El policía jubilado, José Leguizamón Benítez, fue juzgado por los delitos de tentativa de rapto y tentativa de privación ilegítima de la libertad agravada en concurso ideal, en perjuicio de una menor de 13 años.
El fiscal penal Daniel Escalante, en representación de la Fiscalía Penal 4 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual (UDIS), representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala V del Tribunal de Juicio del distrito Centro en la audiencia de debate.
Al reanudarse la audiencia, el Tribunal colegiado, integrado por los jueces Mónica Faber, Gabriela Romero Nayar y Marcelo Rubio, escuchó la declaración del imputado, quien brindó su versión de lo sucedido, con una cronología de la rutina que siguió el día del hecho.
Leguizamón Benítez respondió preguntas formuladas por la querella, la defensa y la Fiscalía. A su término, se procedió a la etapa de incorporación de elementos probatorios, para luego dar lugar a los alegatos.
El fiscal Daniel Escalante realizó una serie de consideraciones en base a las pruebas y un análisis de las testimoniales producidas. Consideró que el hecho existió, que fue corroborado y reconoció tres ámbitos espaciales siguiendo la secuencia del hecho juzgado: la parada del colectivo, la intersección de calles Lavalle y San Luis, y calle Caseros.
Sostuvo el fiscal Escalante que los hechos se agravan por tratarse de una víctima menor de 13 años, como así también por los efectos que le provocaron, conforme al informe que surge de la pericia psicológica. Hizo clara referencia a la existencia del delito no sólo del tipo legal, sino en cuanto a la restricción de la libertad para ejercer otros derechos, y al menoscabo a la integridad sexual del que se habla, en el caso del rapto.
La Fiscalía había solicitado que se condenara a José Leguizamón Benítez a la pena de 6 años de pena de ejecución efectiva como autor material y penalmente responsable del delito de tentativa de privación de la libertad agravada y en forma subsidiaria, que sea condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional por el delito de tentativa de rapto.
Tras deliberar, el Tribunal de la Sala V de Juicio resolvió condenar a José Leguizamón Benítez a la pena de 1 año y 5 meses de prisión efectiva por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de rapto en grado de tentativa y se hizo lugar a la demanda civil.
El hecho juzgado ocurrió la tarde del 30 de noviembre de 2021, en la vereda del Hogar Escuela, en calle Abraham Cornejo, cuando la menor se encontraba en la parada del colectivo y fue abordada por el acusado quien intentó convencerla para que subiera a su automóvil. Ante la negativa de la víctima, el hombre descendió del vehículo, la tomó del brazo, sin poder concretar su objetivo debido a la resistencia de la menor de edad quien logró darse a la fuga.