Violencia Institucional: Elevaron a juicio la causa contra Gustavo Orozco y once policías

El Juzgado de Garantías 7 elevó a juicio la causa que se sigue contra Gustavo Orozco y otros once policías, acusados de distintos delitos de violencia institucional.

El jueves 23 de febrero pasado, el fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, fue notificado de la elevación a juicio de la causa que se sigue contra doce policías por cinco actuaciones que se tramitan conjuntamente en esta fiscalía.

El fiscal González había solicitado la elevación a juicio ante el Juzgado de Garantías 7 del distrito Centro, en junio de 2022, para Gustavo Orlando Orozco, Víctor Hugo Orellana, Diego Leopoldo Arias, Rubén Darío Medina, Nelson David Rojas, Andrés Fernando Suárez, Javier Sebastián Reynoso, Víctor Alejandro Luna, María Laura Soria, Andrea Alejandra Díaz, Darío Ezequiel Pérez y Denis Arnaldo Coronel por los delitos de imposición de torturas (5 hechos), privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia (dos hechos), apremios ilegales agravados (dos hechos) y vejaciones calificadas por el uso de violencia, agravados por el uso de arma de fuego.

En la resolución emitida, el Juzgado de Garantías 7, a cargo interinamente de la jueza Claudia Puertas, ordenó librar oficio a la Mesa Distribuidora Penal del Distrito Judicial de Metán, a fin de que proceda a realizar el sorteo para la designación del Tribunal de Juicio con competencia en Proceso Común.

En oportunidad de la presentación del requerimiento, el fiscal González había brindado detalle de las medidas probatorias que se produjeron durante la etapa de investigación y que generaron los hechos por los que llegan acusados Orozco y otros once policías por diferentes delitos cometidos cuando se desempeñaban como efectivos policiales.

Citan a audiencia de imputación a cinco policías y al ex policía Gustavo Orozco

Mediante la Resolución Nº 1339, el Procurador General  había encomendado a la Fiscalía Penal de Derechos Humanos que, en el ámbito de su competencia especializada, de prioridad e imprima celeridad a los casos más graves de violaciones a derechos humanos, como son los supuestos de tortura previstos en el art. 144 ter del Código Penal, a fin de evitar que los efectos del delito se sigan cometiendo, como así también instar a las medidas de protección indispensables para resguardas a las víctimas, reunir los elementos que permitan arribar a la verdad de los hechos y procurar que sean eficazmente investigados y enjuiciados en tiempo oportuno.

En la Resolución mencionada, el Procurador General Pedro García Castiella solicitó a la Fiscalía de Derechos Humanos tome intervención, lo antes posible, ante cualquier denuncia ya radicada o que se radique contra personal de las fuerzas de seguridad y/o penitenciaria, por hechos relacionados con estas prácticas delictivas aberrantes; instando a agilizar las investigaciones de modo eficaz y oportuno, reunir los elementos que permitan su enjuiciamiento y sanción penal en caso de corresponder, como también las medidas de protección indispensables para resguardar a las víctimas; incluyendo también en aquella resolución a las restantes fiscalías a  intensificar el control respecto de estos graves delitos .

A su vez, el pasado lunes 25 de abril, el fiscal de Derechos Humanos Gabriel González, se constituyó en la ciudad de Rosario de la Frontera, a fines de verificar el estado de las actuaciones relacionadas con la materia, y procedió a la correspondiente toma de declaraciones testimoniales, y otras verificaciones determinadas. 

A partir de dicho contralor, la Fiscalía de Derechos Humanos, entre otras medidas, dispuso impulsar cuatro actuaciones correspondientes a denuncias que ya se encontraban radicadas con anterioridad realizadas en Metán y Rosario de la Frontera, siendo las víctimas notificadas sobre la facultad de constituirse en querellantes y/o actores civiles. y dispuso la citación a Audiencia de Imputación a Gustavo Orlando Orozco para el día miércoles 4 de mayo, Víctor Hugo Orellana, Diego Leopoldo AriasRubén Darío Medina, para el día jueves 5; Nelson David Rojas y Denis Arnaldo Coronel para el día viernes 6 de mayo próximo. Dichas actuaciones se corresponden con cuatro hechos distintos de denuncias de imposición de torturas. El decreto de Imputación lo es por Imposición de Torturas (4 hechos), Privación Ilegítima de la Libertad Agravada por el Uso de Violencias (dos hechos) y Apremios Ilegales Agravados por la Violencia. 

