Policías lo golpearon brutalmente y le perforaron el intestino

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene a tres efectivos policiales acusados de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones graves, en concurso ideal.

Las imputaciones recayeron sobre el suboficial mayor Marcos Andrés Singh, el sargento ayudante Cristian Heriberto Guanca y el agente Darío Alejandro Delgado.

Del requerimiento se desprendió que el 15 de marzo de 2019, cerca de las 13, los efectivos policiales patrullaban a bordo del móvil a cargo del suboficial mayor Marcos Singh por inmediaciones de barrio Boulogne Sur Mer de la zona sudeste de la ciudad de Salta, e interceptaron a la víctima, quien estaba en la vereda consumiendo bebidas alcohólicas.

Ante tal circunstancia, los efectivos lo subieron de forma violenta al móvil policial y lo trasladaron al Sector 6 A de barrio Democracia, donde una vez allí, lo golpearon brutalmente y le causaron lesiones graves.

Tales actos constituyeron un claro exceso en el uso de la fuerza por parte de los acusados, pues al encontrarse la víctima en estado de ebriedad, sus posibilidades de defensa, sumado a la superioridad en número de los efectivos policiales que acometieron contra su integridad física, resultaron de tal magnitud que le causaron una perforación en el intestino delgado y que por dicho cuadro, corrió riesgo de vida, conforme lo sostenido en el informe médico realizado por el CIF.

Las lesiones resultaron además compatibles con las manifestaciones de la víctima y de un testigo que estaba detenido el día de los hechos, quien pudo observar como la víctima fue brutalmente golpeada por los efectivos policiales; además de otros testimonios.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los imputados, en ejercicio de la función policial, propinaron golpes al denunciante, lo que resultó reprochable penalmente, ya que son los funcionarios policiales quienes deben velar por la seguridad de los ciudadanos.

Además, conforme surge del reglamento policial para el uso de la fuerza pública, su uso se encuentra regido por una serie principios; entre ellos, la “racionalidad”, por lo que debe estar justificado por circunstancias específicas y acordes a la situación, por lo que a todas luces resulta irrazonable la golpiza propinada a una persona que habría cometido una contravención.

Remiten al Tribunal de Juicio la causa contra el exauxiliar fiscal Dantur por las filtraciones al policía Mamaní

El Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial del Sur-Circunscripción Anta, remitió la causa que tiene como imputado al exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado en concurso real, al Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur-Circunscripción Metán. La Mesa Distribuidora en lo Penal, deberá realizar el sorteo de la Vocalía del Tribunal de Juicio correspondiente.

De las consideraciones del fallo, surgió que tras el control de regularidad de la investigación, no fue advertida irregularidad alguna, por lo que se cumplieron con los requisitos formales de la acusación. Luego de que transcurriera el plazo previsto y sin que las partes formularan oposiciones o instado alguna de las medidas previstas por el Código Procesal, el magistrado interviniente ordenó la remisión de las actuaciones al mencionado Tribunal de Juicio.

El 26 de marzo, el fiscal penal 2, Ramiro Ramos Ossorio, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial del Sur-Circunscripción Anta, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al exauxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado, en concurso real.

Los elementos colectados durante la investigación, demostraron que el acusado incurrió en conductas incompatibles con la rectitud, objetividad y buena fe con la que deben actuar los funcionarios públicos, aún más los que se desempeñan dentro del Ministerio Público Fiscal, ya que es a este órgano al que se le atribuye la obligación constitucional de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

En sus fundamentos, el fiscal penal Ramos Ossorio, sostuvo que Dantur, quien se desempeñaba como auxiliar fiscal de la Fiscalía Penal de J.V. González – Delegación de Apolinario Saravia, tomó conocimiento directo, el 1 de julio de 2020, de la denuncia radicada en contra de Walter Mamaní, quien a esa fecha ostentaba la función de Comisario en la Subcomisaría El Dorado.

En ese sentido, pudo demostrarse que Dantur mantuvo con Mamaní diversas conversaciones sobre la causa investigada por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, quien sin embargo, logró requerir el juicio contra Mamaní y otros cuatro policías, por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real y en perjuicio de Luciano Diez.

