Presos acusados de golpear y encerrar a un compañero de celda

Cuatro detenidos de la Comisaría 23 de Colonia Santa Rosa, fueron imputados por un violento hecho en contra de un compañero de celda, al que golpearon, amenazaron y encerraron maniatado en un baño.

La fiscala penal de Pichanal, María Sofía Fuentes, imputó a Wilson Montenegro, Enzo Álvarez, Reynaldo Guaipi; Leonardo Noguera y Pablo Villordo como autores de los delitos de lesiones leves agravadas por el concurso premeditado de dos o más personas, amenazas y privación ilegítima de la libertad.

El pasado 11 de octubre, en la Comisaría 23 de Colonia Santa Rosa, dos reclusos que mantenían una enemistad y compartían celda, decidieron pelear “mano a mano”.

Pero la víctima fue sorprendida por los demás compañeros de celda, quienes desde atrás lo sujetaron, lo golpearon y le provocaron diversas lesiones. Luego lo amarraron y amordazaron por varias horas en el baño de la celda.

Cuando pudo sacarse un trapo que le introdujeron en la boca, pidió auxilio y el cabo de guardia lo pudo liberar.

La fiscala, luego de la imputación, solicitó al Juzgado de Garantías interviniente, que se mantenga su detención por este hecho.

Rosario de la Frontera: Lo acusaron de robar un pony, lo golpearon brutalmente y falsearon documentación

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa en la que cuatro efectivos policiales fueron imputados por los delitos de apremios ilegales calificados, privación ilegítima de la libertad y falsedad ideológica, todo en concurso real.

Las imputaciones recayeron sobre los efectivos Rodrigo Pablo Javier Benítez, Abel Orlando Serrano, Álvaro Jorge Humberto Navarro y Cristian Ariel Pronsatto, en calidad de coautores.

Del requerimiento surgió que el 4 de julio de 2016, cerca de las 10, los acusados cumplían funciones en el destacamento El Potrero, a bordo del móvil 1126 y se presentaron al domicilio en el que estaba la víctima, a quien acusaron de robar un pony.

Tras esto, trasladaron al denunciante hasta el arroyo San Roque, donde lo agredieron físicamente y le provocaron un traumatismo abdominal que fue acreditado mediante una copia de la historia clínica del paciente proporcionada por el Hospital Melchora Figueroa de Cornejo, de Rosario de la Frontera.

Con un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, los imputados privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria a la víctima, a quien retuvieron primeramente en el móvil policial y luego en el destacamento El Potrero, desde las 10 hasta las 20:35 aproximadamente, esposado y sin permitirle que se fuera de la sede policial.

Cabe destacar que los acusados también omitieron deliberadamente registrar en el libro de guardia la detención e ingreso de la víctima y recién dieron cuenta de la detención a las 19:20, cuando en realidad el denunciante fue detenido, por la mañana.

Violencia Institucional

La Fiscalía de Derechos Humanos recordó que la Violencia Institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario, cuya tutela de bienes jurídicos le han sido encargada dentro del sistema constitucional y democrático.

A fin de contrarrestar esta histórica y tolerada práctica, resulta necesario adoptar un enfoque basado en Derechos Humanos, que permita identificar y oportunamente en consonancia con los Instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional, erradicar estas prácticas de nuestras democracias, mediante la investigación y sanción de estas conductas ilícitas, máxime cuando ellas son llevadas adelantes por aquellos titulares de la función de seguridad.

Estas prácticas violentas y en estos ámbitos, han sido históricamente toleradas, por lo que se debe tener presente que en los entornos en la que se produce se advierte un aprovechamiento de una posición ventajosa, que permite una dependencia absoluta o relativa de la autoridad de las personas, que da la condición de posibilidad para el despliegue de las mismas.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Elevan a juicio la causa contra once efectivos de la Brigada de Investigaciones de Orán

El Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Norte-Orán, rechazó la oposición y el cambio de calificación instada por la defensa de los acusados y ordenó la remisión a juicio de la causa en la que once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad, fueron imputados por la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas, lesiones leves y falsificación de documentos públicos. Interviene el fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González.

