La Caldera: imputan a un hombre por dañar una imagen

Un hombre de 34 años fue imputado por daños calificados y se le secuestró el automóvil en el que se desplazaba. Se lo acusa de dañar la imagen de una virgen en el ingreso de La Caldera.

El fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio, interino en la Fiscalía Penal 1, imputó este martes a Sergio Luciano Frías como autor del delito de daño calificado.

El fiscal considera que el acusado causó de manera intencional, daños en una figura de la virgen de la Medalla Milagrosa, la cual se encontraba en la entrada de la localidad de La Caldera, lugar de acceso público, lo que importa el agravamiento de la figura básica por tratarse de un bien de uso/exhibición pública y dispuesto en un lugar que determina su mayor exposición y ámbito de cobertura por la ley penal.

La identificación de esta persona se produjo a partir de testimonios recogidos de vecinos de La Caldera que lo vieron en el lugar y con la colaboración de la Policía Caminera de Jujuy.

El vehículo en el que se desplazaba se encuentra secuestrado y el fiscal solicitó al Juzgado de Garantías interviniente, que se mantenga su embargo, sujeto a decomiso, para garantizar la reparación del daño causado.

Fue encontrado Jesús Ismael Olivera Ruíz

El joven de 20 años fue denunciado como desaparecido por sus familiares, la madrugada del pasado sábado. El fiscal penal Horacio Córdoba encabezó la investigación que involucró a diversos sectores de la Policía de la Provincia. Fue encontrado este domingo en la provincia de Jujuy en buen estado de salud.

El fiscal penal 3, Horacio Córdoba Mazuranic, informa que en el marco de la investigación iniciada por la denuncia de desaparición de Jesús Ismael Olivera Ruiz de 20 años, realizada por sus familiares, se logró ubicar su paradero en la provincia de Jujuy y que se encuentra en buen estado de salud.

Desde que se reportó que el joven faltaba a su hogar, bajo la dirección del fiscal, se dispuso el trabajo del Sector Investigativo 3 A y de diversas áreas de la Policía de la Provincia, que desplegaron sus recursos en tareas de búsqueda y rastrillaje.

De las tareas investigativas desplegadas, se logró ubicar al joven en la provincia de Jujuy, donde se encontraba en buen estado de salud y ya se revinculó con su familia.

Condenan a un motochorro que tenía en vilo a la zona Sur

El joven cumplirá una pena de 7 años y 6 meses de prisión por hechos cometidos en varios negocios de la zona Sur de la ciudad de Salta, donde a punta de pistola, sustraían objetos de valor. El otro imputado fue absuelto por el beneficio de la duda.

Imagen captada por cámara de seguridad

El fiscal penal 3, Horacio Córdoba Mazuranic, representó al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra dos jóvenes acusados por varios hechos de robo con armas en comercios de la zona Sur de la ciudad.

Los hechos ocurrieron entre el 11 y el 27 de noviembre de 2018, donde según pudo constatarse con filmaciones, apuntando con armas de fuego, sustraían diversos elementos de valor de los locales, situación que generó temor en los comerciantes de la zona.

A través del análisis de cámaras de seguridad y con el trabajo del Grupo de Investigación del Sector 7B, se identificó a los acusados y se los imputó.

El Tribunal de la Sala VI, luego de los alegatos, condenó a N.R.S. a la pena de 7 años y 6 meses de prisión efectiva como autor del delito de robo con arma de fuego apta para disparo y portación de arma sin autorización (cuatro hechos), de acuerdo a lo solicitado por el fiscal Córdoba Mazuranic y revocó su prisión domiciliaria, disponiendo que sea trasladado a la Alcaidía General. El otro acusado, fue absuelto por el beneficio de la duda.

Desestiman y archivan actuaciones contra una Fiscal

La fiscal penal 2, Mónica Poma, desestimó y archivó la Averiguación Preliminar  iniciada por remisión de la Sala I del Tribunal de Impugnación, de copia de la sentencia emitida el 11 de diciembre pasado y en el marco de la causa caratulada “Mamaní, Walter Ezequiel y otros, sobre Abuso de Armas, Privación Ilegítima de la Libertad – Apelaciones Garantías con preso”, a través de la cual el juez de esa Sala, Luciano Martini, corrió vista a la Fiscalía para que investigue la actuación de la fiscal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke.