En estas conversaciones, Dantur le transmitió a Mamaní información de las diligencias que Fiscalía le había requerido. Tal actuación por parte del exauxiliar fiscal resultó totalmente contraria a las normas que regulan el ejercicio de la función, en este caso, las disposiciones de la Ley N° 7712 y del Código Procesal Penal de Salta, toda vez que ejerció esa función en representación del órgano acusador y violó así los deberes a su cargo, específicamente lo dispuesto en los artículos 257 y 259 del Código Procesal Penal.

El artículo 257, establece en el segundo párrafo que: “Toda persona que por su función o participación tuviera acceso a los actos cumplidos en la investigación penal preparatoria, deberá guardar reserva y abstenerse de informar sobre los mismos».

A su vez el, artículo 259 del mismo cuerpo legal, reza que “los funcionarios que participen en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tengan conocimiento de las actuaciones cumplidas durante la investigación, están obligadas a guardar secreto. Sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda, el incumplimiento de esta obligación podrá ser sancionado conforme a las disposiciones de la ley respectiva”.

Las irregularidades registradas superaron el marco de discrecionalidad y tolerancia de lo que un trato cordial implica para con los integrantes de las fuerzas de seguridad en su rol de auxiliares de justicia, habida cuenta que Dantur decidió informar la marcha del trámite investigativo y las diligencias en curso, además de poner a disposición las actuaciones, actitud que sin lugar a dudas comprometió el éxito del proceso.

Además, Dantur incluso confeccionó un oficio para deslindar a Mamaní de un sumario iniciado en otra causa penal y puso a su disposición la llave de la oficina de la sede de la Delegación, para que el mismo Mamaní ingresara un día domingo a compulsar las actuaciones.

Vale recordar que a comienzos de febrero de este año, el Colegio de Gobierno del Ministerio Público aplicó la sanción de cesantía al exauxiliar fiscal de la Delegación Fiscal de Apolinario Saravia, Sergio Ariel Dantur, en los términos de la Ley Orgánica del Ministerio Público y de su Reglamento General. Con la sanción aplicada, quedó extinta la relación laboral de Dantur con el organismo.

Allanaron ilegalmente una casa, lo esposaron y golpearon y en la Comisaría, le quebraron la mandíbula

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 4, la elevación a juicio de la causa por vejaciones agravadas en perjuicio de un hombre y que tiene a nueve efectivos policiales imputados.

Las imputaciones recayeron sobre los cabos Santiago Delfín Jonatan Alcoba y María José Miranda, el sargento Aldo Daniel Chauque y el suboficial principal Leonardo Corrillo, con revista en la Comisaría 104 de barrio Palermo I; quienes fueron acusados de los delitos de allanamiento ilegal, vejaciones agravadas por la violencia y lesiones graves en concurso ideal, y falsedad ideológica, todo en concurso real.

Los sargentos ayudantes Jorge Alfredo Guitián y Jorge Valdiviezo, junto al sargento Jorge Alberto Saracho, con revista en la subcomisaría de Grand Bourg; y el cabo Álvaro Guanca junto al agente Cristian Cruz, con revista en la subcomisaría de Villa Asunción, fueron acusados de los delitos de allanamiento ilegal, vejaciones agravadas por la violencia y lesiones graves en concurso ideal, todo en concurso real.

Las actuaciones de la Fiscalía Penal de Derechos Humanos, iniciaron tras la recepción de una copia del decreto de la audiencia de imputación de la víctima de la Fiscalía Penal 1, en la que expresó que el 19 de diciembre de 2020, salió de su casa en dirección al domicilio de un amigo ubicado en barrio Bicentenario.

Relató que cuando caminaba junto a su amigo, frenó el móvil 1723 de la Comisaría 104 de barrio Palermo I, con cuatro policías que comenzaron a insultarlos, por lo que hicieron “oídos sordos” y siguieron caminando, pero la policía los seguía “bardeando”.

Cuando el amigo les pidió que los dejaran de molestar, los policías se bajaron del móvil y los siguieron hasta el domicilio de éste, donde esperaron a que el móvil policial se fuera. Sin embargo, al lugar también llegaron los móviles 1682 de la subcomisaría de Grand Bourg y 1700 de la subcomisaría de Villa Asunción.

Los efectivos patearon la puerta del domicilio, rompieron un vidrio con piedras e ingresaron contra la voluntad de la dueña de casa, donde tiraron al piso al denunciante, lo esposaron y lo golpearon.

Sostuvo que la familia trataba de que los policías se fueran pero que los efectivos no le hacían caso e insultaban a toda la familia, aunque en la casa había menores asustados.