 Además, se dispuso la correspondiente notificación a Jefatura de Policía de la Provincia de Salta, ordenando luego de las audiencias de imputación, la remisión de planillas prontuariales de los imputados, en caso que estos no se encuentren identificados patronímicamente; y se requirióal Jefe de Policía, que proceda a la extracción de tres juegos de fichas dactilares para la confección de los registros correspondientes.

En la resolución de Procuración General antes aludida, se advertía respecto de la obligación del Estado y todos sus organismos, respecto de asegurar investigaciones eficaces y oportunas, que permitan combatir y  erradicar este tipo de prácticas incompatibles con la condición humana, y la violencia institucional en general, compromiso asumido por la República Argentina ante el concierto internacional, a partir de la adhesión a los tratados e instrumentos internacionales que forman parte de la Constitución Nacional, entre ellos  la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Primera actuación 

La Fiscalía de Derechos Humanos realiza su intervención en base a una denuncia radicada en 2015, por parte de quien entonces era menor de edad. En el relato del denunciante y otros seis testigos detenidos por el mismo hecho, se señala a Orozco y otros policías, como los autores de idéntica metodología de actuación: Primero, los conducían a revisión médica, para luego infringirles torturas, como la colocación de bolsas plásticas en la cabeza, piñas en las costillas, rodillazos en el pecho, meterles la cabeza en el inodoro y tirar la cadena, y hacerlos observar cómo torturaban al otro. A esto se agregaba la posterior amenaza de que si denunciaban, la pasarían peor. Gritos y llantos de las víctimas, alaridos de los policías, además de los métodos de tortura, fueron las coincidencias en las declaraciones. 

Segunda actuación 

La Fiscalía de Derechos Humanos, interviene en la denuncia de 2015 ante la Fiscalía Penal de Rosario de la Frontera, contra  Gustavo Orozco y demás policías de la Brigada de Investigaciones de Rosario de la Frontera. Expresa el denunciante que al enterarse que estaba siendo buscado por la Brigada, se presenta en la Comisaria N.º 31. Al lugar, se presentan Orozco y otros policías, y lo trasladan a una pieza, en el fondo donde comienzan a golpearlo en la cabeza y estómago, pese a que el denunciante sostenía que no había hecho nada y por eso se presentaba en la comisaria. Trasladado a la Base Operativa, le pidieron que se desnude, le pusieron una bolsa de plástico en la cabeza comenzando a asfixiarlo, pegándole varias piñas más. El denunciante señala a Orozco como quien se le acerca y le propina un tortazo en la nuca y una patada en la pierna, quien luego, en la Brigada, le pone una bolsa en la cabeza y le pegaba en el estómago. 

Tercera actuación

Se inicia sobre una denuncia de 2014 donde una persona expresa que fue detenido aproximadamente por seis policías vestidos de civil, reconociendo a dos, como Orozco y Ale Luna. Señala que, en la Brigada, le pegaron con la mano y lo ahorcaban con el cinto. Después lo llevaron al río y lo ahogaban, lo desnudaron y le pegaban con un palo por el cuerpo y que el palo estaba envuelto con un trapo para que no se noten los golpes. Luego, en el baño del destacamento le metieron la cabeza en el inodoro y también le hacían dar la cabeza contra la pared. Que lo amenazaban con matarlo a él y su familia.

Cuarta actuación

La Fiscalía de Derechos Humanos interviene sobre la denuncia de una persona que manifiesta que en 2015 fue detenido por personal policial de civil de la Brigada de Rosario de la Frontera: Gustavo Orozco, Medina, “Piri” y otros tres, sin hacerle conocer la causa. Señala que lo torturaban, lo golpeaban en los riñones, le pisaban la cabeza, lo ahogaban en el inodoro y en un tacho con agua, lo asfixiaban con bolsa. Posteriormente lo amenazaban para que no denuncie, sino lo iban a matar. 