De las tareas investigativas, surgió que los imputados citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán. Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

Con los elementos reunidos durante la investigación llevada adelante por la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, fueron imputados el oficial Enzo Anagua y los sargentos Gerardo Ricardo Páez alias “Caimán” y Carlos David Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal.

El oficial Enzo Anagua también fue imputado por el delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al Supermercado Comodín a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que incriminara.

Tras las detenciones producidas el 29 de abril, fueron posteriormente imputados el sargento Pedro Daniel Smiter y el suboficial principal Héctor Gustavo Calleja, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, ya que los mencionados, en ejercicio de un acto de servicio, citaron a la víctima para que prestara declaración testimonial por el robo y una vez allí, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Por último, fueron imputados el oficial auxiliar Pablo Ferrufino, quien se encontraba en el momento del hecho a cargo de la dependencia; el oficial Jesús Tárraga, quien se encontraba como oficial de servicio; el sargento ayudante Raúl Luna y el oficial César Pineda, quienes se desempeñaban como jefes de Guardia; y los sargentos Rodolfo Guerrero y Fredy Martínez, quienes se desempeñaban como cabos de guardia; por el delito de omisión de evitar el delito de tortura, ya que surgió del registro del libro de guardia y novedades de la dependencia policial, que estuvieron al momento en que sucedieron los hechos, sin que pudieran desconocer lo que estaba ocurriendo, porque los detenidos que se encontraban alojados en la Brigada 2, manifestaron que vieron a Páez, Calleja, Smiter y Anagua llevar a un hombre hacia la habitación de atrás que está en el patio interno de la dependencia, luego de lo cual escucharon música a alto volumen y después de ello los gritos de dolor de dicha persona.

En su condición de funcionarios públicos tenían la obligación de evitar la comisión del delito de tortura que se les endilga a los otros efectivos policiales, pero no lo hicieron.

El oficial César Pineda y el sargento Fredy Martínez, también fueron imputados por el delito de falsedad ideológica en calidad de partícipes necesarios, que concurre en forma real con el otro delito endilgado, ya que en su calidad de funcionarios públicos firmaron el acta de declaración como testigos.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.
Durante los procedimientos del pasado 29 de abril, fueron secuestrados el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal, entre otros elementos de interés para la causa.

Violencia Institucional

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, sostuvo que de lo recolectado durante la investigación penal preparatoria, se advierte el despliegue de una práctica de violencia institucional que corresponde erradicar mediante su sanción del sistema policial de nuestra provincia y país, tal compromiso no solo surge de la Constitución Nacional, sino de los tratados específicos de Derechos Humanos, como la Convención contra la Tortura, y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, con jerarquía Constitucional, mediante su incorporación en el art. 75 inc. 22, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (ley 23652).

La Violencia Institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario, cuya tutela de bienes jurídicos le han sido encargada dentro del sistema constitucional y democrático.

Por ello, se advierte que a fin de contrarrestar esta histórica y tolerada práctica, resulta necesario adoptar un enfoque basado en Derechos Humanos, que nos permita identificar y oportunamente en consonancia con los Instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional, erradicar estas prácticas de nuestras democracias, mediante la investigación y sanción de estas conductas ilícitas, máxime cuando ellas son llevadas adelantes por aquellos titulares de la función de seguridad.

Estas prácticas violentas y en estos ámbitos, han sido históricamente toleradas, por lo que se debe tener presente que en los entornos en la que se produce se advierte un aprovechamiento de una posición ventajosa, que permite una dependencia absoluta o relativa de la autoridad de las personas, que da la condición de posibilidad para el despliegue de las mismas.

Téngase en cuenta que la violencia institucional referida, conlleva un plus de reproche por cuanto son cometidas por funcionarios públicos que, por sus responsabilidades y deberes, se encuentran autorizados en los supuestos legales, para hacer uso de la fuerza pública, el que debe ser racional, y cuya práctica contraria se transforma en violatoria de derechos humanos elementales por parte de los miembros del Estado y que como ya se dijo se advierte en la presente causa.

