Dos condenados por el homicidio en plaza 9 de Julio

Los dos acusados del homicidio preterintencional de Raúl Rodolfo López fueron condenados este viernes por el delito de homicidio preterintencional. A uno de ellos se les impuso la pena de 3 años de prisión efectiva y cumplirá 6 años debido a que tenía una condena previa y el otro acusado recibió una pena de 3 años de prisión condicional y cumplimiento de reglas de conducta. Ambos serán registrados en el Banco de Datos Genéticos.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VI del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra Andrés Gustavo Vázquez y Ángel Damián Ezequiel Sbriz por el delito de homicidio preterintencional en perjuicio de Raúl Rodolfo López de 51 años.

Tras los alegatos de las partes, el juez José Luis Riera condenó a Sbriz a la pena de 3 años de prisión efectiva y al poseer una condena condicional previa, se unificó en una pena única de 6 años de prisión efectiva.

Vázquez fue condenado a la pena de 3 años de prisión condicional y cumplimiento de reglas de conducta por el mismo término.

A en el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético de los condenados por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

El hecho juzgado ocurrió el pasado 13 de enero en la plaza 9 de Julio de la ciudad de Salta cuando los acusados agredieron a López, provocándole una herida cortante en la cabeza, por lo que debió ser internado y falleció el 18 de enero por hipertensión endocraneal en el hospital San Bernardo.

Últimos testigos y alegatos en el juicio por el homicidio en plaza 9 de Julio

Durante la segunda jornada de la audiencia de debate, declararon efectivos policiales que tomaron intervención inicialmente y recibieron la declaración de los testigos del hecho. También declaró una médica del CIF, quien ratificó que la causa del deceso de López fue un TEC grave. Este viernes resta recibir la declaración de dos testigos y se dará lugar a los alegatos.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, representa al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VI del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra Andrés Gustavo Vázquez y Ángel Damián Ezequiel Sbriz por el delito de homicidio preterintencional en perjuicio de Raúl Rodolfo López de 51 años.

Durante la segunda jornada, declararon efectivos policiales que realizaron la primera intervención y que se entrevistaron con los testigos que aportaron detalles de lo sucedido. También declaró una médica del CIF, quien ratificó que la causa del deceso de López fue un TEC grave.

Para este viernes 29 se prevé finalizar la ronda de testimoniales con la declaración de dos efectivos de la Unidad de Investigación UGAP y luego se dará lugar a los alegatos de las partes. Se espera conocer el veredicto al finalizar la jornada.

El hecho juzgado ocurrió el pasado 13 de enero en la plaza 9 de Julio de la ciudad de Salta cuando los acusados agredieron a López, provocándole una herida cortante en la cabeza, por lo que debió ser internado y falleció el 18 de enero por hipertensión endocraneal en el hospital San Bernardo.

Río Arenales: Se busca localizar a familiares del hombre encontrado sin vida

Tras haber realizado la identificación del hombre encontrado sin vida en el río Arenales de la ciudad de Salta, como Federico Freire Escalante, la Fiscalía Penal 2 de la UGAP, busca localizar a sus familiares.

Federico Freire Escalante

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en turno, Verónica Simesen de Bielke, informó que en el marco de la investigación que lleva adelante por la aparición de un hombre sin vida en el río Arenales de la ciudad de Salta, mediante un estudio dactiloscópico, se logró su identificación como Federico Freire Escalante, argentino de 68 años.

Tras haber sido individualizado, se procura localizar a familiares del fallecido, quien se encontraba en situación de calle y residía en la zona donde fue encontrado sin vida.

La fiscal Simesen de Bielke señaló que el informe preliminar de autopsia revela que su deceso no está vinculado a una muerte violenta y que solicitó la realización de estudios complementarios para determinar en forma fehaciente la causa y data del deceso.

Plaza 9 de Julio: Declararon los dos acusados de homicidio

Tras la lectura del requerimiento a juicio, los dos acusados del homicidio preterintencional de Raúl Rodolfo López, prestaron declaración, negando su participación en el hecho. También declararon familiares del fallecido.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, representa al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VI del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra Andrés Gustavo Vázquez y Ángel Damián Ezequiel Sbriz por el delito de homicidio preterintencional en perjuicio de Raúl Rodolfo López de 51 años.

Tras la lectura del requerimiento a juicio, los dos acusados prestaron declaración ante el juez José Luis Riera, negando haber golpeado a López.

La ronda de testimoniales inició con la declaración de tres testigos, dos de ellos familiares del fallecido y un efectivo policial.

Está previsto que la audiencia se extienda hasta el próximo viernes 29 de Julio.

El hecho juzgado ocurrió el pasado 13 de enero en la plaza 9 de Julio de la ciudad de Salta cuando los acusados agredieron a López, provocándole una herida cortante en la cabeza, por lo que debió ser internado y falleció el 18 de enero por hipertensión endocraneal en el hospital San Bernardo.

