carne, tomó la decisión de que no se podía dar de comer en ese estado a los pacientes y encomendó al personal que se comunicara con Bromatología, que determinó que la carne estaba en estado de putrefacción.

Posteriormente, se puso en conocimiento a la empresa Brunetti, a través del envío del acta de inspección de Bromatología para la realización del descargo correspondiente y la suspensión de la licitación.

Lusal: Piden juicio contra Matías Huergo por administración fraudulenta

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 5 la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a Matías Huergo, acusado del delito de administración fraudulenta, en grado de autor. A través de la investigación, se comprobó que Huergo aprovechó su condición de Director de Lusal y dispuso de fondos en beneficio personal y de Arcadio S.R.L.

Del requerimiento se desprende con claridad meridiana la comisión de la conducta endilgada a Huergo y surge que las firmas Lusal, Mantelectric I.C.I.S.A. e Ilubaires S.A., se constituyeron como una Unión Transitoria de Empresas el 16 de julio de 2007 y que contrataron al imputado para la realización del objeto social, para que tuviera a su cargo la realización de las tareas para el normal desenvolvimiento de Lusal.

A fines de 2007 el acusado se hizo cargo del gerenciamiento total de los servicios, de las relaciones comerciales e institucionales tanto con particulares como con la Municipalidad de Salta,  del manejo de fondos operativos, de la firma de documentación, del poder de decisión sobre los pagos que debía hacer la empresa; la emisión y firma de cheques (en forma conjunta e indistinta con otras dos personas) y la decisión sobre la incorporación y/o despido de personal.

En 2017, al realizar una auditoría sobre la empresa, se convino entre las partes la desvinculación de Huergo respecto de Lusal, con la firma de un acuerdo en el cual, él mismo se comprometía a no desarrollar actividades de manera personal o de cualquier otra sociedad que pudieran ser competencia directa o indirecta con la actividad que desarrollaba la empresa.

Desvío de fondos en su favor y de la firma Arcadio

La fiscal encontró diversos actos llevados adelante por Huergo que hoy le permiten sostener la acusación fiscal.

En primer lugar surge de la investigación que Huergo formó parte de una sociedad denominada “Arcadio Obras Eléctricas”, mediante la constitución en cesionario de esa sociedad, el 26 de diciembre de 2013 y cuya participación formal duró hasta su cesión el 9 de septiembre de 2015. La sociedad fue constituida para la construcción de obras públicas y privadas, de viviendas, puentes, caminos y cualquier trabajo del ramo; de redes eléctricas, reparación, reacondicionamiento y reemplazo para un óptimo funcionamiento de las instalaciones.

Según el pedido de juicio, la participación societaria de Huergo en Arcadio Obras Eléctricas S.R.L., “sin lugar a dudas importó un acto reñido con el objeto social por el cual se constituyó Lusal”, ya que del contrato constitutivo se vislumbra que Lusal tuvo por objeto la ejecución de trabajo materiales e intelectuales necesario para llevar a cabo la concesión integral de operación y mantenimiento del servicio de alumbrado público de la provincia y tareas conexas y afines.

También surge que el imputado se desempeñó como director general de Lusal desde el 1 de diciembre de 2007 al 10 de enero de 2017, por lo que en su condición se encontraban a su cargo diversas funciones; entre ellas, la de conocer el objeto social para el cual fue constituido Lusal y que su participación en Arcadio S.R.L., implicaba una actividad de directa competencia con la firma que él administraba o dirigía.

No obstante, Huergo aprovechó su condición de Director de Lusal y al estar a su cargo el manejo y administración de los fondos de la empresa, dispuso de ellos en beneficio de Arcadio S.R.L. y en beneficio personal.

Así, se tiene que desvió fondos en beneficio de Arcadio S.R.L. de dos formas: una fue la realización de publicaciones en el Diario El Tribuno, en las cuales publicitaba a la empresa, pero cuyos pagos eran efectuados con fondos y mediante cheques librados por Lusal. La maniobra estaba claramente destinada a reemplazar las publicaciones que debía efectuar a nombre de Lusal por las de Arcadio.