Causas en trámite 

 El Ministerio Público Fiscal a través de la Fiscalía de Derechos Humanos, relevó 35 denuncias en contra de Gustavo Orlando Orozco

 Son tres las causas ya tramitadas, en Fiscalía de Derechos Humanos, con Decreto de Imputación, Requerimiento de Remisión de Causa a Juicio, Auto de Elevación y Juicio, y con audiencia de debate fijada y suspendida. La última suspensión fue como consecuencia de un Recurso de Casación por denegatoria de un pedido de Sobreseimiento por vencimiento del plazo razonable que planteó la defensa técnica, el Recurso de Casación fue denegado por los Jueces Dres. Guillermo Poliotto y Virginia Solorzano del Tribunal de Impugnación Sala II en fecha 9/09/21. Posteriormente se interpuso Recurso de Inconstitucionalidad local, y la causa se encuentra actualmente elevada a la Corte de Justicia de Salta desde el 15/10/ 21. Oportunamente la Corte de Justicia debió dirimir una cuestión de Competencia y ordenó al Juez de Joaquín V. González, Dr. Sebastián Guzmán, que sea quien intervenga en el plenario. Estas causas son por Imposición de Tortura, Coacción, Vejaciones agravadas por el uso de la violencia y Severidades siendo tres las víctimas en estos hechos. Se creó Unidad Fiscal para el Juicio Oral y Público, integrada por los fiscales Ramiro Ramos Ossorio y Oscar López Ibarra

Otra causa de Fiscalía de Derechos Humanos con decreto de imputación, Requerimiento de Remisión de Causa a Juicio y Auto de Elevación a Juicio, ordenando la Jueza de Garantías Edith Rodriguez (interina), que al momento de la efectiva remisión de la causa al Tribunal de Juicio correspondiente se notifique a la Cámara de Diputados en los términos del art. 122 de la Constitución de la Provincia de Salta, a sus efectos. Actualmente la causa se encuentra en trámite ante el Tribunal de Impugnación por un Recurso de Casación planteado por la defensa técnica de Gustavo Orozco por la denegatoria del sobreseimiento por vencimiento del plazo razonable. El 25/04/22 el Tribunal de Impugnación Sala IV, rechazó el recurso de casación esperando el vencimiento de los términos para que vuelvan al Juzgado de Garantías Quinta Nominación.

Otra causa tiene Decreto de Imputación, requerimiento de remisión de la causa a juicio presentado por la Unidad Fiscal integrada por los fiscales Gabriel González y Verónica Simesen de Bielke, que se encuentra en trámite de elevación en el Juzgado de Garantías N°2 de Metán a cargo de Dr. Mario Dilascio desde fecha 12/11/21, por el delito de Amenaza, ocurrido el 28/07/21 en Rosario de la Frontera.

Con decreto de imputación por Apología del Delito del año 2020, otra causa, tiene pedido de fiscalía de Rosario de la Frontera de clausura provisoria de la investigación penal preparatoria, en junio del año 2021, por prueba pendiente de incorporación, solicitada a Facebook. Fiscal interviniente Dr. Nicolás Rodríguez.

Además de las causas indicadas, aún existen otras actuaciones en trámite de averiguación preliminar, tanto en Fiscalía Derechos Humanos como en Fiscalía de Rosario de la Frontera.

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El Procurador participó de la puesta en marcha del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura

El Procurador participó de la firma para la puesta en marcha del Sistema Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. El acto fue desarrollado en el Centro Cívico de Grand Bourg.

El procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, participó del acto de integración y puesta en funcionamiento del Sistema Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, realizado este miércoles en el Centro Cívico de Grand Bourg.  

El ministro de Gobierno, Ricardo Villada, anunció formalmente la inauguración de este Sistema Provincial de Prevención de la Tortura en la Provincia, como así también la previsión y disponibilidad presupuestaria para su regular funcionamiento desde el presente año, la previsión edilicia y demás recursos aptos y suficientes para su funcionamiento.

La Ley 8024 que crea este Sistema en nuestra provincia, dispone que el mismo sea conformado por el Comité Provincial Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y un Consejo Consultivo como Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, tratos abusivos, inhumanos o degradantes a la Dignidad humana.

Los mismos son mecanismos accesorios y complementarios resultantes de la adhesión a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y de su Protocolo Facultativo; y actúa en todo el territorio de la Provincia.

El Comité Provincial está integrado por dos miembros designados por las Organizaciones No Gubernamentales de Derechos Humanos reconocidas legalmente, más un representante de  la Cámara de Diputados, uno de Cámara de Senadores y un representante del Poder Ejecutivo.

