El fiscal de la UFINAR, Santiago López Soto, llevó a juicio a Félix Amin Tayaüi y ocho participantes de su banda dedicada a la comercialización de estupefacientes. De los nueve detenidos, seis cumplirán penas efectivas y a tres de ellos se les impuso penas de cumplimiento condicional.
A partir de la investigación llevada adelante por la Unidad Fiscal contra la Narcocriminalidad, en el mes de marzo de este año se realizaron diversos allanamientos y la detención de nueve personas que conformaban la banda que en forma organizada, se dedicada a la comercialización de estupefacientes. Estas personas, tras su detención, fueron imputados y permanecieron privados de su libertad.
Reunidos los elementos de convicción necesarios, López Soto requirió juicio en el mes de julio y, con el acuerdo de las partes, la semana pasada se realizó una audiencia de juicio abreviado en la Sala VII del Tribunal de Juicio.
Allí, la jueza María Livia Carabajal, tras recibir la confesión de los acusados y la aceptación de los hechos endilgados, condenó a Félix Amín Tayagüi a la pena de seis años y seis meses de prisión efectiva, al pago de una multa de ciento sesenta y dos mil pesos ($162.000) y lo declaró reincidente por primera vez.
Pablo Exequiel Rearte fue condenado a la pena de cinco años y seis meses de prisión efectiva, al pago de una multa de diez mil ochocientos pesos ($10.800) y fue declarado reincidente por 2° vez.
A Raúl Daniel Quipildor se le impuso una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva y fue declarado reincidente por 1° vez. Walter Hugo Gómez y Florencia Romina Mendoza fueron condenados a la pena de cuatro años de prisión efectiva.
Viviana Simona Arias fue condenada a la pena de dos años y ocho meses de prisión efectiva, al pago de una multa de diez mil ochocientos pesos ($10.800) y fue declarada reincidente por 2° vez.
Juan Gabriel Mariscal y Romina Fabiana Flores fueron condenados a la pena de dos años y ocho meses de ejecución condicional y Analía Natalia Chasarreta a la pena de dos años y ocho meses de prisión condicional y al pago de una multa de diez mil ochocientos pesos ($10800) como partícipes secundarios del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.