La fiscala penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 8, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputados a cuatro efectivos policiales con revista en la División Seguridad Urbana, acusados de distintos delitos.
Los efectivos Facundo Exequiel Morales, de 26 años, y Miguel Alejandro Cisneros, de 30, fueron imputados por los delitos de vejaciones agravadas por el uso de la violencia, lesiones leves y falsedad ideológica, en concurso ideal y en calidad de autores.
En tanto, los efectivos Osvaldo Daniel Saldaño, de 41 años, y Pedro Roberto Moruchi, de 28, fueron imputados por el delito de omisión de los deberes de funcionario público, también en calidad de autores.
Del requerimiento, surgió que el 16 de julio de 2020, cerca de las 10:30, mientras el denunciante esperaba la llegada de un policía en la esquina de las calles Ituzaingó y Astigueta de la ciudad de Salta, vio llegar un móvil policial y se le acercó.
En ese momento, uno de los efectivos abrió la puerta y le dijo “qué junás, qué junás”, por lo que la víctima le explicó que esperaba a un policía y el acusado le contestó “a mí qué mierda me importa”. Tras esto, los efectivos policiales se rieron y uno de ellos volvió a decirle al denunciante “a mí qué me importa, andate a la mierda”, por lo que éste les expresó que no estaba haciendo nada.
En ese momento, uno de los efectivos hizo un movimiento como si se fuera a bajar del móvil, por lo que el damnificado corrió y los acusados le dispararon con una escopeta tipo paintball, lo que le produjo lesiones en la espalda.
Los hechos denunciados guardan correlación con el certificado médico agregado al legajo de investigación, del que surgió que la víctima fue examinada por la División Medicina y Química Legal de la Policía, que diagnosticó excoriaciones circulares en cara posterior del tórax lateral izquierdo.
La figura endilgada pretende proteger la integridad física de la que dispone toda persona, asociada a las pautas que imponen ciertos estándares mínimos establecidos por la Constitución Nacional, juntamente con los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en relación al trato que debe dispensarse por parte de las fuerzas de seguridad.
La investigación reveló que los acusados, quienes cumplían funciones a bordo del móvil 1821, no dieron cuenta de lo sucedido, por lo que tuvieron un comportamiento doloso, ya que incumplieron artículos del Reglamento Policial para el uso de la fuerza pública, que establecen que siempre que la policía utilice la fuerza en cumplimiento de sus funciones, deberá realizar un informe pormenorizado.