En el acto, se incorporaron formalmente los dos miembros representantes de organismos de Derechos Humanos: la especialista en Archivología y militante social Cristina Cobos y el abogado y especialista en Derechos Humanos Rodrigo Solá. Como representante de la Cámara de Diputados se incorporó Ramón Corregidor, mientras que el Senado designó a Marcelo Robles como interino; por el Ejecutivo provincial fue designado al abogado Ricardo Nioi.

“Este es un acto sumamente trascendental para la vida institucional, ya que se incorpora a la Provincia de Salta a las primeras que entran en sintonía con los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina al tiempo de adherir a la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes que fue incorporada a la Constitución Nacional en ocasión de la última reforma constitucional. El funcionamiento operativo que se inaugura en la provincia de este sistema provincial de prevención, resulta complementario a aquellos compromisos. Es fundamental su existencia para la prevención, monitorieo y control de la actividad del Estado a través de sus fuerzas de seguridad,. Uno de los aspectos más trascendentales del sistema, es que no solo está integrado por representantes de las distintas áreas del Estado Provincial, sino también por distintos organismos y ámbitos de la sociedad civil, tales como el Colegio de Abogados, la Universidad, organismos defensores de Derechos Humanos, entre otros”, remarcó el Procurador.

Participaron en el acto el vicegobernador de la Provincia; Antonio Marocco; el ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo , Ricardo Villada; el secretario de Gobierno, Rodrigo Monzo; la secretaria de Derechos Humanos, Mariana Reyes; el secretario de Justicia y Métodos Alternativos, Diego Pérez; el coordinador general del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, Javier Solá; el vicepresidente de la Corte de Justicia, Fabián Vittar, el presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat; el procurador de la Provincia, Pedro García Castiella; el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Carlos Ampuero; la coordinadora de la Secretaría General, Verónica Martín; el representante del IPPIS, Fausto Peloc, representantes de la Universidad Nacional de Salta, del Colegio de Gobierno del Ministerio Público, y del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta.

Orán: Solicitan se revoque la prisión domiciliaria de dos imputados por torturas

El fiscal penal de Derechos Humanos en feria, Gabriel González, presentó ante el Tribunal de Juicio Sala I del distrito Orán, el pedido de revocatoria contra la resolución que disponía la prisión domiciliaria de los imputados Gerardo Ricardo Páez y Carlos David Morales en una causa por torturas.

Cabe recordar que la Fiscalía formuló acusación en contra de Enzo Anagua, Gerardo Páez y Carlos David Morales por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, todo en concurso real. En tanto, Anagua fue acusado, además del delito de falsedad ideológica.

El Tribunal fundamentó su decisión de revocar la prisión preventiva y otorgar la prisión domiciliaria de los acusados, en el hecho de que, tanto Páez como Morales, no podían continuar en el lugar de detención debido a la enfermedad que padecen, a pesar del tratamiento médico y la situación epidemiológica de Covid-19 y Dengue, en la zona.

El pedido de revocatoria de la medida fue elevado el pasado 29 de octubre de 2021 y entre sus considerandos, el fiscal González precisa que el juez había ordenado la realización de una junta médica e informe social, sin haber notificado al Ministerio Público Fiscal, ni al damnificado, a fin de poder proponer peritos de parte.

Al respecto, el fiscal de Derechos Humanos expresó que, conforme a la Junta Médica, el estado de salud de los acusados se agravó no por la falta de atención y medicamentos sino debido al “incumplimiento del plan de alimentación, al sedentarismo y a la ‘toma de conciencia de la adherencia al tratamiento’” y continúa “con lo cual se estima que la falta de cumplimiento del tratamiento médico indicado obedece a una actitud de parte de los mismos acusados, y no a causa de una conducta de falta de colaboración de parte de los encargados de la custodia de los mismos. Con lo cual, el empeoramiento en el estado de salud de los acusados es a causa de una actitud poco colaborativa de los mismos y que no tienen que ver con su actual lugar de encierro”.

En cuanto a la invocación de la situación sanitaria, el fiscal González expresó que no es suficiente para justificar una medida, tendiente a moderar la situación del encierro.