La fiscal Poma concluyó que no existieron elementos de convicción suficientes para tener por configurados los extremos típicos de figura penal alguna. En su resolución, además de recordar los hechos investigados en torno a los mensajes intercambiados entre los imputados (el policía Walter Mamaní y el auxiliar fiscal Sergio Dantur); diferenciar la obligatoriedad de autorización judicial para una inspección ocular (medida adoptada en torno al teléfono en cuestión y que no la requiere), y la de una extracción de información de equipos telefónicos; y citar jurisprudencia al respecto, Poma recordó que el propio Dantur autorizó y consintió la inspección ocular de su teléfono desde el inicio de la investigación, sin informar que se trataba del equipo personal y no del oficial, aunque su defensa utilizara ese supuesto error como estrategia posteriormente.

Vale recordar que los hechos se centran en la remisión de dos informes firmados por la fiscal Simesen de Bielke, presentados ante el Tribunal de Impugnación en la causa penal seguida contra Dantur, por supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento, en la cual habría afirmado una falsedad: que el teléfono celular que fuera entregado por el imputado e inspeccionado por personal del CIF es de propiedad del MPF, cuando era personal del auxiliar Sergio Dantur. Esa cuestión, según el Juez, era esencial para dilucidar el planteo recursivo que debía ser resuelto en esa oportunidad y que fue realizado con la intención de engañar al Tribunal.

Sin embargo, de la compulsa de la causa penal en cuestión, Poma no advirtió que la fiscal Simesen se hubiera apartado deliberadamente de los deberes a su cargo, ni que actuara de alguna manera sin objetividad o sin velar por el efectivo cumplimiento de las garantías y derechos constitucionales de los involucrados.

En cambio, señaló que en cumplimiento de la evacuación de citas ante la declaración de los imputados en la causa penal conexa (c/ Mamani, Walter y otros –personal policial-), se instruyó la realización de una inspección ocular de los teléfonos utilizados por los agentes del MPF de Apolinario Saravia (Fiscal y Auxiliar), para buscar esas conversaciones que el propio Mamaní manifestó haber tenido con Dantur, previa autorización y conformidad de ellos para esa tarea. Esta última circunstancia se destaca ya que en el fallo de Martini, se trata de relativizar ese elemento que, a criterio de Poma, es de suma relevancia.

Es que luego de exhibidos los aparatos celulares y de labrada el acta bajo firma de sus poseedores, se concretó la inspección ocular por personal policial y del CIF comisionado. Y allí surgió la conversación en cuestión, se derivó su contenido, alcances y trascendencia y fue imputado penalmente Dantur por encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario público. (Ver más: La imputación al auxiliar fiscal Sergio Dantur, por filtrar información al comisario Mamaní).

Hasta ese momento, el hecho que si el teléfono era o no del MPF no era relevante ni necesario, ya que se había ordenado una inspección ocular, previa autorización del poseedor del aparato (Dantur), a pedido del otro interlocutor de las conversaciones (Mamaní), sin que existan reparos constitucionales ni legales para ello. Distinto sería si se hubiera necesitado la extracción de toda la información que contiene el teléfono, por tratarse de un dispositivo electrónico e informático. Y era tan irrelevante que ni el propietario del teléfono, -un funcionario público y abogado penalista-, ni su defensa mencionaron dato alguno sobre la propiedad y en cambio, brindaron el teléfono que usaba regularmente para su tarea como Auxiliar Fiscal.

Obviamente, recién cuando se valoró el contenido de la conversación y que de acuerdo a Simesen de Bielke, merecía el inicio de una investigación, la defensa de Dantur trató de buscar reparos formales a lo que, en definitiva, dio origen a su imputación y a partir de su propio consentimiento.

Ratificó Poma que “según la previsión procesal, la realización de una inspección ocular no demanda autorización judicial alguna”, y que «tampoco se aprecia en el caso que hubiera vulneración a los derechos constitucionales de los involucradoscuando ambos interlocutores de la conversación (Dantur y Mamaní), accedieron a que se buscara en el celular mediante la inspección ocular y con autorización expresa.

Precedentes

La fiscal Poma citó jurisprudencia al respecto y entre ella, el “Recurso de Queja presentado por el Dr. Flores, Humberto Ramón en representación de W.RS– Queja Garantías con preso” Expte. Afp 115458/14 de la Sala I del Tribunal De Impugnación”, en el que se entendió “que incluso aquella operación respecto de un teléfono celular se trata de un informe técnico, y no de una pericia ya que se limita a hacer conocer el estado de las personas, de las cosas y de los lugares mediante inspecciones, planos, fotografías, exámenes técnicos, etc., sin ser necesario ningún conocimiento científico de parte de quien examina el objeto como tampoco la orden judicial previa”. Y se remarca en ese fallo, que tal tarea no importa una modificación, contaminación o alteración del objeto de prueba.

