José Gustavo Gareca fue condenado a la pena máxima que prevé el Código Penal Argentino al haber sido encontrado penalmente responsable del delito de homicidio calificado de Mirna Antonella Eva Di Marzo.
Durante los alegatos, el fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio solicitó al Tribunal de la Sala IV que se le aplique la pena de prisión perpetua al considerar que a lo largo del debate quedó acreditada la autoría del hecho.
La querella adhirió al pedido del fiscal y el abogado defensor solicitó su absolución por el beneficio de la duda.
En sus últimas palabras, Gareca aseguró ser inocente del delito que se le imputa.
Tras un cuarto intermedio, el juez Roberto Faustino Lezcano, dio a conocer el veredicto donde condena a Gareca a la pena de prisión perpetua y lo declaró reincidente. En el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos. Se recomendó también que reciba tratamiento psicológico.
Se rechazó el pedido de nulidad probatoria realizado por el abogado defensor del acusado por extemporáneo.