A partir de la denuncia de su ex mujer, la fiscal penal, Luján Sodero, llevó adelante una minuciosa investigación que permitió la detención e imputación del acusado, un sujeto de 40 años que le había enseñado a su hija a tocarse sus partes íntimas mientras él la filmaba con su teléfono celular.
Tras una separación producto de ciertos episodios de violencia de género, los hijos repartían la semana en la casa de ambos padres. Uno de ellos, una nena de 5 años, reveló de pronto que mantenía ciertos secretos con su padre, lo que llevó a la madre a insistir de qué se trataba.
Ante ello, la pequeña terminó por contar que su progenitor le tocaba sus partes íntimas y hacía que ella también se la frotara, incluso que en algunas ocasiones debía repetir ciertas frases y era grabada por el acusado con su teléfono celular.
En vista de ello, la mujer radicó la denuncia del caso el 26 de marzo pasado, siendo girada la misma a la fiscal Sodero, de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, quien inició una profunda investigación penal que derivó en la detención del padre, su imputación penal y la remisión de la causa a juicio.
En su pedido, la fiscal señaló una a una las pruebas, entre ellas varias declaraciones testimoniales, entre ellas la de un hermano, quien comprometió al acusado, como así también el testimonio de la menor, realizado en Cámara Gesell, donde la pequeña fue contundente al señalar a su padre como el autor de los tocamientos y las escenas que la hacía protagonizar, con guion incluido, las cuales eran grabadas por el sujeto con su teléfono móvil.
Empleadas domésticas y otros familiares de la menor, en tanto, dieron detalles del comportamiento inusual de la pequeña, quien en una ocasión le tocó la cola a una mujer que la cuidaba, lo que encendió la alerta entre los familiares.
Del relato de la menor y de sus parientes más cercanos, en tanto, se pudo establecer no sólo el abuso sexual, sino que el mismo, presuntamente, iba a ser utilizado por el acusado para recriminarle a su ex mujer una supuesta relación amorosa con otra mujer.
Informes psicológicos
En cuanto al acusado, un sujeto de 40 años que se desempeña en un sex shop de esta ciudad, y reside en el macro centro, la pericia psicológica reveló que el mismo presenta una “personalidad endeble, inmadura y dependiente emocionalmente, con rasgos egocéntricos”.
El reporte agregó que el acusado “sobrevalora” su opinión por encima de la de otros. Asimismo, y ante los conflictos, “el control lógico de sus emociones declina, pudiendo dar lugar a comportamientos impulsivos dirigidos hacia el medio que lo circunda o invadir espacios ajenos de privacidad del otro como defensa propia”.
“Refleja cierta dificultad emocional para reconocer sus afectos e integrarlos a sus experiencias, siendo posible que actúe en algunas ocasiones impulsivamente sin suficiente valoración crítica sobre las consecuencias de su accionar para sí mismo y para terceros”.
Respecto a la menor, el Servicio de Psicología del Poder Judicial informó, en el marco de una pericia, que la misma presenta alteraciones gráficas, dibuja vaginas en figuras femeninas que destaca remarcando y nombrando”. Además, muestra un “conocimiento sexual inapropiado”.
Respecto al relato dado por la niña sobre los hechos, el informe indica que el mismo “es veraz y no es producto de su imaginación”, como así también descartaron que la pequeña pueda ser “influencia respecto de lo haya vivenciado”.
En cuanto a algunas consecuencias de los abusos sufridos, la pericia indicó que la menor presenta una “erotización temprana”, la cual se “manifiesta en comportamientos que denotan cierto grado de excitación, mostrado preocupación por sus genitales femeninos”.
Por último, se observa que “la niña es incapaz de decodificar lo acontecido y sus mecanismos defensivos resultan insuficientes, ya que no posee recurso psíquico necesarios para contrarrestar lo internalizado del orden sexual”.
Frente a estas pruebas, la fiscal concluyó en que el acusado incurrió en el delito de abuso sexual gravemente ultrajante. “De los elementos colectados en la presente actuaciones se vislumbra un acometimiento gravemente ultrajante contra la reserva sexual de la niña por parte de su progenitor, quien habría inducido a la menor a replegar conductas sexuales impropias”.
Con este accionar, claramente puesto de manifiesto por la menor, el acusado desplegó en su hija “una conducta libidinosa y gravemente ultrajante en el cuerpo de la niña”. Ante estas pruebas, y otras más sumadas al legajo, la fiscal solicitó al Juzgado de Garantías 3 que se siga adelante con los trámites a fin de llevar al acusado a juicio oral y público.