Y es pertinente traer a colación un párrafo del Considerando en la Sentencia “Bulacio Vs. Argentina” en sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: “De ahí la importancia de la realización de la justicia. Contra los actos de violencia violatorios de los derechos humanos se erige el orden jurídico (nacional e internacional), para asegurar la prevalencia de la justicia y, de ese modo, extender satisfacción a las víctimas (directas e indirectas)”.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Piden el juicio contra los once efectivos de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Norte-Orán, la elevación a juicio de la causa en la que once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad, fueron imputados por la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas, lesiones leves y falsificación de documentos públicos.

De las tareas investigativas, surgió que los imputados citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

Con los elementos reunidos en la investigación, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, imputó al oficial Enzo Anagua y los sargentos Gerardo Ricardo Páez alias “Caimán” y Carlos David Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal.

El oficial Enzo Anagua también fue imputado por el delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al Supermercado Comodín a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que incriminara.

Tras las detenciones producidas el 29 de abril, fueron posteriormente imputados el sargento Pedro Daniel Smiter y el suboficial principal Héctor Gustavo Calleja, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, ya que los mencionados, en ejercicio de un acto de servicio, citaron a la víctima para que prestara declaración testimonial por el robo y una vez allí, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Por último, fueron imputados el oficial auxiliar Pablo Ferrufino, quien se encontraba en el momento del hecho a cargo de la dependencia; el oficial Jesús Tárraga, quien se encontraba como oficial de servicio; el sargento ayudante Raúl Luna y el oficial César Pineda, quienes se desempeñaban como jefes de Guardia; y los sargentos Rodolfo Guerrero y Fredy Martínez, quienes se desempeñaban como cabos de guardia; por el delito de omisión de evitar el delito de tortura, ya que surgió del registro del libro de guardia y novedades de la dependencia policial, que estuvieron al momento en que sucedieron los hechos, sin que pudieran desconocer lo que estaba ocurriendo, porque los detenidos que se encontraban alojados en la Brigada 2, manifestaron que vieron a Páez, Calleja, Smiter y Anagua llevar a un hombre hacia la habitación de atrás que está en el patio interno de la dependencia, luego de lo cual escucharon música a alto volumen y después de ello los gritos de dolor de dicha persona.

En su condición de funcionarios públicos tenían la obligación de evitar la comisión del delito de tortura que se les endilga a los otros efectivos policiales, pero no lo hicieron.

El oficial César Pineda y el sargento Fredy Martínez, también fueron imputados por el delito de falsedad ideológica en calidad de partícipes necesarios, que concurre en forma real con el otro delito endilgado, ya que en su calidad de funcionarios públicos firmaron el acta de declaración como testigos.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.

Durante los procedimientos del pasado 29 de abril, fueron secuestrados el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal, entre otros elementos de interés para la causa.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los actos desplegados por los acusados resultan constitutivos del tipo penal atribuido, al haber llevado a cabo un acto intencional -colocación de esposas, bolsas en la cabeza mientras la víctima se encontraba con barbijo, golpes de puño y puntapiés en el cuerpo- que causaron severos sufrimientos físicos y lesiones que fueron constatadas.

Además, de la pericia psicológica realizada a la víctima, surgió que presenta un cuadro de “stress post traumático”.

Huelga recalcar que la tortura y las penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes se encuentran estrictamente prohibidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, generando responsabilidad internacional respecto de los agentes estatales que llevasen a cabo tales actos.

Allanaron sin orden judicial, esposaron y golpearon a las víctimas, las amenazaron y les armaron una causa

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 8, la elevación a juicio de la causa que tiene a cuatro efectivos policiales acusados de los delitos de allanamiento ilegal de domicilio, privación ilegítima de la libertad, vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves en concurso ideal, y amenazas, todo en concurso real y en calidad de autores.