Por último, el fiscal invocó el informe del Servicio Social del que se desprende que, tanto en el caso de Páez como de Morales, no estaban dadas las condiciones para que se les concediera el arresto domiciliario, sobre todo, teniendo en cuenta que el delito más grave por el que fueron acusados es de torturas, ya que permite suponer que, al disponer soltura anticipada o arresto domiciliario, ambos intentarán eludir la acción de la Justicia o entorpecer el desarrollo del juicio.

Es así como en dicho petitorio, la fiscalía de Derechos Humanos solicitó la concesión del recurso de apelación y la elevación del expediente al Tribunal de Impugnación para la revisión de la decisión del Juez y que se deje sin efecto.

Rechazan el pedido de sobreseimiento del diputado Orozco en una causa por vejaciones y torturas

La Sala IV del Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica del diputado de Rosario de la Frontera, Gustavo Orlando Orozco, que requirió el sobreseimiento por caducidad. Una vez firme el fallo, la causa deberá avanzar hacia el plenario.

Se trata de la causa caratulada como “Suárez, Andrés; Reynoso, Javier, Orozco, Gustavo; Orellana, Víctor; Medina, Rubén; Luna, Víctor; Díaz, Andrea y Coronel, Denis”, por vejaciones y torturas.

Previamente, el fiscal de Impugnación, Guillermo Akemeier, sostuvo que el fiscal de grado se expidió en sentido negativo al pedido de la defensa y señaló que el plazo previsto por el artículo 219 del Código Procesal Penal referido por la defensa, no habría operado.

En su pronunciamiento, la Sala IV del Tribunal de Impugnación, citó distintos precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y especialmente de la Corte de Justicia de Salta, interpretada en base al derecho público provincial y los textos constitucionales, que por expresa disposición legal (art. 40 de la ley 5642, Orgánica del Poder Judicial), resultan de aplicación obligatoria para el resto de los Jueces y Tribunales.

Por ello, dijeron los magistrados, lo decidido constituye jurisprudencia vinculante.

Por otra parte, de las constancias de la causa, surgió que ante el apartamiento de la Vocal II de la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur-Metán, la Corte de Justicia de la Provincia determinó que la competencia para el trámite del juicio correspondía al Juzgado de Garantías 1º Nominación del Distrito Judicial Sur- Joaquín V. González.

Teniendo en cuenta entonces, que este último es el Tribunal con competencia para dictar la sentencia definitiva y que la causa se encuentra efectivamente a su disposición desde su ingreso al juzgado el 18 de junio de 2020, el plazo establecido en el artículo 219 del Código Penal, no se encuentra agotado y el legislador y el resto de los acusados, deberán ser juzgados por las imputaciones en su contra.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Elevan a juicio la causa contra once efectivos de la Brigada de Investigaciones de Orán

El Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Norte-Orán, rechazó la oposición y el cambio de calificación instada por la defensa de los acusados y ordenó la remisión a juicio de la causa en la que once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad, fueron imputados por la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas, lesiones leves y falsificación de documentos públicos. Interviene el fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González.

De las tareas investigativas, surgió que los imputados citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán. Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

Con los elementos reunidos durante la investigación llevada adelante por la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, fueron imputados el oficial Enzo Anagua y los sargentos Gerardo Ricardo Páez alias “Caimán” y Carlos David Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal.

El oficial Enzo Anagua también fue imputado por el delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al Supermercado Comodín a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que incriminara.

Tras las detenciones producidas el 29 de abril, fueron posteriormente imputados el sargento Pedro Daniel Smiter y el suboficial principal Héctor Gustavo Calleja, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, ya que los mencionados, en ejercicio de un acto de servicio, citaron a la víctima para que prestara declaración testimonial por el robo y una vez allí, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Por último, fueron imputados el oficial auxiliar Pablo Ferrufino, quien se encontraba en el momento del hecho a cargo de la dependencia; el oficial Jesús Tárraga, quien se encontraba como oficial de servicio; el sargento ayudante Raúl Luna y el oficial César Pineda, quienes se desempeñaban como jefes de Guardia; y los sargentos Rodolfo Guerrero y Fredy Martínez, quienes se desempeñaban como cabos de guardia; por el delito de omisión de evitar el delito de tortura, ya que surgió del registro del libro de guardia y novedades de la dependencia policial, que estuvieron al momento en que sucedieron los hechos, sin que pudieran desconocer lo que estaba ocurriendo, porque los detenidos que se encontraban alojados en la Brigada 2, manifestaron que vieron a Páez, Calleja, Smiter y Anagua llevar a un hombre hacia la habitación de atrás que está en el patio interno de la dependencia, luego de lo cual escucharon música a alto volumen y después de ello los gritos de dolor de dicha persona.

