En su remplazo fue designado el fiscal penal 2 de Tartagal, Pablo Cabot, a quien también se le encomendó una investigación preliminar a fin de determinar las posibles responsabilidades penales de otros operadores respecto a la no implementación de la Guía de Aborto No Punible.
La sustitución del fiscal penal de Salvador Mazza, Jorge Cazón, en la causa penal que investiga el abuso sexual de una menor de la etnia Wichi en la localidad de Alto La Sierra, en el Norte de la provincia, se formalizó ayer a través de una resolución firmada por el Procurador General, Pablo López Viñals.
En la misma, se estableció que la medida fue adoptada en función de una circunstancia que fue cuestionada por el abogado Juan Carlos Sánchez, defensor de uno de los imputados en la causa, como así también por el juez de Garantías 2 de Tartagal, Héctor Fernando Mariscal Astigueta.
Según lo informado, el cuestionamiento gira en torno al supuesto ocultamiento de parte del fiscal Cazón de un informe extendido por un médico de la Policía, en el cual se hace referencia a un examen practicado a la víctima. La incorporación de dicho informe, en cuanto a su oportunidad procesal, también fue puesta en cuestionamiento por parte del magistrado.
En vista de ello, y ante el posible desvío del fiscal respecto a sus deberes de objetividad, buena fe y lealtad procesal, tal como lo establece el artículo 284, del Código Procesal Penal, el procurador resolvió la sustitución de Cazón, alternativa contemplada por dicha norma.
En vista de ello, se designó al fiscal penal 2 de Tartagal, Pablo Cabot, al frente de la causa, en la que también interviene el fiscal penal 1, de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, quien ya había sido designado en el caso para actuar de manera conjunta, dado que se trata de un representante de una unidad especializada en delitos sexuales.
Guía de Aborto no Punible
Por otra parte, en tanto, la Procuración dispuso también una investigación preliminar, a cargo del fiscal Cabot, a fin de determinar las posibles responsabilidades de otros operadores, ya sea del fuero judicial como estatal, respecto a la no implementación de la “Guía de procedimientos para la asistencia integral de toda víctima de delito sexual y la concreta atención de los abortos no punibles”.
Dicha reglamentación fue dispuesta por el Gobierno de la Provincia para casos como el que se encuentra en trámite, pero no fue puesta en funcionamiento, por lo que se espera ahora determinar la posible comisión de delito de parte de los operadores responsables en la aplicación de esta guía. Asimismo, la Procuración analiza los antecedentes de la causa a fin de establecer la posible apertura de sumarios administrativos de orden interno.