Las imputaciones recayeron sobre los efectivos Guillermo Agustín López, de 36 años; David Ricardo Pérez, de 25; Walter David Peralta, de 44; y Carlos Alberto Apaza, de 38, todos con revista en la División de Seguridad Urbana de Rosario de la Frontera.

Las actuaciones de la Fiscalía Penal de Derechos Humanos, iniciaron con la denuncia de dos hermanos, quienes relataron que el 5 de abril de 2020, cerca de las 5, dormían en su vivienda ubicada en barrio Arturo Menu de la sureña ciudad, cuando escucharon ruidos en la puerta.

Uno de los ellos dormía junto a su esposa e hija. Al despertarse, ambos hermanos se levantaron para ver qué sucedía y observaron a los uniformados, que golpeaban a un vecino.

Ambos relataron que en ese momento, fueron vistos por uno de los policías, quien sacó su arma, les apuntó y les gritó “quédense quietos o los quemo”. Luego, fueron esposados y golpeados, mientras los subían al patrullero.

Una vez allí y mientras permanecían arrodillados y esposados, fueron golpeados con una cachiporra en la espalda y llevados al hospital, donde luego fueron examinados.

Del requerimiento, surgió que en el día y horario mencionados, los acusados a bordo del móvil policial 1858, desempeñaron un acto de servicio y con exceso de sus funciones, acometieron en contra de la integridad física de los tres hombres, a quienes causaron lesiones en distintas partes del cuerpo.

Dichas lesiones fueron producidas por los golpes proferidos por los acusados al momento de la detención y luego en el traslado.

Además, al momento de la detención, ingresaron al domicilio sin una orden emanada por la autoridad competente ni motivo suficiente autorizado por la ley.

Para avalar dicha restricción ilegal de la libertad, los acusados armaron una causa penal, según surgió de las copias de una denuncia de la Subcomisaría El Mirador, que el efectivo Carlos Apaza formuló por los delitos de resistencia a la autoridad y violación de medidas sanitarias.

Asimismo, una vez en la Comisaría 31, los acusados profirieron amenazas al decirles a las víctimas “la próxima vez los llevamos a un descampado y no la van a contar”, por lo que anunciaron la posibilidad de un mal futuro, inminente y probable, que generó un temor serio y fundado en las víctimas.

Piden la elevación a juicio contra un hombre que privó de su libertad a una mujer y sus dos hijos

El fiscal Penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, había imputado en enero pasado a Marcelo Sánchez por privar de la libertad a su pareja y a dos menores de edad.

El fiscal Penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, solicitó al Juzgado de Garantías N°2 la elevación a juicio contra Marcelo Sánchez, acusado de privación ilegítima de la libertad de una mujer y de dos menores, coacción agravada y lesiones en perspectiva de género en concurso real.

El fiscal Cazón realizó el requerimiento de juicio tomando en cuenta la existencia de elementos de prueba suficientes y la declaración de la propia víctima, que ya se encuentra en Buenos Aires.

La investigación se inició a partir de un oficio enviado a la Fiscalía por el Juzgado de Violencia Familiar y de Género 1 del distrito judicial Tartagal, a cargo de la jueza Carmen Juliá, quien había recibido un oficio de Buenos Aires –a través del Distrito Judicial Centro- por el que se buscaba a la víctima.

En efecto, en noviembre de 2020, la madre de la mujer, desde Buenos Aires, denunció que su hija se encontraba en la ciudad de Salvador Mazza en contra de su voluntad e incomunicada por su pareja.

Los hechos

De acuerdo a lo narrado por la víctima, conoció a Sánchez en Buenos Aires en 2017 e iniciaron una relación, fruto de la cual tuvieron un hijo. En esa ciudad comenzaron a vivir episodios violentos y bajo amenazas, la obligó a trasladarse a la ciudad de Salvador Mazza, donde residía una hermana del acusado.

Ya en la ciudad del Norte salteño, la mujer contó que su pareja la mantenía encerrada, sin posibilidad de comunicarse y ejercía violencia física, sexual y psicológica sobre ella.