Serán juzgados por un homicidio en la plaza 9 de Julio

Dos hombres serán juzgados desde este miércoles y hasta el próximo viernes 29 de julio, por el homicidio preterintencional de Raúl Rodolfo López, ocurrido el pasado 13 de enero en la plaza principal de la ciudad de Salta.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, representará al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VI del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra Andrés Gustavo Vázquez y Ángel Damián Ezequiel Sbriz por el delito de homicidio preterintencional en perjuicio de Raúl Rodolfo López de 51 años.

El hecho juzgado ocurrió el pasado 13 de enero en la plaza 9 de Julio de la ciudad de Salta cuando los acusados agredieron a López, provocándole una herida cortante en la cabeza, por lo que debió ser internado y falleció el 18 de enero por hipertensión endocraneal en el hospital San Bernardo.

La audiencia unipersonal estará a cargo del juez José Luis Riera y está previsto que se desarrolle los días 27, 28 y 29 de julio.

Requieren juicio para una chofer de colectivos por un homicidio culposo

La conductora profesional, de 26 años, fue acusada formalmente de cometer un siniestro vial en marzo de este año, donde una mujer perdió la vida. Se instó además el sobreseimiento por un hecho de lesiones leves culposas debido a la falta de denuncia por parte de la víctima.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 2 del distrito Centro, para Noelia Elizabeth López Martínez como autora del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor en perjuicio de una mujer de 49 años e instó el sobreseimiento por el delito de lesiones leves culposas por la conducción imprudente negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor en perjuicio de un hombre de 23 años por el que había sido imputada ante la falta de denuncia de la víctima.

El hecho ocurrió el pasado 7 de marzo, cuando la acusada conducía una unidad de transporte público del corredor 7 de la empresa SAETA y una pasajera que se encontraba abonando el pasaje, salió despedida del colectivo hacia la cinta asfáltica cuando inició la marcha en la intersección de pasaje San Martín y Mariano Boedo de la ciudad de Salta, al encontrarse la puerta abierta. Fue asistida y luego falleció por las lesiones recibidas.

En la fundamentación, la fiscal Simesen de Bielke sostiene que la conducta reprochable a la acusada resulta acreditada considerando que la misma efectuó un aporte sustancial para el acontecimiento del resultado lesivo, al haber desplegado una acción imprudente e imperita mediando la inobservancia de los deberes o reglamentos a su cargo, particularmente lo normado en la Resolución 01/13 de la Autoridad Metropolitana de Transporte, que dispone que: “…El conductor al momento de completar el ascenso de pasajeros debe proceder de acuerdo a lo establecido por las normas de tránsito y seguridad vial, especialmente lo estipulado para los servicios de transporte público, siendo obligatorio el cierre de puertas antes de iniciar la marcha”.

Se investiga un siniestro vial con víctima fatal

Un hombre de 31 años falleció este domingo por la mañana, luego de colisionar con su motocicleta a un automóvil que transitaba por avenida Hipólito Yrigoyen en la intersección de avenida San Martín de la ciudad de Salta. Se realizaron las pericias en el lugar del siniestro para determinar las causas que lo produjeron.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en feria, Verónica Simesen de Bielke, investiga un siniestro vial producido entre una motocicleta y un automóvil durante la mañana de este domingo en la intersección de avenidas Hipólito Yrigoyen y San Martín de la ciudad de Salta.

Por razones que se tratan de establecer, la motocicleta con dos ocupantes impactó en el lateral izquierdo del automóvil que transitaba por avenida Yrigoyen y como resultado del siniestro, el conductor de la motocicleta falleció por las heridas sufridas.

Simesen de Bielke dispuso el trabajo de personal de Criminalística de la Policía de la Provincia en el lugar para realizar las pericias pertinentes y que el cuerpo del fallecido sea trasladado al Servicio de Tanatología Forense del CIF para, cumplidos los protocolos vigentes, se realice la autopsia.

Campo Quijano: Funcionario municipal requerido a juicio por un basural a cielo abierto

El hombre de 34 años, se desempeña como Director de Servicios Públicos de la Municipalidad de Campo Quijano y está acusado como infractor del artículo 94 bis de la Ley 7135/01, al comprobarse la existencia de un basural a cielo abierto y sin ningún tipo de tratamiento, ubicado en el predio del ex matadero, a la vera del río Rosario de ese municipio. Se ordenó la clausura del predio.

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, interina en la Unidad Fiscal Contravencional, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías en turno, para un hombre de 34 años de edad, que se desempeña como Director de Servicios Públicos de la Municipalidad de Campo Quijano, por la infracción al artículo 94 bis de la Ley 7135/01, donde se señala que será sancionado con arresto de hasta ochenta (80) días o multa de hasta ochenta (80) días, el funcionario público que por acción u omisión dolosa, provocare, consintiere, autorizare o no denunciare la concreción de un daño ambiental, con efecto sobre la salud y/o el patrimonio de las personas, siempre que el hecho no constituya delito.