La víctima indicó que fue subida a los golpes a uno de los móviles y que al llegar a la Comisaría lo tiraron al piso. Luego, se sumaron más policías y entre todos, lo patearon.

Tras esto, fue llevado al hospital San Bernardo, donde le diagnosticaron doble fractura de mandíbula, se la inmovilizaron y le dijeron que necesitaba una prótesis de platino y medicamentos. Sin embargo, sostuvo que fue llevado a la Alcaidía y que no le dieron ninguno de los medicamentos indicados en el hospital y que no podía comer.

El informe médico del Gabinete de Medicina Legal del CIF, indicó que la víctima presentaba una fractura de mandíbula y que por las características de la lesión, sería compatible con traumatismo contuso, al golpearse o ser golpeado con o contra un elemento o una superficie dura, con un tiempo probable curación superior al mes y de incapacidad laboral de entre 40 y 60 días. ´

La acusación de falsedad ideológica devino porque los efectivos labraron un acta en la que hicieron constar que la dueña de casa sí había autorizado el ingreso al domicilio, lo cual no sucedió.

Tras analizar las pruebas que surgieron de la investigación, entre las que se encuentra la declaración de la víctima, diversos testigos del hecho, los informes médicos y el estudio de imágenes, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que se encuentra acreditada la existencia del ilícito endilgado y la responsabilidad penal de los imputados.

Confirman la prisión preventiva para los tres policías imputados en múltiples causas

La Sala IV del Tribunal de Impugnación, resolvió no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de los acusados y confirmó el mantenimiento de la prisión preventiva de los tres efectivos que se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana, quienes fueron detenidos el lunes 19 de abril, tras el requerimiento presentado ante el Juzgado de Garantías 2 por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke.

Se trata del sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos, quienes fueron imputados por los delitos de vejaciones, en concurso real con allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas (entre las cuales se encontraban dos menores de edad), y en muchas situaciones y sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales.

Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tiene comprometido el otro, según trascendió de publicaciones periodísticas.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los diferentes elementos colectados durante la investigación, permiten sostener la sospecha fundada de que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga, con la posibilidad cierta de que los imputados no se sometan a los requerimiento del sistema judicial.

En este sentido, surgieron indicios vehementes de que los acusados hicieron del delito su medio de vida, sin mostrar arrepentimiento alguno, pues no resulta un dato menor considerar estos efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad provincial y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En virtud de los fundamentos vertidos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, solicitó la prisión preventiva del personal policial mencionado, debido a la existencia de motivos suficientes para sospechar que los imputados, en su rol de funcionarios públicos, tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no tiene un ciudadano común.

Dicha posición permite sospechar que podrían influenciar a personas que serán llamadas a deponer en la audiencia de debate ante el Tribunal y es necesario que declaren libres de toda influencia, motivo que habilita la restricción de la libertad de los acusados.

Además, la fiscala advirtió que se debe tener en cuenta la expectativa de pena, que en caso de recaer en condena sería de cumplimiento efectivo, debido la cantidad de causas por las que fueron requeridos, por lo que el incentivo para eludir la acción de la justicia es mayor.

Piden la prisión preventiva de los once imputados de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 de Orán, la prisión preventiva de los once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad, imputados en el marco de la causa que investiga los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, advirtió sobre la pena esperada por los delitos endilgados, siendo el de torturas el más grave, lo que supone un monto de pena en concreto que permite inferir que será alta y de ejecución efectiva.

También surgió como indicio suficiente para el encierro cautelar, que los acusados tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no posee el ciudadano común, por lo que podrían obstaculizar la investigación, ante la posibilidad de ocultar medios de prueba o de influenciar a personas que serán llamadas a declarar, quienes deberán hacerlo libres de toda influencia.

Por otra parte, la situación procesal de los acusados, constituye una de las hipótesis de procedencia que autorizan el mantenimiento del encierro cautelar durante la etapa preparatoria, ya que los diversos elementos colectados permiten sostener que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga.

Surgieron indicios vehementes que los acusados actuaron de forma sistemática, ya que de las declaraciones de varios detenidos alojados en la Brigada de Investigaciones 2, surgió que era el modus operandi para lograr la confesión mediante la aplicación de tormentos, conducta enmarcada dentro la violencia institucional.

En este sentido, debe valorase que los efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad de la Provincia y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En consecuencia, es necesario impedir que los acusados continúen acometiendo en contra de la población, con el abuso de poder que detentan al cumplir funciones en las fuerzas de seguridad y al contar con armas letales y no letales.