En un descuido de su captor, la víctima pudo enviar un mensaje de WhatsApp a su madre en Buenos Aires y pedir ayuda, quien radicó la denuncia que llevó al fiscal Cazón a investigar el caso, logrando detener al acusado y poner a resguardo a la mujer y a sus hijos.

Sánchez se encuentra detenido en Tartagal.

Confirman la prisión preventiva para los tres policías imputados en múltiples causas

La Sala IV del Tribunal de Impugnación, resolvió no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de los acusados y confirmó el mantenimiento de la prisión preventiva de los tres efectivos que se desempeñaban en la División de Seguridad Urbana, quienes fueron detenidos el lunes 19 de abril, tras el requerimiento presentado ante el Juzgado de Garantías 2 por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke.

Se trata del sargento Pablo Exequiel Toledo, actualmente con revista en la subcomisaría de Villa Asunción; el cabo Ignacio Esteban Zurita, con revista en el destacamento La Silleta y el oficial subayudante Rómulo Segovia, con revista en la subcomisaría de Los Toldos, quienes fueron imputados por los delitos de vejaciones, en concurso real con allanamiento ilegal y privación ilegítima de la libertad.

De las múltiples causas, se tiene que los efectivos policiales acusados acometieron contra la integridad física de numerosas personas (entre las cuales se encontraban dos menores de edad), y en muchas situaciones y sin motivo alguno, les dispararon con armas no letales.

Uno de los damnificados, Luciano Cruz, perdió un ojo por la violencia con la que actuaron los encartados y tiene comprometido el otro, según trascendió de publicaciones periodísticas.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los diferentes elementos colectados durante la investigación, permiten sostener la sospecha fundada de que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga, con la posibilidad cierta de que los imputados no se sometan a los requerimiento del sistema judicial.

En este sentido, surgieron indicios vehementes de que los acusados hicieron del delito su medio de vida, sin mostrar arrepentimiento alguno, pues no resulta un dato menor considerar estos efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad provincial y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En virtud de los fundamentos vertidos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, solicitó la prisión preventiva del personal policial mencionado, debido a la existencia de motivos suficientes para sospechar que los imputados, en su rol de funcionarios públicos, tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no tiene un ciudadano común.

Dicha posición permite sospechar que podrían influenciar a personas que serán llamadas a deponer en la audiencia de debate ante el Tribunal y es necesario que declaren libres de toda influencia, motivo que habilita la restricción de la libertad de los acusados.

Además, la fiscala advirtió que se debe tener en cuenta la expectativa de pena, que en caso de recaer en condena sería de cumplimiento efectivo, debido la cantidad de causas por las que fueron requeridos, por lo que el incentivo para eludir la acción de la justicia es mayor.

Piden la prisión preventiva de los once imputados de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 1 de Orán, la prisión preventiva de los once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad, imputados en el marco de la causa que investiga los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal.

En sus fundamentos, la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, advirtió sobre la pena esperada por los delitos endilgados, siendo el de torturas el más grave, lo que supone un monto de pena en concreto que permite inferir que será alta y de ejecución efectiva.

También surgió como indicio suficiente para el encierro cautelar, que los acusados tienen vinculaciones dentro de la fuerza de seguridad y acceso a información que no posee el ciudadano común, por lo que podrían obstaculizar la investigación, ante la posibilidad de ocultar medios de prueba o de influenciar a personas que serán llamadas a declarar, quienes deberán hacerlo libres de toda influencia.

Por otra parte, la situación procesal de los acusados, constituye una de las hipótesis de procedencia que autorizan el mantenimiento del encierro cautelar durante la etapa preparatoria, ya que los diversos elementos colectados permiten sostener que los acusados podrían incurrir en la hipótesis configurativa del peligro cierto de fuga.

Surgieron indicios vehementes que los acusados actuaron de forma sistemática, ya que de las declaraciones de varios detenidos alojados en la Brigada de Investigaciones 2, surgió que era el modus operandi para lograr la confesión mediante la aplicación de tormentos, conducta enmarcada dentro la violencia institucional.