En su condición de funcionarios públicos tenían la obligación de evitar la comisión del delito de tortura que se les endilga a los otros efectivos policiales, pero no lo hicieron.

El oficial César Pineda y el sargento Fredy Martínez, también fueron imputados por el delito de falsedad ideológica en calidad de partícipes necesarios, que concurre en forma real con el otro delito endilgado, ya que en su calidad de funcionarios públicos firmaron el acta de declaración como testigos.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.
Durante los procedimientos del pasado 29 de abril, fueron secuestrados el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal, entre otros elementos de interés para la causa.

Violencia Institucional

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, sostuvo que de lo recolectado durante la investigación penal preparatoria, se advierte el despliegue de una práctica de violencia institucional que corresponde erradicar mediante su sanción del sistema policial de nuestra provincia y país, tal compromiso no solo surge de la Constitución Nacional, sino de los tratados específicos de Derechos Humanos, como la Convención contra la Tortura, y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, con jerarquía Constitucional, mediante su incorporación en el art. 75 inc. 22, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (ley 23652).

La Violencia Institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario, cuya tutela de bienes jurídicos le han sido encargada dentro del sistema constitucional y democrático.

Por ello, se advierte que a fin de contrarrestar esta histórica y tolerada práctica, resulta necesario adoptar un enfoque basado en Derechos Humanos, que nos permita identificar y oportunamente en consonancia con los Instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional, erradicar estas prácticas de nuestras democracias, mediante la investigación y sanción de estas conductas ilícitas, máxime cuando ellas son llevadas adelantes por aquellos titulares de la función de seguridad.

Estas prácticas violentas y en estos ámbitos, han sido históricamente toleradas, por lo que se debe tener presente que en los entornos en la que se produce se advierte un aprovechamiento de una posición ventajosa, que permite una dependencia absoluta o relativa de la autoridad de las personas, que da la condición de posibilidad para el despliegue de las mismas.

Téngase en cuenta que la violencia institucional referida, conlleva un plus de reproche por cuanto son cometidas por funcionarios públicos que, por sus responsabilidades y deberes, se encuentran autorizados en los supuestos legales, para hacer uso de la fuerza pública, el que debe ser racional, y cuya práctica contraria se transforma en violatoria de derechos humanos elementales por parte de los miembros del Estado y que como ya se dijo se advierte en la presente causa.

Y es pertinente traer a colación un párrafo del Considerando en la Sentencia “Bulacio Vs. Argentina” en sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: “De ahí la importancia de la realización de la justicia. Contra los actos de violencia violatorios de los derechos humanos se erige el orden jurídico (nacional e internacional), para asegurar la prevalencia de la justicia y, de ese modo, extender satisfacción a las víctimas (directas e indirectas)”.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Piden el juicio contra los once efectivos de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Norte-Orán, la elevación a juicio de la causa en la que once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad, fueron imputados por la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas, lesiones leves y falsificación de documentos públicos.

De las tareas investigativas, surgió que los imputados citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

Con los elementos reunidos en la investigación, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, imputó al oficial Enzo Anagua y los sargentos Gerardo Ricardo Páez alias “Caimán” y Carlos David Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal.

El oficial Enzo Anagua también fue imputado por el delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al Supermercado Comodín a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que incriminara.

