Obligaba a su hijastra a ver pornografía y luego abusaba de ella

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 45 años, acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización agravado por la convivencia, en concurso real con promoción a la corrupción de menores, en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que el acusado atentó contra la libertad sexual de la víctima denunciante, al someterla a tocamientos que ocurrieron intempestivamente en un domicilio de la localidad de Nazareno, ubicado en el Departamento Santa Victoria Oeste, lugar en el que por entonces residía el grupo familiar.

El imputado también obligaba a la menor a ver películas pornográficas, sin reparo moral alguno, tal como lo describiera la propia víctima en su relato, para luego desplegar las conductas libidinosas que se le reprochan y que ocasionaron vivencias traumáticas verificadas también por las conclusiones a las que llegó la médica psiquiatra tratante de la joven.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que los hechos ocurrieron cuando la menor tenía entre 12 y 16 años y que por las circunstancias de su realización, constituyeron un sometimiento gravemente ultrajante, al representar un peligro mayor para la integridad de la víctima y una mayor afectación a su dignidad.

A prisión por abusar de la hermana de su pareja

Un joven fue condenado por hechos de abuso sexual concretados en perjuicio de la hermana menor de edad de la mujer con la que mantenía una relación de pareja. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos.

La fiscala penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, representó al Ministerio Público ante la Sala I del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en la audiencia de debate contra un joven imputado por los delitos de abuso sexual simple agravado por la convivencia (dos hechos) en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia (tres hechos) en perjuicio de una menor de edad.

La denuncia fue radicada por la madre de la adolescente de 13 años, al tomar conocimiento de que el novio de una de sus hijas, aprovechando la situación de convivencia, cometió diversos actos de abuso sexual en perjuicio de la menor.

El juez Federico Armiñana Dohorman en su veredicto, le impuso la pena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo y en el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Pornografía infantil: El CIF peritará elementos obtenidos en dos allanamientos

La investigación se enmarca en el operativo “Luz de Infancia”, de alcance internacional. En la provincia de Salta se realizaron dos allanamientos en domicilios pertenecientes a un mismo titular y se secuestró material tecnológico.

La fiscala penal 3 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, encabeza en Salta, una investigación iniciada a partir de datos aportados por el Operativo “Luz de Infancia”, promovido por el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos y la Secretaría Nacional de Seguridad Pública de Brasil desde 2017.

El objetivo de esta investigación de carácter internacional, es desbaratar una red de distribución de ese material ilícito en la web y los allanamientos para dar con estos sujetos, se concretaron a lo largo del territorio nacional y en varias provincias en simultáneo.

Flores Toranzos explicó que en Salta, se realizaron dos allanamientos en domicilios pertenecientes a un mismo titular, uno ubicado en el macro centro de la ciudad de Salta y el otro en un barrio privado, donde se secuestró material tecnológico que será objeto de pericias en el Cuerpo de Investigaciones Fiscales por la posible circulación de imágenes con contenido de pornografía infantil.

La fiscala señaló que no se produjeron detenciones por el momento y que esperará los informes sobre el análisis de los elementos secuestrados.

Irá a juicio por abusar de una menor con retraso madurativo

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 22 años, acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de una menor de 17.

En el marco de la causa, el fiscal penal Federico Obeid, también requirió el sobreseimiento de un segundo imputado de la misma edad, luego de que la investigación permitiera determinar que no intervino en el hecho.

La existencia material del ilícito denunciado por la madre de la víctima y la participación del acusado, surgieron principalmente de la declaración de la menor (con leve retraso madurativo), quien sostuvo que la tarde del 31 de julio de 2019, tras retirarse anticipadamente del colegio al que asistía, se reunió con el acusado y el investigado cuyo sobreseimiento fue requerido en el domicilio del primero, ubicado en Rosario de Lerma, lugar en el que comenzaron a tomar bebidas alcohólicas.

Como la madre del acusado los echó de la vivienda, los tres, a bordo de una moto, se dirigieron hacia la cancha El Timbo, donde continuaron bebiendo, circunstancia que fue advertida por una testigo que dio alerta al 911.

Una vez allí, el acusado aprovechó el estado de embriaguez de la joven y abusó sexualmente de ella en contra de su voluntad.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que si bien en la pericia de cotejo genético no se observaron perfiles genéticos del acusado, no puede perderse de vista que el informe sobre las muestras indicaron la existencia de plasma seminal humano (aunque sin la existencia de espermatozoides, lo que hubiera permitido dilucidar su perfil genético).

En cambio, sí surgió como indicio de la conducta reprochada el informe de pericia de cotejo genético sobre la prenda del imputado, en la que se observaron células epiteliales y espermatozoides, cuyo perfil genético presenta compatibilidad con el perfil genético de la muestra indubitada del acusado.

Tales indicios, permiten sostener como probable que el acusado abusó sexualmente de la menor y de allí la existencia de líquido seminal en los hisopados de aquella, para luego encontrar células epiteliales y espermatozoides en la prenda peritada.