En este sentido, debe valorase que los efectivos forman parte de las fuerzas de seguridad de la Provincia y que su deber es el de garantizar la seguridad pública y no la comisión incesante de hechos ilícitos contra la sociedad.

En consecuencia, es necesario impedir que los acusados continúen acometiendo en contra de la población, con el abuso de poder que detentan al cumplir funciones en las fuerzas de seguridad y al contar con armas letales y no letales.

Justamente, el Estado es responsable de garantizar que el uso de la fuerza sólo sea utilizado como último recurso y con estricto apego a los estándares internacionales y el respeto de los derechos humanos, lo que no se vislumbra en la causa.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Imputaron a los once detenidos de la Brigada de Investigaciones de Orán

La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, imputó provisionalmente a once efectivos policiales de la Brigada de Investigaciones 2 de Orán, detenidos en el marco de la causa que investiga la supuesta comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal. Los acusados se negaron a declarar.

De las tareas investigativas, surgió que los imputados citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

Con los elementos reunidos en la investigación penal preparatoria, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, imputó al oficial Enzo Anagua y los sargentos Gerardo Ricardo Páez alias “Caimán” y Carlos David Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal.

El oficial Enzo Anagua también fue imputado por el delito de falsedad ideológica, en concurso real con los otros delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al Supermercado Comodín a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que incriminara.

Tras las nuevas detenciones producidas el 29 de abril, fueron imputados el sargento Pedro Daniel Smiter y el suboficial principal Héctor Gustavo Calleja, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tortura y lesiones leves en concurso ideal, ya que los mencionados, en ejercicio de un acto de servicio, citaron a la víctima para que prestara declaración testimonial por el robo y una vez allí, con claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables u orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Por último, fueron imputados el oficial auxiliar Pablo Ferrufino, quien se encontraba en el momento del hecho a cargo de la dependencia; el oficial Jesús Tárraga, quien se encontraba como oficial de servicio; el sargento ayudante Raúl Luna y el oficial César Pineda, quienes se desempeñaban como jefes de Guardia; y los sargentos Rodolfo Guerrero y Fredy Martínez, quienes se desempeñaban como cabos de guardia; por el delito de omisión de evitar el delito de tortura, ya que surgió del registro del libro de guardia y novedades de la dependencia policial, que estuvieron al momento en que sucedieron los hechos, sin que pudieran desconocer lo que estaba ocurriendo, porque los detenidos que se encontraban alojados en la Brigada N º 2, manifestaron que vieron a Páez, Calleja, Smiter y Anagua llevar a un hombre hacia la habitación de atrás que está en el patio interno de la dependencia, luego de lo cual escucharon música a alto volumen y después de ello los gritos de dolor de dicha persona. En su condición de funcionarios públicos tenían la obligación de evitar la comisión del delito de tortura que se les endilga a los otros efectivos policiales, pero no lo hicieron.

El oficial César Pineda y el sargento Fredy Martínez, también fueron imputados por el delito de falsedad ideológica en calidad de partícipes necesarios, que concurre en forma real con el otro delito endilgado, ya que en su calidad de funcionarios públicos firmaron el acta de declaración como testigos.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.

Durante los procedimientos del pasado 29 de abril, fueron secuestrados el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal, entre otros elementos de interés para la causa.

Torturas y paseo con amenaza de muerte: Ya son once los detenidos de la Brigada de Investigaciones de Orán

El Juzgado de Garantías 1 de Orán, hizo lugar a un nuevo pedido de allanamiento, detención y secuestro requerido por la fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, en el marco de la causa que investiga la supuesta comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y lesiones leves en concurso ideal, por parte de efectivos de la Brigada de Investigaciones 2 de esa ciudad. Hasta el momento, son 11 los detenidos. Los procedimientos estuvieron a cargo del personal de la Unidad Especial de Investigaciones del CIF.

