El hombre no contaba con antecedentes penales previos. Deberá afrontar una pena de seis meses en suspenso.
El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Alejandro Escalante, representó al Ministerio Público Fiscal en un juicio abreviado en el que Héctor Hugo Cruz, fue condenado por los delitos de lesiones doblemente agravadas por la relación de pareja preexistente y por el género, amenazas (tres hechos) y resistencia a la autoridad.
El hecho se originó el 9 de abril de 2021, cuando Cruz, en estado de ebriedad, violentó a su pareja, con quien convivía en San Antonio de los Cobres. Según consta en la denuncia, la agresión incluyó golpes en la cabeza y el rostro mientras la víctima amamantaba a su hijo. Además, la arrastró por el piso, la pateó en varias partes del cuerpo y la amenazó con quitarle la vida y la custodia del menor. La situación escaló hasta que vecinos y personal policial intervinieron, momento en el cual el ahora condenado, también profirió amenazas contra los oficiales presentes.
Previo a este episodio, la víctima relató que había sufrido violencia en otras ocasiones, incluyendo un incidente en 2018 que le ocasionó la fisura de un codo y un riesgo de pérdida de embarazo por golpes. Sin embargo, esta fue la primera denuncia formal que radicó.
Durante la audiencia, el fiscal Escalante y la defensa del imputado, acordaron un procedimiento abreviado en donde el hombre reconoció los hechos y aceptó la pena solicitada por el representante del Ministerio Público Fiscal, de seis meses de prisión condicional.
El juez del Tribunal de Juicio Sala II- Vocalía 1, Ángel Longarte, aceptó la propuesta del Fiscal, quien consideró atenuantes como el arrepentimiento manifestado y la falta de antecedentes penales del imputado. Además, se estableció que Cruz deberá cumplir reglas de conducta durante un plazo de dos años, entre las que se incluyen fijar residencia y someterse al control de las autoridades, abstenerse del uso de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas, prohibición de acercamiento a la víctima a través de cualquier medio, ya sea personal, telefónico o redes sociales, y la prohibición de ejercer violencia física o psicológica contra la víctima.
En caso de incumplir alguna de estas condiciones, se revocará la condicionalidad de la pena y se deberá cumplir la totalidad de la condena en forma efectiva.