Tras las detenciones producidas el 29 de abril, fueron posteriormente imputados el sargento Pedro Daniel Smiter y el suboficial principal Héctor Gustavo Calleja, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, ya que los mencionados, en ejercicio de un acto de servicio, citaron a la víctima para que prestara declaración testimonial por el robo y una vez allí, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Por último, fueron imputados el oficial auxiliar Pablo Ferrufino, quien se encontraba en el momento del hecho a cargo de la dependencia; el oficial Jesús Tárraga, quien se encontraba como oficial de servicio; el sargento ayudante Raúl Luna y el oficial César Pineda, quienes se desempeñaban como jefes de Guardia; y los sargentos Rodolfo Guerrero y Fredy Martínez, quienes se desempeñaban como cabos de guardia; por el delito de omisión de evitar el delito de tortura, ya que surgió del registro del libro de guardia y novedades de la dependencia policial, que estuvieron al momento en que sucedieron los hechos, sin que pudieran desconocer lo que estaba ocurriendo, porque los detenidos que se encontraban alojados en la Brigada 2, manifestaron que vieron a Páez, Calleja, Smiter y Anagua llevar a un hombre hacia la habitación de atrás que está en el patio interno de la dependencia, luego de lo cual escucharon música a alto volumen y después de ello los gritos de dolor de dicha persona.

En su condición de funcionarios públicos tenían la obligación de evitar la comisión del delito de tortura que se les endilga a los otros efectivos policiales, pero no lo hicieron.

El oficial César Pineda y el sargento Fredy Martínez, también fueron imputados por el delito de falsedad ideológica en calidad de partícipes necesarios, que concurre en forma real con el otro delito endilgado, ya que en su calidad de funcionarios públicos firmaron el acta de declaración como testigos.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.

Durante los procedimientos del pasado 29 de abril, fueron secuestrados el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal, entre otros elementos de interés para la causa.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los actos desplegados por los acusados resultan constitutivos del tipo penal atribuido, al haber llevado a cabo un acto intencional -colocación de esposas, bolsas en la cabeza mientras la víctima se encontraba con barbijo, golpes de puño y puntapiés en el cuerpo- que causaron severos sufrimientos físicos y lesiones que fueron constatadas.

Además, de la pericia psicológica realizada a la víctima, surgió que presenta un cuadro de “stress post traumático”.

Huelga recalcar que la tortura y las penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes se encuentran estrictamente prohibidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, generando responsabilidad internacional respecto de los agentes estatales que llevasen a cabo tales actos.

Piden la prisión preventiva de los once imputados de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 de Orán, la prisión preventiva de los once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad, imputados en el marco de la causa que investiga los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, advirtió sobre la pena esperada por los delitos endilgados, siendo el de torturas el más grave, lo que supone un monto de pena en concreto que permite inferir que será alta y de ejecución efectiva.

También surgió como indicio suficiente para el encierro cautelar, que los acusados tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no posee el ciudadano común, por lo que podrían obstaculizar la investigación, ante la posibilidad de ocultar medios de prueba o de influenciar a personas que serán llamadas a declarar, quienes deberán hacerlo libres de toda influencia.

Por otra parte, la situación procesal de los acusados, constituye una de las hipótesis de procedencia que autorizan el mantenimiento del encierro cautelar durante la etapa preparatoria, ya que los diversos elementos colectados permiten sostener que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga.

Surgieron indicios vehementes que los acusados actuaron de forma sistemática, ya que de las declaraciones de varios detenidos alojados en la Brigada de Investigaciones 2, surgió que era el modus operandi para lograr la confesión mediante la aplicación de tormentos, conducta enmarcada dentro la violencia institucional.

En este sentido, debe valorase que los efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad de la Provincia y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En consecuencia, es necesario impedir que los acusados continúen acometiendo en contra de la población, con el abuso de poder que detentan al cumplir funciones en las fuerzas de seguridad y al contar con armas letales y no letales.

Justamente, el Estado es responsable de garantizar que el uso de la fuerza sólo sea utilizado como último recurso y con estricto apego a los estándares internacionales y el respeto de los derechos humanos, lo que no se vislumbra en la causa.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Imputaron a los once detenidos de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente a once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de Orán, detenidos en el marco de la causa que investiga la supuesta comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal. Los acusados se negaron a declarar.

De las tareas investigativas, surgió que los imputados citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

Con los elementos reunidos en la investigación penal preparatoria, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, imputó al oficial Enzo Anagua y los sargentos Gerardo Ricardo Páez alias “Caimán” y Carlos David Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal.

El oficial Enzo Anagua también fue imputado por el delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al Supermercado Comodín a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que incriminara.