La investigación se inició ante las reiteradas denuncias de una vecina de Campo Quijano, que señala que desde la Municipalidad se disponen residuos sólidos y líquidos (cloacales) en un predio sin ningún tipo de tratamiento, lo cual fue corroborado por un informe del CIF, donde se constató la existencia de un “microbasural ubicado en el predio del ex matadero y en la vera del río Rosario en la localidad de Campo Quijano.

El informe menciona que se evidencia que el “basural a cielo abierto” funciona sin licencia ambiental expedida por autoridad competente, por lo que no ha obtenido la evaluación de impacto ambiental necesaria para utilizar el predio mencionado para el destino final de los residuos a cielo abierto (requisito previo en la ley N º25.675 Ley General del Ambiente), ello es así ya del informe de la Secretaria De Ambiente y Desarrollo Sustentable surge que no cuenta con un plan de gestión. Situación está, que quedo acreditada a través de los propios dichos del Director del Servicios Públicos.

Sostiene en el requerimiento que el funcionario público de la localidad de Campo Quijano, a pesar de tener pleno conocimiento de que la disposición final de los residuos de la comuna deben realizarse en el relleno sanitario San Javier, a raíz de que en el año 2014 se celebró un convenio de cooperación conjunta con la Municipalidad de Salta (FAM) y de lo enunciado en el art. 1 de la Ordenanza Municipal Nº 3/19, este hizo caso omiso, consintiendo de manera implícita que personal a su cargo como también particulares, depositen los desechos domiciliarios en el predio del ex matadero y en las márgenes río Rosario, también la quema de los mismos, provocando con su conducta la concreción de un daño ambiental.

El informe del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, concluye que “… en la propiedad denominada ex matadero Municipal la presencia de residuos urbanos, cubiertos con vegetación y en otros sitios actividad de quema, lo que genera gases contaminantes. Esta situación se agrava por la cercanía de viviendas. El tanque soterrado que contiene oil en el predio del Ex Matadero constituye un pasivo ambiental de alta gravedad por tratarse de una sustancia peligrosa. Se observó en la margen izquierda del río Rosario, la existencia de residuos asimilables a urbanos dispersos y restos de tabaco próximos al agua”.

Por lo que se advierte que el  Director de Servicios Públicos de la localidad de Campo Quijano, tenía el deber de velar por el derecho a la salud de los habitantes del mencionado municipio, y con su accionar, ha vulnerado el derecho a gozar de un medio ambiente sano, derecho de raigambre constitucional.

A solicitud de la fiscal penal Simesen de Bielke, el Juzgado de Garantías interviniente, ordenó la clausura del predio.

UFICON: Bandejero será llevado a juicio por vender alcohol en un evento deportivo

La Unidad Fiscal Contravencional, requirió juicio para un hombre de 30 años, que pese a las restricciones existentes, fue sorprendido comercializando bebidas alcohólicas en un evento deportivo en el estadio Martearena de la ciudad de Salta.

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, interina en la Unidad Fiscal Contravencional, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías en turno, para un hombre de 30 años por infracción a los artículos 41 y 42 de la ley 24192/93.

En octubre de 2021, mientras el acusado se desempeñaba como bandejero en un encuentro deportivo amateur en el Estadio Padre Martearena de la ciudad de Salta, fue individualizado por personal policial como quien estaría vendiendo bebidas alcohólicas al público, pese a la prohibición existente.

Con el  acta de infracción labrada y con las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del lugar, donde se lo ve desplegando tal actividad, se reunieron los elementos de convicción necesarios y se solicitó que la causa sea elevada a juicio.

Condenado por agredir a un joven a la salida de un boliche

El hecho ocurrió el 19 de abril de 2019, cuando dos amigos salían de un local bailable del acceso a la ciudad de Salta, y fueron interceptados por un grupo de personas que los agredieron. Uno de ellos fue golpeado por el acusado y resultó con lesiones graves que afectaron su salud.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Verónica Simesen de Bielke, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VII del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en la audiencia de juicio abreviado contra Agustín Maximiliano Huanca por el delito de lesiones graves.

El hecho juzgado ocurrió el 19 de abril de 2019 en avenida Asunción, en el acceso a la ciudad de Salta, cuando un joven que salía de bailar con un amigo, fue agredido por el acusado, quien lo agredió con golpes de puño y una vez en el piso con patadas, causándole lesiones graves en el cuerpo.

Luego de recibir la confesión del acusado, el juez Francisco Mascarello le impuso una pena de 2 años y 3 meses de prisión de ejecución condicional y el cumplimiento de reglas de conducta.