Quebrachal: irá a prisión por abusar de su sobrina

Un hombre de 35 años fue condenado a 8 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo por el abuso sexual con acceso carnal agravado de su sobrina menor de edad. El hecho fue descubierto por la madre de la víctima, al descubrir mensajes obscenos que éste le enviaba a la adolescente.

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El fiscal penal de Joaquín V. González, Gonzalo Gómez Amado, representó al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Metán en la audiencia de debate contra un hombre de 35 años, imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente con la menor víctima.

Los hechos fueron denunciados en el mes de noviembre de 2018 por la madre de la adolescente, quien había notado cambios en la conducta de su hija y descubrió en su celular mensajes obscenos que le enviaba su tío, que también vivía en la misma casa.

La menor le confesó a su madre lo que sucedía y le dijo que su tío la tenía amenazada, por lo que radicaron la denuncia y se inició la investigación, que culminó con el juicio al acusado.

El juez Sebastián Fucho le impuso la pena de 8 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallo, se ordenó la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Su expareja sometía a tocamientos a una de sus hijas

Un hombre de 28 años fue condenado a la pena de 3 años de prisión condicional y al cumplimiento de reglas de conducta por actos de tocamiento a los que sometió a la hija menor de edad de quien fuera su pareja. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos.

La fiscal penal Verónica Simesen, representó al Ministerio Público ante la Sala V del Tribunal de Juicio en la audiencia de juicio abreviado contra Mario Fernando Aguirre, imputado por el delito de abuso sexual simple agravado por la guarda y la convivencia.

La denuncia fue radicada por la madre de la víctima, al tomar conocimiento de que quien fuera su pareja, había sometido a tocamientos inapropiados a su hija menor de edad durante el tiempo que convivieron.

La jueza Mónica Faber, luego de recibir la confesión del acusado, lo condenó a la pena de 3 años de ejecución condicional y a la realización de un tratamiento psicológico por la naturaleza de los hechos que se le imputan.

En el mismo fallo, se ordenó la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Fue abusada en una comunidad de rehabilitación

Una joven mujer que se encontraba internada en una comunidad de rehabilitación en la zona de Campo Quijano, fue sorprendida por un exintegrante de la misma y abusada sexualmente bajo amenazas con un cuchillo.

La fiscal Verónica Simesen, a cargo de la Fiscalía Penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, imputó a Ezequiel Alejandro Bustos de 21 años por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas, violación de domicilio en concurso real.

El hecho ocurrió en el interior de una comunidad abierta de rehabilitación ubicada en Campo Quijano, donde una mujer que se encontraba allí internada en forma voluntaria, fue abusada sexualmente por un excompañero, que irrumpió en su dormitorio y la amenazó con un cuchillo.

El acusado había formado parte de la comunidad y luego se fugó. Al momento de ser imputado, declaró y estuvo acompañado de un defensor particular.

10 años de prisión para un abusador

Un hombre de 30 años fue condenado por el abuso sexual con acceso carnal de una menor de edad con la que tenía una relación familiar política. Aprovechó la situación de convivencia con la adolescente para vulnerar su integridad sexual.

La fiscal penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, representó al Ministerio Público ante la Sala VII del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra un hombre oriundo de la provincia de Tucumán, acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente.

Los hechos ocurrieron en 2016, cuando la víctima tenía 15 años y fue abusada sexualmente por un familiar político que se encontraba alojado en su casa. Al tomar conocimiento, sus padres radicaron la denuncia y se inició la investigación.

La jueza María Livia Carabajal lo condenó a la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, por lo que ordenó su inmediata detención.

En el mismo fallo, se ordenó la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

A través del diario íntimo, descubrió que su hija era abusada

Un hombre de 28 años fue condenado a la pena de 8 años de prisión efectiva por actos de abuso en perjuicio de su hija de 10 años. La madre tomó conocimiento de lo que sucedía al leer el diario íntimo de la menor.

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La fiscal penal Verónica Simesen, representó al Ministerio Público ante la Sala III del Tribunal de Juicio en la audiencia de juicio abreviado contra un hombre de 28 años acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por la reiteración agravado por la convivencia, el vínculo y la guarda.

La denuncia que originó la investigación la realizó la madre de la menor de 10 años en Noviembre de 2018, cuando encontró el diario íntimo de la niña sin candado y al leerlo, supo que era sometida a actos con contenido sexual por su propio padre.

Con la colaboración de la institución escolar a la que concurría la niña, pudo conocer detalles de los hechos que se habían reiterado a lo largo de un año y formalizó la acusación contra su pareja y padre de sus hijos.

La jueza Carolina Sanguedolce, luego de recibir la confesión del acusado y la aceptación de los hechos que se le imputan, lo condenó a la pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallo, dispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Caso Teruel: Hay un tercer imputado y cambiaron la calificación del hecho

El fiscal penal 1, de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Sergio Federico Obeid, citó a audiencia de imputación a Silvio Ezequiel Rodríguez, Marcos Lautaro Teruel y Gonzalo Isaac Farfán y les hizo conocer el cambio de calificación de la acusación, que ahora es “abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas”. Las audiencias de imputación se concretaron durante la semana.

