Un hombre de 68 años fue condenado por vulnerar la integridad sexual de cuatro menores en la zona Sudeste de la ciudad de Salta con la cooperación de la madre de dos de las víctimas. La mujer deberá cumplir 19 años de prisión y el padre fue absuelto por el beneficio de la duda. Las otras dos víctimas eran vecinas de las niñas.
La fiscala penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, representó al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio del distrito Centro en la audiencia de debate contra un hombre de 68 años, una mujer de 27 y su pareja de 28 años, acusados de vulnerar la integridad sexual de cuatro menores en distintos grados de participación.
La denuncia fue radicada por la abuela de dos de las víctimas al tomar conocimiento de que sus nietas eran llevadas junto a otras dos niñas vecinas, junto al sexagenario, quien concretaba conductas sexuales con ellas a cambio de golosinas, dinero u otros bienes. Estos hechos ocurrían barrio San Benito, en la zona Sudeste de la ciudad de Salta.
El juez Guillermo Pereyra, luego de los alegatos de las partes, dio a conocer el veredicto, donde impuso al adulto mayor una pena de 20 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante (2 hechos) y corrupción de menores (2 hechos) en concurso real con los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante (2 hechos), corrupción de menores agravado (2 hechos) y exhibiciones obscenas agravadas.
La mujer de 27 años fue condenada a la pena de 19 años de prisión efectiva por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante en grado de cooperación (2 hechos) y como autora del delito de corrupción de menores agravado por el vínculo (2 hechos) en perjuicio de sus dos hijas menores de edad en concurso real con los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante (2 hechos) y corrupción de menores agravado (2 hechos) en perjuicio de otras dos niñas que eran sus vecinas.
La pareja de la mujer, de 28 años, fue absuelto por el beneficio de la duda. En el mismo fallo, se dispuso que a los condenados se los someta a tratamiento psicológico y se les extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.