El sobrino y el hijo de la víctima presentaron denuncias, preocupados por la situación que presenciaron. Sin embargo, la mujer afectada se mostró reacia a acusar a su pareja y afirmó que sus familiares habían malinterpretado lo sucedido.
La fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, Soledad Filtrín Cuezzo, imputó provisionalmente a un hombre por los delitos de amenazas, privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de una mujer y amenazas (dos hechos) en perjuicio de un hombre.
La intervención del Ministerio Público Fiscal inició con las denuncias del sobrino y del hijo de una mujer en contra de su pareja. Según manifestaron, durante el velatorio de la madre de la víctima, el denunciado se presentó en el lugar y comenzó a insultarlos. Posteriormente, roció nafta en el entorno y amenazó con prender fuego, además de amenazar con matar a la mujer y a su hijo si ella no se iba con él. Ante ello, la víctima accedió a irse con su pareja, que -aseguraron- la obligó a subir a su motocicleta aferrándola de los cabellos.
Los familiares de la mujer se comunicaron con el Sistema de Emergencias 911 solicitando ayuda y aportando que el denunciado la había llevado al domicilio que comparten.
Al acudir un oficial de la Policía de Salta al lugar, llamó en numerosas oportunidades a la puerta sin obtener respuesta. Un hombre que se encontraba en el lugar relató que unas señoras habían presenciado cómo el denunciado había estrangulado a la mujer y, sujetándola por el cabello, la obligó a entrar en la vivienda.
Al ser citada a sede fiscal, la víctima expresó que no deseaba radicar denuncia, que los hechos habían sido malinterpretados por sus familiares y que no deseaba ser revisada por un médico. No obstante, los familiares que presenciaron lo sucedido en el velatorio ratificaron lo denunciado por los dos hombres.
La fiscal Filtrín Cuezzo consideró que, pese a la ausencia de denuncia por parte de la víctima en relación al delito de lesiones, estos casos son considerados delitos de acción pública. Por lo tanto, entendió como necesaria, la apertura de la investigación penal, debido a que es deber del Estado argentino prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Para esto, se ponderaron diversos factores de riesgo, que incluyen la gravedad del hecho denunciado, el carácter físico y psicológico de la violencia que sufrió la víctima, y la historia de la relación entre ambos. Debe considerarse además, si la decisión de la víctima de no presentar una denuncia pudo estar influenciada por una justificación, minimización o naturalización de la violencia.
Tras evaluar que todos estos factores se encuentran acreditados, solicitó la detención del hombre y tomó la determinación de imputarlo por los delitos de amenazas, privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de una mujer y amenazas (dos hechos) en perjuicio de un hombre.