El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la liberación de los tres condenados por el homicidio del médico Carlos Pirona

La fiscal penal de la Fiscalía de Impugnación 1, Ana Inés Salinas Odorisio, solicitó que se revoque el fallo dictado por la Sala 2 del Tribunal de Impugnación por el que fueron absueltos el 28 de octubre pasado, y se mantenga firme la sentencia dictada por la Sala I del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Orán, que los había condenado a prisión perpetua.

La fiscal penal Ana Inés Salinas Odorisio, a cargo de la Fiscalía de Impugnación 1, presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución emitida el 28 de octubre de 2024 por la Sala 2 del Tribunal de Impugnación. Dicha resolución aceptó los recursos de casación interpuestos por la defensa de Victoria Bernarda Britos, Miguel Hugo Espinoza y Leonardo Sebastián Agustín Nieva, absolviéndolos por el beneficio de la duda del delito de homicidio calificado por alevosía, en calidad de coautores.

Britos, Espinoza y Nievahabían sido condenados a prisión perpetua por el homicidio calificado de Carlos Enrique Pirona el 26 de marzo de 2024.

Luego de la liberación de los condenados, la Fiscal presentó un Recurso de Inconstitucionalidad argumentando que se produjeron vicios en la selección y valoración de las pruebas. Según expuso, la decisión del Tribunal de Impugnación se sustentó en una valoración fragmentaria de los indicios, omitiendo pruebas claves y conducentes para la resolución del caso, lo que vulneró el principio de inmediación.

Argumentó además, que el Tribunal incurrió en omisiones y falencias al verificar hechos conducentes para la decisión del litigio, lo que impidió una visión integral de las pruebas presentadas. Asimismo, sostuvo que el fallo resulta arbitrario, ya que se basa en un análisis parcial e inadecuado del plexo probatorio, lo cual descalifica la resolución como un acto jurisdiccional válido y vulnera los principios del Estado de Derecho. Por último, precisó que la resolución cuestionada carece de fundamentos suficientes y está desprovista de apoyo legal, basándose únicamente en la voluntad de los jueces que la suscriben.

La fiscal Salinas Odorisio solicitó la admisión del Recurso de Inconstitucionalidad por Arbitrariedad contra la resolución y su elevación a la Corte de Justicia. También requirió que se revoque el fallo emitido por la Sala 2 del Tribunal de Impugnación de Salta y que se mantenga firme la sentencia dictada por la Vocalía 1 de la Sala I del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Orán.

 

 

Revocan nulidad por instrumentos con firma digital

Desde la Fiscalía de Impugnación 2 se había presentado un recurso de inconstitucionalidad luego de que la Sala 4 del Tribunal de Impugnación declarara nula una sentencia.

La Sala 2 de la Corte de Justicia de Salta hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el fiscal interino de la Fiscalía de Impugnación 2, Ramiro Ramos Ossorio, y declaró nula una sentencia dictada por la Sala 4 del Tribunal de Impugnación.

Además, la Corte de Justicia ordenó que la causa regrese a la Sala del Tribunal de Impugnación, vocalía que por orden corresponda, para que emita un nuevo pronunciamiento.

La Sala 4 del Tribunal de Impugnación había declarado nula una sentencia debido a que consideró que la Fiscal Penal de Violencia Familiar y de Género de Tartagal había presentado escritos sin firma digital.

En su recurso de inconstitucionalidad, el fiscal Ramos Ossorio argumentó que la Corte de Justicia dispuso que, desde el 20 de marzo de 2020, la presentación de escritos para abogados, representantes del Ministerio Público Fiscal, organismos públicos, peritos y síndicos se realiza a través del portal para abogados del sitio web del Poder Judicial de Salta, proporcionando usuario y contraseña al titular de la dependencia, quien es responsable de su uso.

Añadió que la presentación se formaliza mediante la adjunción del archivo pertinente en formato PDF, sin que sea necesario que conste la firma del magistrado del Ministerio Público, ya que se considera que el escrito enviado por esa vía está suscrito por este.

Tras considerar los argumentos del fiscal de Impugnación 2, la Sala 2 de la Corte de Justicia de Salta hizo lugar a su recurso de inconstitucionalidad.

 

Avenida Paraguay: Ratifican la prisión preventiva para el conductor y niegan el sobreseimiento del acompañante

En la misma resolución, la Sala 1 del Tribunal de Impugnación también otorga el arresto domiciliario al acompañante, haciendo lugar así parcialmente a lo solicitado por su defensa técnica. 

La Sala I del Tribunal de Impugnación del Distrito Judicial Centro ratificó la prisión preventiva del conductor de un vehículo involucrado en un siniestro vial ocurrido en avenida Paraguay el 17 de marzo pasado y negó el sobreseimiento de su acompañante.

En la misma resolución, el Tribunal de Impugnación otorgó el arresto domiciliario del acompañante, de 20 años, quien se encuentra imputado como partícipe secundario de los delitos de homicidio simple; lesiones graves (2 hechos) y lesiones leves (4 hechos) en concurso ideal de delitos.

La fiscal penal Ana Inés Salinas Odorisio interina en la Fiscalía de Impugnación 1, había emitido dictamen solicitando el rechazo de los recursos interpuestos por los abogados defensores de ambos hombres.

Cabe recordar que el fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, investiga un hecho ocurrido el pasado 17 de marzo en horas de la madrugada sobre avenida Paraguay de la ciudad de Salta, cuando los acusados, a bordo de un automóvil que circulaba en sentido sur – norte, protagonizaron un siniestro vial con 5 víctimas fatales y otras 6 personas heridas.

En audiencia multipropósito, el Juzgado de Garantías 7 del distrito judicial del Centro, había dictado la prisión preventiva de los dos involucrados en el siniestro vial entendiendo que existían riesgos procesales de fuga y entorpecimiento.

Avenida Paraguay: Se dictó la prisión preventiva para los acusados de causar un grave siniestro vial

 

 

Mantienen la detención de un acusado por grooming

La defensa del acusado pidió su libertad. La Fiscalía de Impugnación argumentó que, al acceder al pedido, se corre el riesgo de entorpecer la investigación.

La Sala 4 del Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de un hombre de 24 años, imputado como autor del delito de grooming en perjuicio de un menor de edad, y resolvió mantener su detención.

Durante la audiencia, la fiscal de Impugnación interina, Ana Inés Salinas Odorisio, manifestó su oposición a que se hiciera lugar al recurso presentado por la defensa y consideró que el acusado debe permanecer detenido mientras avanza la investigación penal para así evitar cualquier tipo de entorpecimiento.

El hecho fue denunciado por una madre a fin de proteger la integridad de su hijo de 12 años, al tomar conocimiento de que había sido citado por una persona mayor de edad en un punto de encuentro en la zona del parque San Martín.

 

Ciberdelincuencia: No declaró el acusado de grooming en perjuicio de un menor