Tras las nuevas detenciones producidas el 29 de abril, fueron imputados el sargento Pedro Daniel Smiter y el suboficial principal Héctor Gustavo Calleja, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, ya que los mencionados, en ejercicio de un acto de servicio, citaron a la víctima para que prestara declaración testimonial por el robo y una vez allí, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Por último, fueron imputados el oficial auxiliar Pablo Ferrufino, quien se encontraba en el momento del hecho a cargo de la dependencia; el oficial Jesús Tárraga, quien se encontraba como oficial de servicio; el sargento ayudante Raúl Luna y el oficial César Pineda, quienes se desempeñaban como jefes de Guardia; y los sargentos Rodolfo Guerrero y Fredy Martínez, quienes se desempeñaban como cabos de guardia; por el delito de omisión de evitar el delito de tortura, ya que surgió del registro del libro de guardia y novedades de la dependencia policial, que estuvieron al momento en que sucedieron los hechos, sin que pudieran desconocer lo que estaba ocurriendo, porque los detenidos que se encontraban alojados en la Brigada N º 2, manifestaron que vieron a Páez, Calleja, Smiter y Anagua llevar a un hombre hacia la habitación de atrás que está en el patio interno de la dependencia, luego de lo cual escucharon música a alto volumen y después de ello los gritos de dolor de dicha persona. En su condición de funcionarios públicos tenían la obligación de evitar la comisión del delito de tortura que se les endilga a los otros efectivos policiales, pero no lo hicieron.

El oficial César Pineda y el sargento Fredy Martínez, también fueron imputados por el delito de falsedad ideológica en calidad de partícipes necesarios, que concurre en forma real con el otro delito endilgado, ya que en su calidad de funcionarios públicos firmaron el acta de declaración como testigos.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.

Durante los procedimientos del pasado 29 de abril, fueron secuestrados el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal, entre otros elementos de interés para la causa.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Ya son once los detenidos de la Brigada de Investigaciones de Orán

El Juzgado de Garantías 1 de Orán, hizo lugar a un nuevo pedido de allanamiento, detención y secuestro requerido por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, en el marco de la causa que investiga la supuesta comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal, por parte de efectivos de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad. Hasta el momento, son 11 los detenidos. Los procedimientos estuvieron a cargo del personal de la Unidad Especial de Investigaciones del CIF.

Las nuevas medidas ordenadas que incluyeron múltiples allanamientos en la Brigada de Investigaciones 2 de Orán y en los domicilios de los efectivos mencionados, se concretaron este jueves.

Como resultado, fueron detenidos un oficial auxiliar a cargo de la dependencia y otros dos oficiales; un suboficial principal y cuatro sargentos que estuvieron de guardia el día del hecho. Cabe recordar que el pasado viernes 23 de abril, fueron detenidos un oficial y dos sargentos, en el marco de la misma causa.

Nuevos testimonios de internos alojados en la Brigada de Investigaciones, fueron coincidentes al señalar que el pasado 8 de abril, los efectivos policiales ingresaron a hombre a una habitación de la dependencia que está atrás del patio interno. Relataron que luego cerraron la puerta y pusieron música a alto volumen, aunque pudieron escuchar gritos de dolor. Dos de los internos manifestaron que también fueron víctimas de torturas con bolsas en la cabeza y que los golpearon.

El pedido de detención de la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, se fundó principalmente en la gravedad de los hechos de violencia institucional y en la necesidad de impedir que los investigados continúen los acometimientos en contra de la población, con el abuso del poder que detentaron al cumplir funciones en la fuerza de seguridad provincial. Justamente, el Estado es responsable de garantizar que el uso de la fuerza sólo sea utilizado como último recurso y con estricto apego a los estándares internacionales y el respeto de los derechos humanos, lo que no se vislumbra en la causa.

Asimismo, resulta reprochable la conducta del resto de los efectivos y del Jefe de la dependencia, quienes están obligados a denunciar las torturas llevadas a cabo mientras se encontraban en la dependencia, por lo que omitieron llevar a cabo una obligación legal.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.
Durante los procedimientos, fue secuestrado el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal.

Torturas con submarino seco, taladro y paseo con amenaza de muerte

De las tareas investigativas, surgió que los efectivos citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta las 2:30 de la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo perteneciente a la fuerza de seguridad por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Uno de los efectivos también habría incurrido en el delito de falsedad ideológica, que concurre en forma real con los demás delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al supermercado a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que los incriminara.