Ni Dantur ni su defensa informaron sobre la propiedad del teléfono

Al revisar la investigación hasta el momento en el que la fiscal de Derechos Humanos contestara pedidos de informes al Tribunal,  la fiscal Poma no encontró referencia alguna a que el celular en cuestión fuera personal del auxiliar Dantur. Esa información sólo se sumó después de la imputación. Y la propia fiscal de Derechos Humanos se basó en ese dato para pedir una nueva medida.

Es que al tratarse de un aparato que podía contener una conversación sobre una actividad funcional entre él y un personal policial y de directivas impartidas en una causa en la que ambos intervenían en su rol de funcionarios públicos, era de suponer que el teléfono en cuestión era el provisto por el MPF.

Poma preguntó entonces “¿por qué debía partirse de la posición contraria?”. En consecuencia, no hubo en la actuación de Simesen un solo hecho que admita una intencionalidad o dolo, el cual se encuentra ausente en el caso y sin margen de duda, dijo la Fiscal Penal 2.

Es más: si Simesen debió o no extremar los recaudos para averiguar eso con premura en una investigación que era más que incipiente -basta cotejar las fechas para esa conclusión-, resulta una cuestión diferente a asumir que se trató de una afirmación falsa, a sabiendas de su falsedad, dirigida a engañar al Tribunal.

Tampoco surgió un incumplimiento de los deberes de legalidad, objetividad y buena fe por parte de la Fiscal de Derechos Humanos. Por el contrario, dijo Poma, es “notoria la realización de medidas probatorias dirigidas a acreditar las hipótesis acusatorias desarrolladas, y una intervención irrestricta de la defensa material y técnica de los imputados”. Es más, la prueba puesta en crisis provino de una evacuación de citas. Entonces, preguntó Poma: ¿de qué serviría que la Fiscal deliberadamente ocultara dicha circunstancia cuando las partes podrían haberlo señalado en cualquier momento, cuando la nulidad podría haberse dictado -hasta de oficio- en cualquier estado procesal y los magistrados tanto de garantías como de alzada serían los mismos en todo el trámite, compulsarían el expediente, el legajo de investigación y constancias de autos? La supuesta falsedad era fácilmente rebatible y demostrable de manera inmediata. Entonces ¿cuál sería la ganancia procesal o probatoria de ese supuesto ocultamiento?

En el caso existían evidentes razones para el secuestro de urgencia del teléfono en el momento mismo que se hizo saber que había un elemento que podría servir de fuente de prueba, máxime cuando lo sugería la defensa en su descargo, y dada las características de información volátil (contenido de una conversación de WhatsApp), lo que está previsto en el art. 310 del C.P.P. y, ante ello, la solicitud de mantener el estado de secuestro devenía en necesaria, y sin plazo alguno para instarla.

En su resolución, la fiscal Poma volvió a la jurisprudencia citada, que concluyó que“cuando la violación del derecho fundamental no se produce sin malicia, en una actuación de buena fe, no ha de operar la doctrina de la prueba ilícita… en los que los órganos del estado hayan actuado a través de sus funcionarios con acreditada buena fe y sin culpa ni dolo…”, (conf. Trib. Impug. Expte. 115.458/14, Sala I), como claramente se trata del caso.

La desestimación y archivo fue girada a la Fiscalía de Impugnación.

El Colegio de Abogados será querellante en el caso del abogado agredido

El Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta, se presentará como querellante particular en la causa que investiga la agresión contra el abogado David Leiva, ocurrida el jueves último, en el ingreso a Ciudad Judicial. La decisión fue comunicada por el presidente del Colegio al Procurador General de la Provincia y al Fiscal interviniente. Burgos consideró que debe analizarse por qué hay seguridad privada y no estatal en edificios públicos.