Las nuevas medidas ordenadas que incluyeron múltiples allanamientos en la Brigada de Investigaciones 2 de Orán y en los domicilios de los efectivos mencionados, se concretaron este jueves.

Como resultado, fueron detenidos un oficial auxiliar a cargo de la dependencia y otros dos oficiales; un suboficial principal y cuatro sargentos que estuvieron de guardia el día del hecho. Cabe recordar que el pasado viernes 23 de abril, fueron detenidos un oficial y dos sargentos, en el marco de la misma causa.

Nuevos testimonios de internos alojados en la Brigada de Investigaciones, fueron coincidentes al señalar que el pasado 8 de abril, los efectivos policiales ingresaron a hombre a una habitación de la dependencia que está atrás del patio interno. Relataron que luego cerraron la puerta y pusieron música a alto volumen, aunque pudieron escuchar gritos de dolor. Dos de los internos manifestaron que también fueron víctimas de torturas con bolsas en la cabeza y que los golpearon.

El pedido de detención de la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke, se fundó principalmente en la gravedad de los hechos de violencia institucional y en la necesidad de impedir que los investigados continúen los acometimientos en contra de la población, con el abuso del poder que detentaron al cumplir funciones en la fuerza de seguridad provincial. Justamente, el Estado es responsable de garantizar que el uso de la fuerza sólo sea utilizado como último recurso y con estricto apego a los estándares internacionales y el respeto de los derechos humanos, lo que no se vislumbra en la causa.

Asimismo, resulta reprochable la conducta del resto de los efectivos y del Jefe de la dependencia, quienes están obligados a denunciar las torturas llevadas a cabo mientras se encontraban en la dependencia, por lo que omitieron llevar a cabo una obligación legal.

A raíz de los pedidos de colaboración, la Unidad de Investigaciones del CIF llevó a cabo una serie de diligencias que permitieron identificar a los acusados y recopilar valiosa información para lograr esclarecer los hechos.
Durante los procedimientos, fue secuestrado el libro de guardia y un automóvil Ford K color gris, que se encontraba incautado previamente en una causa federal.

Torturas con submarino seco, taladro y paseo con amenaza de muerte

De las tareas investigativas, surgió que los efectivos citaron al denunciante para que prestara declaración testimonial en la Brigada de Investigaciones 2, a raíz del robo producido en el Supermercado Comodín de Orán.

Una vez allí, cometieron un claro exceso en el ejercicio de sus funciones y sin que existieran motivos razonables ni una orden de la autoridad competente, privaron ilegítimamente de la libertad ambulatoria al denunciante, a quien retuvieron desde las 18 del 8 de abril, hasta las 2:30 de la madrugada del día siguiente, esposado y sin que pudiera irse de la dependencia policial.

El accionar ilícito de los detenidos se extendió hacia el despliegue de conductas del delito de torturas, ya que infligieron tormentos físicos y psíquicos, de carácter grave con el fin concreto de intimidar al denunciante, para obtener una confesión que atribuyera responsabilidades por el robo al supermercado a personas determinadas, en función de las líneas investigativas que resultaban en beneficio de la intención del personal para resolver la causa.

Los actos se desarrollaron a través de múltiples golpes y la colocación en la cabeza de la víctima de bolsas plásticas, para intentar quebrantar su voluntad. También exhibieron y prendieron un taladro, con el que amenazaron con provocarle lesiones y a través de un recorrido en un vehículo perteneciente a la fuerza de seguridad por las calles del barrio 20 de Febrero, donde nuevamente lo amenazaron con llevarlo al basural, lugar en el que manifestaron que lo iban a matar y que se cuidara de denunciarlos, por lo que lo iba a pasar mal, él y su familia.

Uno de los efectivos también habría incurrido en el delito de falsedad ideológica, que concurre en forma real con los demás delitos endilgados, ya que en su calidad de funcionario público, insertó en un instrumento público una declaración falsa, concerniente a un hecho que el documento debía probar, al haber consignado como dichos del denunciante la responsabilidad por el robo al supermercado a las personas que los mismos efectivos policiales le habían dicho que los incriminara.