Cheques para Arcadio, desde la cuenta de Lusal

La segunda maniobra desplegada por Huergo fue la emisión de cheques librados a favor de Arcadio S.R.L. desde la cuenta de Lusal, sin que la firma tuviera alguna vinculación de carácter comercial respecto de la beneficiaria.

El accionar delictivo no concluyó ahí ya que, al ser el Director de Lusal, aprovechó tal posicionamiento para la utilización de elementos y recursos humanos pertenecientes a Lusal para las obras que realizaba Arcadio S.R.L.

Además, surgió la existencia de un grupo de WhastApp del cual formaban parte Huergo y distintos empleados de Lusal. Se pudo determinar que el acusado utilizaba personal de Lusal para las obras de Arcadio. Es que cuando los nuevos directivos de Lusal los entrevistaron, los trabajadores manifestaron que conocían la empresa Arcadio, que realizaba obras eléctricas y que sería una empresa perteneciente al grupo Lusal, pero como Lusal no podía hacer las obras, entonces las realizaba Arcadio. La fiscal entendió que ello constituyó un argumento falaz brindado por Huergo, con el fin de cubrir la maniobra delictiva que llevaba a cabo.

Sostuvieron que fueron diversos los lugares donde ejecutaron obras y el acusado Huergo fue quien manifestó estas expresiones. Declararon que ellos trabajaban conforme sus directivas y los pagos que percibían eran efectuados desde Lusal. También se halló documentación perteneciente a Arcadio S.R.L. guardada en escritorios de personal de Lusal.

Durante la investigación también se acreditó que el acusado utilizaba vehículos de Lusal para la realización de obras en beneficio de Arcadio S.R.L.

Otra de las maniobras desplegadas por Huergo y que causaron perjuicio económico a Lusal fue acreditada mediante la salida de fondos documentados a través de cheques, respecto de proveedores que nunca prestaron servicios a Lusal ni contaban con vinculación comercial alguna. Tales salidas de fondos se respaldaron por facturas apócrifas que permitían contabilizar pagos “irreales” por inexistencia de prestación y/o vinculación alguna.

Facturas apócrifas para cheques sin cobrar

Por lo expuesto, Simesen de Bielke tuvo en claro que las maniobras desplegadas por Huergo para el desvío de fondos en su propio beneficio fueron pergeñadas mediante la utilización de facturas apócrifas para el libramiento de cheques que tampoco fueron cobrados por las empresas “presuntamente” beneficiarias. También se observa un patrón común en cuanto a los endosantes y cobradores de los cheques, pues solamente siete personas fueron quienes los cobraron en diferentes oportunidades, con el fin de evitar sospechas de los manejos irregulares.

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke indicó que el delito endilgado requiere para su configuración la lesión al bien jurídico “propiedad”, al partir de un sujeto activo al que le han sido encomendadas o confiadas pertenencias de otro; por lo tanto, el agente está en una situación jurídica que le permite realizar negocios con efectos a favor o en contra del titular del patrimonio.

Sostuvo que claramente Huergo tenía esa vinculación respecto de los bienes que pertenecían a su empleadora Lusal, una UTE constituida por dos empresas cuyos titulares se encontraban fuera de la provincia de Salta, y que depositaron en Huergo la confianza para que éste llevara adelante el objeto social en beneficio de Lusal.

Y surge el reproche penal toda vez que, al tener la administración, disposición y el cuidado de los bienes, aprovechó la confianza otorgada, violó el deber de fidelidad y la consiguiente obligación de proteger los intereses patrimoniales pertenecientes a Lusal, al procurar beneficios económicos de cuantía, ya sea mediante la utilización de publicidad, de personal, medios y insumos, como mediante la disposición de fondos en su beneficio personal.

Rosario de Lerma: Por peculado, piden el juicio contra el exintendente Ramos

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el juzgado de Garantías 2 la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al exintendente de Rosario de Lerma, Sergio Omar Ramos, por el delito de peculado.

Según consta en el requerimiento, la conducta atribuida al imputado fue direccionada al desvío de fondos públicos que fueron transferidos por la Provincia de Salta al Municipio de Rosario de Lerma, en virtud de la gestión realizada por el imputado ante la Secretaría de Economía Social y Empleo del Ministerio de Trabajo.