Burgos y Cornejo

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, recibió al presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, Pedro Burgos, quien informó que el Consejo Directivo decidió iniciar las actuaciones que correspondieren “para obtener una sanción y condena ejemplar”, en el caso del abogado David Leiva. Afirmó que es una medida habitual que se adopta cuando un colega matriculado es víctima de una agresión, tal como ocurrió con el Dr. Pablo Ibáñez. El abogado fue agredido hace tres años en Joaquín V. González. En esa oportunidad, el Colegio se presentó por primera vez como querellante particular y logró la condena por lesiones, afirmó el dirigente. También consideró que “ninguna persona debe ser tratada de la forma en la que lo fue el Dr. David Leiva. Nos solidarizamos con él e impulsamos las medidas para ser protagonistas en este caso”.

En otro sentido, Burgos precisó que el hecho que se investiga, “pone en situación de análisis otra cuestión: conocer cuáles son las razones por las que los edificios públicos son custodiados por personal de seguridad privada, cuando está al alcance el personal policial, que estaría en mejores condiciones de asumir y controlar cualquier situación conflictiva”.

Burgos se reunió previamente con el fiscal penal 1, Pablo Paz, quien inició la investigación de oficio el jueves último, en base a distintas publicaciones. El fiscal habló con la víctima, quien ya radicó denuncia formal. De las medidas dictadas, espera la remisión de los exámenes médicos solicitados, con intervención del CIF de Orán y la conclusión del trámite en la Superintendencia de la Corte de Justicia de Salta, que debe autorizar el acceso a los videos de las cámaras de seguridad.

Investigan de oficio la agresión a un abogado en Ciudad Judicial

El fiscal penal 1, Pablo Paz inició una averiguación preliminar a partir de los hechos que se hicieron públicos, que indican que el abogado David Leiva fue agredido este jueves, en el ingreso a Ciudad Judicial por parte de integrantes de una agencia de seguridad privada.

De acuerdo a las noticias publicadas en distintos medios de comunicación, personal de seguridad privada de Ciudad Judicial tomó a golpes de puño y empujones a David Leiva y lo arrastró violentamente hasta la calle, mientras efectivos de la Policía de Provincia observaba.

El fiscal Paz dictó distintas medidas, entre las que solicitó la ampliación de la declaración de la víctima y las declaraciones de testigos, las cámaras de seguridad e identificación de los posibles agresores, entre otras diligencias tendientes a esclarecer el hecho.

Imagen gentileza Diario El Tribuno

De acuerdo a lo relatado, Leiva concurrió a tribunales para presentar escritos sobre dos causas laborales después de nueve meses de ausencia en el lugar, debido a las restricciones sanitarias dictadas por las autoridades por la pandemia de COVID-19 y porque pertenece a la población de riesgo, por su edad. Al desconocer los nuevos protocolos de ingreso, Leiva entró por donde lo hacía habitualmente, antes de las restricciones y fue increpado por el personal de seguridad privada. Entonces, tres uniformados lo sacaron a golpes de puño y empujones, Leiva cayó al piso y se lesionó la muñeca izquierda y antebrazo, sufrió suba de la presión arterial y glucosa y le rompieron el celular personal.  Agrega la información pública que “quedaron esparcidas sus pertenencias, sus documentos, sus papeles, el dinero y el carnet de abogado; le rompieron hasta el teléfono. Lo siguieron arrastrando hasta que llegaron a la vereda de la avenida Memoria, Verdad y Justicia”.

Además, las noticias publicadas precisan que los hechos fueron observados por personal de la Policía de la Provincia,  que al ver a Leiva en el piso, intentó detenerlo. Cuando estaban por esposarlo, pasó casualmente el presidente de la Corte de Justicia de Salta, Guillermo Catalano, quien reconoció a Leiva y frenó la situación.

Descubren importante robo en un correo privado

Con una minuciosa tarea investigativa, se logró identificar a dos empleados y a un exempleado de la firma Andreani, quienes sustrajeron aparatos celulares y otros productos que eran distribuidos por la empresa. Se logró recuperar algunos de los bienes sustraídos.

El fiscal penal 3, Horacio Córdoba Mazuranic, investiga la sustracción de teléfonos celulares y otros bienes desde el correo privado encargado de su distribución.

Las tareas investigativas estuvieron a cargo del Grupo de Investigaciones Sector 3 A, quienes lograron identificar a dos empleados de la firma Andreani y un exempleado como las personas involucradas en los ilícitos.

Con los elementos de convicción necesarios, Córdoba Mazuranic solicitó al Juzgado de Garantías interviniente, orden de allanamiento y detención en domicilios vinculados a los sospechosos y en estos procedimientos, se logró recuperar siete de los diecisiete aparatos reportados como sustraídos y se secuestraron además otros bienes que tendrían la misma procedencia.