La Fiscalía apela la prisión domiciliaria de Rangeón, que suma seis imputaciones

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, interpuso ante el Juzgado de Garantías 8, un recurso de apelación al arresto domiciliario de Pablo Marcelo Rangeón, acusado de los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de una víctima; abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de otras dos víctimas y abuso sexual simple en perjuicio de otras tres víctimas.

En sus consideraciones, el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix, sostuvo que la magistrada interviniente no realizó un análisis en profundidad de los fundamentos expuestos oportunamente por la parte acusadora y recordó que al momento de resolverse la prisión preventiva del acusado, se sostuvo la necesidad de cautelar el proceso, ante la probable aplicación en firme de una pena privativa de la libertad y a la naturaleza y gravedad de los hechos investigados.

Sin embargo, en esta nueva instancia, la magistrada decidió que el análisis de estos parámetros constituye un “anticipo de pena”, lo que desnaturaliza la razón de considerar dichos aspectos al momento de evaluar la procedencia o el mantenimiento del encierro cautelar, en las condiciones en que se cumplían.

En su momento, el fiscal penal González Miralpeix, alegó que el pronóstico de fuga estimado, por el monto de pena mínima de 6 años por los delitos imputados al acusado, permite presumir una idea elusiva en razón de la natural intención de conservar la libertad. Por otro lado, destacó la necesidad de proteger a los testigos en la etapa plenaria, para que concreten su declaración de manera segura, libre y veraz.

Tales circunstancias sólo pueden ser cauteladas con la prisión preventiva en un ámbito de encierro institucional y no en el ámbito de su domicilio, con el solo control de monitoreo electrónico.

A su vez, en la resolución, la magistrada descartó el peligro de entorpecimiento en la breve referencia a la existencia de una sola víctima, cuando se trata de seis denunciantes. Todas coincidieron en manifestar temor por las represalias que pueda tomar el imputado, quien siempre les manifestó tener mucho poder, por lo que el fiscal reiteró que es necesario neutralizar toda posibilidad de que el imputado pueda ejercer nuevos hechos, como así también influir en los testimonios de los testigos.

En este sentido, cabe considerar que el mantenimiento del encierro cautelar del imputado sostenía el ánimo y la voluntad de quienes tomaron la decisión de radicar las denuncias por hechos que atentaron contra su dignidad y libertad sexual, en el marco de relaciones de clara superioridad, verticalidad y poder.

El encierro en el domicilio del encartado posibilita otros medios de contacto entre aquel y las víctimas, que exceden al mero contacto físico, pero que son suficientes por sí solos para doblegar y presionarlas para mantener sus declaraciones y sostenerlas al momento del debate.

Por otro lado, no debe olvidarse que el sistema tuitivo de nuestro ordenamiento constitucional no solo se dirige a la protección de los derechos del imputado, sino también ampara a la ciudadanía en general y particularmente, en este caso, a las víctimas de violencia sexual y de género, con lo cual quienes sean pasibles de padecer las consecuencias del delito deben ser defendidas del mismo, conforme manda el propio Preámbulo de la Constitución Nacional bajo el principio rector de “afianzar la justicia”.

Ello motiva la necesidad de que los órganos estatales dispongan las medidas que sean necesarias para evitar cualquier tipo de consecuencia negativa para aquellas.

Así, se ve comprometida una cuestión de orden público, pues la vulneración directa de derechos humanos, de raigambre constitucional, constituye una omisión lisa y llana del ordenamiento jurídico argentino.

Por último, el fiscal penal González Miralpeix, insistió en que el orden público que rige en la materia, deviene de la propia legislación interna, tal cual reza el Art. 1 de la Ley De Protección Integral A Las Mujeres (Ley 26.485), y con ello se refirió a la obligación del Estado; es decir, a la administración de justicia, en mano de sus operadores, para garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; y concretamente garantizar el efectivo acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia y a ser protegidas durante su tránsito por el proceso penal.

Piden el juicio contra un pastor evangélico acusado de abusar de cinco feligresas

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 1, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado al pastor evangélico Walter Hugo Sárate, de 59 años, acusado de abusar sexualmente de cinco feligresas.

Sárate fue acusado de los delitos de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por ministro de culto continuado, en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometido por ministro de culto, en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores, en perjuicio de una víctima; abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por ministro de culto continuado, en concurso real con coacción, en perjuicio de una segunda víctima; y abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por ministro de culto, en perjuicio de otras tres víctimas.

Del requerimiento, surgió que el acusado atentó contra la libertad sexual de las cinco denunciantes, al someterlas a tocamientos en sus partes íntimas, que ocurrieron intempestivamente en el domicilio del imputado ubicado en la Ciudad de Salta, lugar donde también se encuentra la iglesia evangelista que éste dirige en su calidad de pastor.

Todas las denunciantes son mujeres que profesan ese culto, circunstancia que fue aprovechada por el acusado, quien valiéndose de la investidura y confianza que generaba en las víctimas, se acercaba a ellas bajo distintos pretextos, para luego desplegar las conductas libidinosas que se le reprochan.