Justamente, el Estado es responsable de garantizar que el uso de la fuerza sólo sea utilizado como último recurso y con estricto apego a los estándares internacionales y el respeto de los derechos humanos, lo que no se vislumbra en la causa.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Imputaron a los once detenidos de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente a once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de Orán, detenidos en el marco de la causa que investiga la supuesta comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal. Los acusados se negaron a declarar.

De las tareas investigativas, surgió que los imputados citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

Con los elementos reunidos en la investigación penal preparatoria, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, imputó al oficial Enzo Anagua y los sargentos Gerardo Ricardo Páez alias “Caimán” y Carlos David Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal.

El oficial Enzo Anagua también fue imputado por el delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al Supermercado Comodín a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que incriminara.

Tras las nuevas detenciones producidas el 29 de abril, fueron imputados el sargento Pedro Daniel Smiter y el suboficial principal Héctor Gustavo Calleja, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, ya que los mencionados, en ejercicio de un acto de servicio, citaron a la víctima para que prestara declaración testimonial por el robo y una vez allí, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Por último, fueron imputados el oficial auxiliar Pablo Ferrufino, quien se encontraba en el momento del hecho a cargo de la dependencia; el oficial Jesús Tárraga, quien se encontraba como oficial de servicio; el sargento ayudante Raúl Luna y el oficial César Pineda, quienes se desempeñaban como jefes de Guardia; y los sargentos Rodolfo Guerrero y Fredy Martínez, quienes se desempeñaban como cabos de guardia; por el delito de omisión de evitar el delito de tortura, ya que surgió del registro del libro de guardia y novedades de la dependencia policial, que estuvieron al momento en que sucedieron los hechos, sin que pudieran desconocer lo que estaba ocurriendo, porque los detenidos que se encontraban alojados en la Brigada N º 2, manifestaron que vieron a Páez, Calleja, Smiter y Anagua llevar a un hombre hacia la habitación de atrás que está en el patio interno de la dependencia, luego de lo cual escucharon música a alto volumen y después de ello los gritos de dolor de dicha persona. En su condición de funcionarios públicos tenían la obligación de evitar la comisión del delito de tortura que se les endilga a los otros efectivos policiales, pero no lo hicieron.

El oficial César Pineda y el sargento Fredy Martínez, también fueron imputados por el delito de falsedad ideológica en calidad de partícipes necesarios, que concurre en forma real con el otro delito endilgado, ya que en su calidad de funcionarios públicos firmaron el acta de declaración como testigos.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.

Durante los procedimientos del pasado 29 de abril, fueron secuestrados el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal, entre otros elementos de interés para la causa.

Un juez impidió que un exintendente se declare culpable en juicio abreviado por hechos de corrupción

El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio, Ángel Amadeo Longarte, rechazó el juicio abreviado contra el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado (cuatro hechos) en concurso real y en carácter de autor.

En la misma causa, se encuentra imputada la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, en concurso real y en calidad de autora.

En el inicio del juicio abreviado, en el que la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke representó al Ministerio Público Fiscal, ambos exfuncionarios reconocieron su responsabilidad penal en los hechos que le fueron imputados, por omitir dar cumplimiento a los deberes propios de sus funciones, al desplegar conductas contrarias a las leyes y ordenanzas y determinando la disposición de fondos apartada de los principios contables, bajo los cuales se rige el gasto público.

La fiscala penal Verónica Simesen de Bielke solicitó para Cornejo la pena de tres años y dos meses prisión de ejecución efectiva e inhabilitación absoluta y perpetua, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado (cuatro hechos) en concurso real y en carácter de autor.

En tanto, para la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, solicitó la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta y perpetua, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, en concurso real y en calidad de autora.

Luego de que la querella, los imputados y su defensa acordaran la pena, el magistrado sostuvo que “resulta fundamental un mejor conocimiento de los hechos y de la plataforma fáctica” planteada y consideró que la causa debe ser juzgada en un proceso oral y público y no en un juicio abreviado.

El informe de la Auditoria General de la Provincia, dio cuenta de la inexistencia de la documentación respaldatoria de los gastos efectuados, del incumplimiento de la normativa financiera y la transparencia de la gestión pública en el manejo de fondos, además de la falta de registración contable que permitiera establecer el destino real de los fondos asignados durante su gestión y además, controlar la legitimidad del gasto.