Ya se concretó la imputación del primero de los involucrados por el delito de hurto calificado de mercaderías transportadas y en los próximos días, se llevará a cabo la audiencia de un segundo acusado.

El fiscal señaló que se trabaja en la aprehensión de una tercera persona, que se encuentra prófuga.

Vaqueros: imputado por asaltar a una mujer con arma blanca

Un hombre de 24 años fue detenido e imputado por el violento robo a una mujer en el puente de Vaqueros. Tras el asalto, intentó huir y fue detenido con la colaboración de vecinos, ya que para evadirse, irrumpió en una vivienda. Se recuperó lo sustraído y se encuentra con prisión preventiva.

El fiscal penal 1, Pablo Paz, imputó a Marcelo Emanuel Rivero como autor de los delitos de robo agravado por el uso de arma, violación de domicilio, daños y lesiones leves en concurso real.

El hecho ocurrió el pasado 30 de noviembre en el puente de Vaqueros, cuando sorprendió por la espalda a una mujer y amenazándola con un cuchillo tipo carnicero, le sustrajo un bolso con 13 mil pesos en su interior.

Ante la resistencia de la mujer, le produjo lesiones leves con el arma blanca y huyó hacia el barrio colindante. Irrumpió en una vivienda con la intención de evadirse pero con la ayuda de los vecinos, fue detenido y se recuperó lo sustraído.

El acusado presenta antecedentes condenatorios y tras su imputación, el fiscal Paz solicitó al Juzgado de Garantías interviniente, su prisión preventiva.

Un condenado por la entradera a una casa donde robaron y lesionaron con arma a un familiar de la víctima

El fiscal penal 3, Horacio Córdoba Mazuranic, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate pública en la que el Tribunal de Juicio Sala IV, condenó a Francisco Daniel Lera, a la pena de 5 años y 3 meses de prisión, por el delito de robo doblemente calificado por la utilización de arma de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda.

Del expediente de la investigación, surgió que el 25 de noviembre de 2017, cerca de las 23, el condenado junto a otros hombres que no pudieron ser identificados, abordaron a la mujer víctima en la puerta de su domicilio ubicado en barrio Edivisa, de la Ciudad de Salta y mediante el uso de un arma y división de tareas, se apoderaron de varios bienes del domicilio Entre ellos, se llevaron dinero en efectivo y un teléfono celular.

En sus fundamentos, el fiscal penal Córdoba Mazuranic, sostuvo que el hecho agravó la figura básica del desapoderamiento, por el número de atacantes, que superó los tres y por el empleo de un arma de fuego, con la que no solo golpearon a las víctimas, sino que efectuaron un disparo que provocó una herida en uno de los familiares de la mujer que ingresaba a su domicilio

Bº Santa Ana: detienen a una pareja que robaba celulares

Una mujer de 25 años y un hombre de 30, fueron detenidos e imputados por dos hechos de robo y uno de hurto, por apoderarse de teléfonos celulares. En uno de los hechos, la acusada, golpeó a una de las víctimas para lograr su cometido.

El fiscal penal 3, Horacio Córdoba Mazuranic, imputó a Romina Irene Moreyra y a Fernando Nicolás Vargas Agüero como autores de los delitos de robo (dos hechos) y hurto simple en concurso real.

En el primer hecho denunciado, la pareja, bajo efectos de sustancias prohibidas, le exigió a un vecino que les prestara su celular para llamar un remis y se lo sustrajeron. Cuando solicitó que se lo devolvieran, lo golpearon y amenazaron.

El segundo hecho fue en perjuicio de una vecina de Santa Ana, que caminaba por la vía pública y fue interceptada por la acusada, quien en forma violenta le sustrajo el celular del bolsillo y una suma de dinero. La amenazó, le dio un golpe de puño y huyó en una motocicleta con su pareja.

El tercer hecho ocurrió en perjuicio de un vecino de Villa Soledad, al que la mujer le pidió el celular prestado y cuando lo tuvo en sus manos, corrió junto a su novio y se negó a entregarlo, profiriendo insultos y amenazas.

El grupo investigativo del Sector 3 B, inició una investigación y logró identificar a Moreyra, conocida como «Tormenta», quien practica boxeo y a su pareja, conocido como «Orejón». Ambos poseen antecedentes delictivos y por el consumo problemático de sustancias estupefacientes.