Las vivencias traumáticas de las víctimas, fueron verificadas por las conclusiones arribadas por las profesionales del Gabinete de Psicología del CIF en sus informes.

Orán: exconcejal condenado por abuso sexual

Deberá cumplir siete años de prisión efectiva y será registrado en el Banco de Datos Genéticos. El otro imputado fue absuelto por el beneficio de la duda. El hecho juzgado ocurrió en febrero de 2019 en una zona descampada de esa ciudad.

La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género de Orán, María Soledad Filtrin Cuezzo, representó al Ministerio Público ante la Sala I del Tribunal de Juicio de ese distrito, en la audiencia de debate contra Ramón Isauro Rodríguez y Claudio Alberto Sánchez, imputados por el delito de abuso sexual con acceso carnal.

El abuso ocurrió el 2 de febrero de 2019 en inmediaciones del matadero de la ciudad de Orán, donde Rodríguez se desempeñaba como concejal y Sánchez como efectivo de Gendarmería Nacional.

Los jueces Mario MaldonadoEdgardo Laurenci y Aldo Primucci en su veredicto, le impusieron a Rodríguez al cumplimiento de la pena de siete años de prisión efectiva y en el mismo fallo, dispusieron la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Claudio Alberto Sánchez fue absuelto por el beneficio de la duda y se hizo lugar al pedido de la fiscal Filtrin Cuezzo, quien en relación a las actuaciones del personal policial al momento de asistir a la víctima el día del hecho, solicitó se extraigan copias certificadas de las actas del debate y toda otra constancia relativa al mismo, y que estas sean remitidas al Juzgado de Violencia Familiar y de Género a los efectos pertinentes.

Piden el juicio contra un hombre que abusó de su hijastra durante años

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 5, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 53 años, acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por la duración y circunstancias de su realización agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente, en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que el imputado, padrastro de la menor, atentó contra la integridad sexual de la víctima, al desplegar actos corporales de contenido esencialmente sexual, en contra de su voluntad.

La conducta adquirió características de permanencia en el tiempo, como así también, características particulares en su forma de comisión, que derivaron en la figura de imputación.

Así, se tiene que cuando la niña tenía 8 años, el acusado comenzó a tocarle distintas partes del cuerpo y a besarla en la boca. Con el paso del tiempo, cuando la menor alcanzó los 12 años, el imputado empezó a someterla a tocamientos en sus partes íntimas, mientras ella dormía.

Las conductas del acusado ocurrieron en diversas oportunidades, hasta que la menor pudo contarle a su madre lo que ocurría en enero de 2020, días antes de que ésta radicara la denuncia en contra de su expareja, con quien tuvo una hija en común.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que las conductas se vieron agravadas porque la víctima resulta ser una persona menor de edad, que convivía con el denunciado, por lo que éste sacó provecho de la situación de proximidad y de confianza que existía con la niña.

Un hombre de 41 años abusó de la sobrina de su pareja, de 17

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 41 años, acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, en calidad de autor y en perjuicio de una menor de 17 años.

Del requerimiento, surgió que durante la noche del 9 de febrero de 2019, luego que la víctima se retirara de un encuentro familiar ocurrido en un salón de eventos y se fuera a su casa a dormir, el acusado ingresó a su habitación y la sometió sexualmente.

También tuvo la intención de accederla carnalmente, hecho que no ocurrió ante la defensa de la menor, quien llegó a morder y rasguñar al imputado para que se alejara.

Los hechos fueron corroborados con las declaraciones testimoniales de la víctima y de su madre, quien decidió radicar la denuncia en la subcomisaría de La Caldera, en contra de la pareja de su hermana.

La vivencia traumática de la joven también fue verificada por las conclusiones de la pericia psicológica a la que se sometió.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que los hechos constituyeron un sometimiento gravemente ultrajante, al representar un peligro mayor para la integridad de la víctima y una mayor afectación a su dignidad.

Irá a juicio por abusar sexualmente de su sobrina de 11 años

El fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías 7, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a un hombre de 47 años, acusado de distintos delitos en perjuicio de su sobrina, menor de edad.

El hombre está acusado de los delitos de abuso sexual simple agravado por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente continuado y abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente continuado, en concurso real y en calidad de autor.

Del requerimiento, surgió que fue acreditado con el grado de probabilidad requerida para esta etapa, que el acusado abusó sexualmente de su sobrina, de 11 años en el momento de los hechos, a quien de manera intempestiva accedió carnalmente en contra de su voluntad y también la sometió a tocamientos.

Los hechos ocurrieron con fecha imprecisa en el transcurso del año 2019, en el domicilio de la menor, ubicado en barrio San Benito, en la zona sudeste de la Ciudad de Salta.

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que el acusado, con su actuar depravado e insano y para satisfacer su propia lascivia, atentó contra la integridad sexual de la niña, al accederla carnalmente en contra de su voluntad en dos oportunidades y tocarla en sus partes pudendas.

De esa forma, el acusado con su actuar doloso, atentó contra la libertad e indemnidad sexual de la menor, al someterla a relaciones sexuales involuntarias.