En el decreto de imputación, el fiscal Obeid indicó que “al surgir que el hecho investigado resulta diverso y más complejo” que aquel por el cual se decretó la imputación anterior, dispuso la ampliación y modificación del decreto de citación a audiencia de imputación, y les atribuyó, en calidad de coautores a Silvio Ezequiel Rodríguez, Marco Lautaro Teruel y Gonzalo Isaac Farfán, el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas.

Una comisión especial efectuó el traslado de Silvio Ezequiel Rodríguez, quien fue detenido en Córdoba y trasladado a la Alcaidía General de la capital salteña.

La imputación se originó en la denuncia de una mujer que relató que durante el verano de 2014, cuando tenía 19 años, habría sido abusada sexualmente por Marcos Lautaro Teruel, en su domicilio. En tanto, Rodríguez y Farfán habrían participado, de acuerdo a la nueva imputación.

Teruel fue imputado previamente y en otro caso, por los delitos de exhibiciones obscenas agravadas (dos hechos) y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) en concurso real, a partir de la denuncia de la madre de una menor, quien relató que el acusado habría aprovechado que la niña frecuentaba su casa para vulnerar su integridad. Permanece detenido con prisión preventiva.

Prisión por abusar de la hija de su pareja

Un jornalero fue condenado a 10 años de prisión efectiva por haber abusado sexualmente de la hija menor de edad de su concubina. Ocurrió en General Pizarro, cuando la madre de la niña se ausentaba por trabajo.

El fiscal penal de Joaquín V. González, Gonzalo Gómez Amado, representó al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Metán, en la audiencia de debate contra Humberto Muruaga Maraz, imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia.

La denuncia fue radicada en 2018 por la madre de la menor víctima, al tomar conocimiento de que su concubino de 33 años, había abusado sexualmente de su hija aprovechando su ausencia por cuestiones laborales.

Según planteó la mujer, éste no habría sido un hecho aislado, sino que llevaba sucediendo algún tiempo y que el acusado amenazaba a la niña diciéndole que si revelaba lo que sucedía, haría que su madre la castigue por no cuidar bien a su hermanito.

El juez Sebastián Fucho lo condenó a la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallodispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Mecánico condenado por abusar de una menor

Un hombre de 66 años fue condenado a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por un hecho ocurrido en Octubre de 2017, cuando hizo entrar en su taller a una niña que padece autismo y retraso madurativo y la sometió a tocamientos inapropiados. Será incorporado al Banco de Datos Genéticos.

La fiscal penal Verónica Simesen representó al Ministerio Público ante la Sala I del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Mauro Armando Cruz, imputado por los delitos de abuso sexual simple y desobediencia judicial en perjuicio de una menor de 10 años.

El hecho fue denunciado por la madre de la menor, que padece trastorno general del desarrollo, autismo selectivo y retraso mental leve. Según relata la mujer, su hija salió a comprar y al ver que no regresaba, salió a buscarla.

Le llamó la atención que el taller mecánico que queda en la zona, estaba con la puerta cerrada, por lo que decidió tocar y preguntar por su hija. El propietario la atendió y le dijo que la niña había ingresado al taller y estaba encerrada en una habitación sin querer salir.

La mujer se ofuscó y le reclamó el no haberle avisado y se llevó a la niña. A los minutos pudo saber a través de otra hija que la niña ingresó al taller y que el acusado la sometió a tocamientos, por lo que le avisó a su esposo y radicaron la correspondiente denuncia.

El juez Federico Armiñana lo condenó a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallodispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Abuso Sexual: El Fiscal de Impugnación fue en queja a la Corte de Justicia por el caso Aguilera

El fiscal de Impugnación, Rodolfo Villalba Ovejero, interpuso queja ante la Corte de Justicia de Salta, por recurso de inconstitucionalidad denegado, en el marco de la causa caratulada “Aguilera, José Carlos, por abuso sexual gravemente ultrajante por circunstancias de su realización agravado por ser ministro de culto”.

El fiscal de Impugnación 3, Rodolfo Villalba Ovejero pidió al Alto Tribunal que se tenga por interpuesta la queja por inconstitucionalidad denegada; que se haga lugar a la queja, se declare mal denegado el recurso y se imprima el trámite pertinente para resolver la cuestión de fondo. También dejó expresa reserva del Caso Federal.

En el escrito presentado, el Fiscal repasó el caso y citó abundante doctrina y precedentes jurídicos. El 16 de julio pasado, el juez de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, Adolfo Figueroa, rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto oportunamente. Villalba Ovejero sostiene que “el Tribunal de Impugnación, al decretar el sobreseimiento del enjuiciado, deja absolutamente impune una maniobra delictiva perfectamente acreditada en autos y que fuera explícita y debidamente descripta”.