De la documentación aportada por el denunciante y actual intendente, Carlos Héctor Folloni, surgió la falta de registros contables de fondos municipales de los períodos 2017-2019.

Acuerdo de la reparación integral del daño

A raíz de las exigencias de la fiscala penal, Verónica Simesen de Bielke, las partes habían acordado la devolución de los bienes y dinero, en beneficio de la comunidad. Con el asentimiento del Ministerio Publico Fiscal, acordaron como reparación del daño la entrega de bienes, entre ellos, un camión Ford Cargo 1730, dominio EUK 327, que se encuentra secuestrado y la entrega del formulario 08 respectivo para su transferencia al Municipio de Campo Quijano.

También acordaron la firma del formulario 08 para la inscripción a nombre del Municipio de una camioneta Chevrolet S10, dominio AC840GK, que se encuentra en poder del Municipio de Campo Quijano en carácter de depositario judicial y con entrega definitiva.

En el acuerdo también debían firmar un boleto de compraventa, para la entrega al Municipio de Campo Quijano, de un terreno con catastro N° 13.445 del departamento de Rosario de Lerma.

Por último, Cornejo debía abonar la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos) en el plazo de 48 horas, en una cuenta judicial para su posterior transferencia al nombre y cuenta del Municipio de Campo Quijano.

Con el fallo del Juez interviniente, el acuerdo fracasó.

Policías de Infantería lo golpearon brutalmente e intentaron abusarlo

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa que tiene a ocho efectivos policiales imputados por los delitos de vejaciones calificadas y lesiones leves en concurso ideal; y un efectivo policial imputado por el delito de severidades calificadas.

Las imputaciones recayeron sobre el suboficial principal Carlos Eduardo Giménez; los sargentos ayudantes Diego Orlando Choque, Carlos Alberto Ríos y Orlando Sebastián Estopiñán; el sargento Mario Jacinto Maidana; y los cabos Adrián Mauricio Maidana, Walter David Chocobar y Claudio Oscar López, acusados por los delitos de vejaciones calificadas y lesiones leves en concurso ideal y en calidad de coautores.

En tanto, el suboficial principal Miguel Ángel Quispe, fue acusado del delito de severidades calificadas, en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que el 7 de marzo de 2020, cerca de las 18:30, mientras el denunciante circulaba por barrio Islas Malvinas de La Merced, fue interceptado por un móvil de Infantería del que descendieron dos efectivos para detenerlo, por lo que corrió e ingresó por temor a un domicilio que tenía la puerta abierta.

El dueño de esa vivienda hizo pasar a los policías, quienes detuvieron al denunciante y lo llevaron esposado al móvil, donde lo agredieron físicamente con golpes de puño y con cachiporras en piernas, codos y cabeza.

En ese momento, la víctima pidió que dejaran de golpearlo y les dijo “¿por qué no peleamos mano a mano?”. Tras esto, los efectivos detuvieron la marcha del móvil y le quitaron las esposas, mientras que uno de ellos lo invitó a pelear.

El denunciante se negó, ya que estaba débil, por lo que los acusados volvieron a esposarlo y lo tiraron boca abajo de la caja del móvil, donde uno de ellos, le bajo los pantalones y el calzoncillo y dijo “lo caguemos violando”.

La victima relató que intentaron introducirle en el ano una cachiporra de manera brusca y que lo evitó moviéndose para diversos lados, mientras permanecía esposado y boca abajo.

Luego fue llevado a la Comisaría, desde donde el efectivo Quispe lo trasladó al hospital Doctor Nicolás Lozano, donde luego de examinarlo pidieron el traslado al hospital San Bernardo para corroborar el estado neurológico. Sin embargo, el denunciante fue llevado nuevamente a la Comisaría y en un momento dado, Quispe lo tomó del cabello, le profirió golpes de puño en el ojo derecho y le expresó “¿para qué hablás?”. Luego, le quitó las esposas y le dijo que se retirara de la dependencia.

Los hechos denunciados por la víctima, guardan correlación con los certificados médicos incorporados de profesionales del hospital de La Merced, Medicina Legal de la Policía y del Gabinete de Medicina Legal del CIF.

Además la autoría de los imputados fue corroborada por un testigo presencial del hecho.

Ocho policías a juicio por lesionar a dos mujeres y una menor

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa que tiene a ocho efectivos policiales imputados por los delitos de vejaciones calificadas y lesiones leves (tres hechos) en concurso real.