Los fondos, por un monto global de $341.715, fueron liquidados al Municipio a través de la cuenta corriente bancaria que posee en el Banco Macro, en dos acreditaciones distintas; una del 26 de agosto de 2013 por el monto de $ 250.715 y otra del 13 de noviembre del mismo año por la suma de $91.000, destinados a la creación y puesta en funcionamiento de un proyecto de Empresa Social, que tenía como fin la construcción de casas prefabricadas.

El análisis de factibilidad del Proyecto de Empresa Social destinada a la construcción de casas prefabricadas en el marco del Programa Descentralizado de Generación de Empleo y Formación Profesional instrumentado por el Gobierno de la Provincia de Salta,  fue efectuado por Ramos en su carácter de Intendente el 24 de abril de 2013 y comprometió a la Municipalidad a aportar para efectivizar los fines requeridos, “espacio físico y la mano de obra para remodelaciones edilicias necesarias”, con el propósito de que “nuestros vecinos cuenten con una vivienda digna y el trabajo mancomunado de unión y solidaridad a través del cooperativismo”.

El pedido dio origen a que el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Salta, mediante un dictamen del entonces coordinador administrativo, Carlos Enzo Cuellar, hiciera viable el proyecto basado en la generación de “inclusión social a través del trabajo genuino para trece ciudadanos desocupados de la zona”.

 A su vez,  el monto total asignado al proyecto fue $ 341.715 e incluía los rubros maquinarias, herramientas, moldes e insumos para placas, insumos para dos viviendas, elementos de protección personal, mobiliario de oficina, construcción edilicia, capacitación, coordinación de proyecto e imagen e impresión fue aprobado por resolución por el entonces ministro de Trabajo, Eduardo Costello.

De las medidas dispuestas por la Unidad de Delitos Económicos Complejos, se pudo establecer que la obra que debía ejecutarse no fue llevada adelante, ya que en el lugar donde debía concretarse no existen indicios que permitan inferir la realización de la obra, como así tampoco pudo comprobarse que la misma fuera llevada a cabo en otro sitio.

La circunstancia fue corroborada con la inspección ocular llevada a cabo por personal de la División Delitos Económicos y por lo manifestado por un testigo que refirió haber efectuado un relevamiento para verificar la obra y que en el inmueble donde debía realizarse no encontró indicios de movimientos de terreno, que debían necesariamente ser llevados a cabo para iniciar la obra.

También concurrió al lugar en cuestión con un integrante de la Cooperativa Edificarg que debía realizar el proyecto y que le dijo que cavó pozos con pico y pala para el cercado perimetral y que nunca le pagaron por ese trabajo. Además, sostuvo que en la actualidad los pozos se llenaron de tierra y que el lugar es un terreno baldío.

De la auditoría externa para determinar contable y financieramente todo lo referido al proyecto que fuera presentado por el imputado, pudo establecerse que con el dinero recibido únicamente se compraron tejuelines por un monto de $30.000, que fue la única erogación realizada, por lo que se desconoce el destino final de los otros $311.715.

También surge que no existen pagos efectuados por el Municipio a la Cooperativa Edificarg, a alguno de sus miembros y/o en concepto del Proyecto explicitado.

Cabe destacar que la responsabilidad final en la ejecución del proyecto era del Municipio de Rosario de Lerma, cuya máxima autoridad detentaba el imputado Sergio Omar Ramos.

El 8 de febrero de 2017, el Ministerio de Trabajo, a través de la Secretaría de Economía Social y Empleo, informó que el área financia proyectos de economía social descentralizando los fondos al Municipio, y que “éste último resulta el encargado de la ejecución”, apareciendo indiferente que se haya encomendado dicha tarea a una cooperativa de trabajo conformada a tal efecto. Otro testimonio de la cartera laboral precisó el 3 de marzo de 2017 ante la Unidad Fiscal que al ser librados al Municipio los fondos, es éste el que debe efectuar la rendición de cuentas.

Por lo expuesto, no pudo acreditarse el destino de los montos que se exteriorizan como abonados por la Provincia de Salta al Ente municipal, ni de los bienes adquiridos por el Municipio para la realización del proyecto referido, a pesar que ellos estaban determinados a cumplimentar un fin específico, habiéndoseles otorgando en consecuencia un destino extraño al que estaban direccionados.