Entendió el Fiscal que el recurso de inconstitucionalidad es el único remedio susceptible de utilizarse para lograr una sentencia que deje sin efecto lo instituido por el Vocal de la Sala IV del Tribunal de Impugnación; y agregó que se trata de un “resolutorio que entraña una suerte de convalidación del dictado del sobreseimiento a favor del sacerdote imputado…lo que implica -de quedar firme la sentencia- generar a las víctimas un gravamen de imposible reparación ulterior, sin perjuicio de resultar arbitrario y atentatorio contra elementales principios de nuestro Estado de derecho”.

En ese marco, también señaló “el desacierto incurrido por la Sala, a la par de una inexplicable contradicción con el reiterado y consolidado criterio impulsado con total cordura y sentido común por otra Vocalía del propio Tribunal de Impugnación (la del juez Antonio Omar Silisque)”, y que esas discrepancias concitan en los operadores del sistema judicial y de los justiciables, “un desconcierto y un desasosiego de incomprensible trascendencia y desconsuelo que urge conjurar en bien del buen funcionamiento de la Justicia local”.

Sobre el voto de Silisque, dijo Villalba Ovejero que el juez “parte de la premisa de entender imprescriptible el abuso infantil desde la óptica del interés superior del niño, con total prescindencia del tiempo transcurrido entre la consumación del ilícito y el momento de su develamiento, en el convencimiento de que el Estado en esos casos execrables, no puede dar la espalda a la víctima, retaceándole el cúmulo de actos protectorios en su favor, la investigación y la justa condena del depravado”, y que ello, sería “un modo de incentivar a que los afectados se animen a denunciar los abusos, a la par del mensaje subliminal a “los violadores”; en cuanto que sus espurias conductas van a recibir en tiempo y forma la condigna sanción penal, amén de la justa condena social”.

“Cobarde encubrimiento de las autoridades religiosas”

Señaló también el Fiscal de Impugnación que los hechos de abusos perpetrados por sacerdotes, han permanecido en el anonimato, gozando los abusadores de una execrable impunidad debido a la falta de denuncias de las víctimas y el cobarde encubrimiento de las autoridades religiosas”.

La queja interpuesta ante la Corte de Justicia por Villalba Ovejero, destaca que  a “todo jurisdicente le asiste la insalvable prerrogativa de volver contra sus propios actos a través de una renovada reflexión que indague con mayor profundidad la verdadera significación de los hechos sometidos a su juicio y valoración, no sin antes confrontarlos con el actual contexto social frente a la atenta mirada de los ciudadanos que impacientemente aguardan una luz de esperanza que le aforen el camino a recorrer de ahora en más respecto de los abusadores infantiles”.

El Fiscal de Impugnación considera que debe “someterse a juicio y castigo a una persona acusada de graves delitos cometidos en contra de la infancia…y que no debe darse tregua a la lucha emprendida contra la pedofilia”.  E insistió en que la revocatoria pretendida encuentra cabal asidero, porque está en juego la conducta del eclesiástico José Carlos Aguilera, acusado de haber “perpetrado tan repudiable delito, no sólo en perjuicio de dos menores de edad, sino por parte de un sacerdote católico, nada menos en el propio corazón de la “capital de la fe”.

Finalmente, pidió a los Ministros de la Corte, una “prudente revisión de la postura asumida por el Alto Tribunal, en torno de la prescriptibilidad de la acción penal, con fundamento en la regla general de la irretroactividad de la ley penal, en atención al principio de legalidad; ello, con encuadre en el Derecho Internacional de los Tratados en materia de Derechos Humanos; y en especial, en los términos de la Convención sobre los Derechos del Niño, de raigambre constitucional, los que ante la tensión entre los derechos del niño y del imputado, debe dársele preeminencia al primero”.

A prisión por abusar de su sobrina

Un hombre de 29 años fue condenado a 6 años y 6 meses de prisión efectiva por cometer actos de abuso sexual en perjuicio de una sobrina de 14 años, aprovechando cuando la adolescente se quedaba a dormir en su casa.

La fiscal penal Verónica Simesen, representó al Ministerio Público ante la Sala II del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate en contra de Pedro Raúl Sánchez, imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda (1 hecho) y abuso sexual simple agravado por la guarda en concurso real.

El hecho fue descubierto cuando la adolescente de 14 años se negó a ir a dormir a la casa de su tía y al ser consultada por los motivos, dijo que su tío le hacía «cosas malas».

La madre y la tía la interrogaron y supieron que cuando la menor se quedaba cuidando a sus primos, el acusado la sometía a tocamientos e incluso llegó a accederla bajo amenazas para que no revelara lo que sucedía.

El juez Ángel Amadeo Longarte lo condenó a la pena de 6 años y 6 meses de prisión efectiva y y en el mismo fallodispuso que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.