Las imputaciones recayeron sobre el oficial ayudante Facundo Nicolás Díaz Aguirre; los sargentos ayudantes Omar Walter Choque y Ezequiel Marcelo Bravo; los sargentos Juan Carlos Casimiro, Vanesa Romina Isabel Sarapura González y Sebastián Alejandro García; y los cabos Maximiliano Nicolás Antonio Mansilla y Diego Enrique Guari.

La investigación inició tras la denuncia radicada por una mujer, quien sostuvo que el domingo 22 de noviembre de 2020, cerca de las 20, dos hombres fueron a su domicilio ubicado en barrio Constitución, en la zona este de la Ciudad de Salta, quienes amenazaron a los gritos y arrojaron piedras para que saliera a la calle una menor de edad, hija del concubino de la denunciante.

Del requerimiento, surgió que la menor fue defendida por su padre, quien quiso alejar a los agresores, cuando llegó el móvil de Infantería 1489. Cuando los efectivos quisieron detenerlo, la denunciante quiso evitar que se lo llevaran y fue sujetada por tres efectivos. Luego, recibió un disparo de bala de goma en la pierna izquierda.

Asimismo, otra hija del detenido quiso dialogar con el personal de infantería para indicarles que los agresores eran otros. En ese momento, un efectivo que portaba un arma larga le disparó en el brazo, costillas y pierna izquierda, lo que resultó reprochable porque en el lugar había niños y los disparos también impactaron sobre una menor.

Los hechos denunciados guardan correlación con los certificados médicos incorporados en la investigación, que dieron cuenta de las lesiones sufridas por las mujeres y la menor.

La participación de los acusados fue corroborada por una testigo presencial, quien sostuvo que vio el momento en que uno de los efectivos realizó tiros con un arma larga.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Ya son once los detenidos de la Brigada de Investigaciones de Orán

El Juzgado de Garantías 1 de Orán, hizo lugar a un nuevo pedido de allanamiento, detención y secuestro requerido por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, en el marco de la causa que investiga la supuesta comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal, por parte de efectivos de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad. Hasta el momento, son 11 los detenidos. Los procedimientos estuvieron a cargo del personal de la Unidad Especial de Investigaciones del CIF.

Las nuevas medidas ordenadas que incluyeron múltiples allanamientos en la Brigada de Investigaciones 2 de Orán y en los domicilios de los efectivos mencionados, se concretaron este jueves.

Como resultado, fueron detenidos un oficial auxiliar a cargo de la dependencia y otros dos oficiales; un suboficial principal y cuatro sargentos que estuvieron de guardia el día del hecho. Cabe recordar que el pasado viernes 23 de abril, fueron detenidos un oficial y dos sargentos, en el marco de la misma causa.

Nuevos testimonios de internos alojados en la Brigada de Investigaciones, fueron coincidentes al señalar que el pasado 8 de abril, los efectivos policiales ingresaron a hombre a una habitación de la dependencia que está atrás del patio interno. Relataron que luego cerraron la puerta y pusieron música a alto volumen, aunque pudieron escuchar gritos de dolor. Dos de los internos manifestaron que también fueron víctimas de torturas con bolsas en la cabeza y que los golpearon.

El pedido de detención de la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, se fundó principalmente en la gravedad de los hechos de violencia institucional y en la necesidad de impedir que los investigados continúen los acometimientos en contra de la población, con el abuso del poder que detentaron al cumplir funciones en la fuerza de seguridad provincial. Justamente, el Estado es responsable de garantizar que el uso de la fuerza sólo sea utilizado como último recurso y con estricto apego a los estándares internacionales y el respeto de los derechos humanos, lo que no se vislumbra en la causa.

Asimismo, resulta reprochable la conducta del resto de los efectivos y del Jefe de la dependencia, quienes están obligados a denunciar las torturas llevadas a cabo mientras se encontraban en la dependencia, por lo que omitieron llevar a cabo una obligación legal.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.
Durante los procedimientos, fue secuestrado el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal.

Torturas con submarino seco, taladro y paseo con amenaza de muerte

De las tareas investigativas, surgió que los efectivos citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta las 2:30 de la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo perteneciente a la fuerza de seguridad por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Uno de los efectivos también habría incurrido en el delito de falsedad ideológica, que concurre en forma real con los demás delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al supermercado a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que los incriminara.