Tres imputados más por el millonario fraude al Estado

La fiscala penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó a Ricardo Gabriel Fath, de 34 años; Andrés Esteban Fath, de 30 y Jesús Ángel Mendoza, de 62, por la comisión del delito de fraude a la administración pública y falsedad de instrumento público, todo en concurso real y en calidad de coautores. Los tres optaron por no declarar. En la misma causa, ya estaba acusado el comisario Hugo Alberto Colantuono.

La audiencia de imputación se concretó este viernes, luego de la audiencia de control de legalidad correspondiente. Los hermanos Fath y Mendoza fueron detenidos el jueves, luego de distintos allanamientos coordinados por el Departamento de Investigaciones y Criminología del CIF; mientras que Colantuono fue detenido e imputado la semana pasada.

Según consta en las actuaciones, los imputados actuaron de común acuerdo y con división de tareas y ejecutaron la maniobra defraudatoria, consistente en presentar ante el Banco Macro Sucursal Tribunales un oficio apócrifo, en el que se consignaba la cancelación de un plazo fijo judicial y posterior transferencia por la suma de U$S 298.898,07 (doscientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y ocho dólares con siete centavos). La transferencia se realizó desde la cuenta perteneciente a un juicio sucesorio en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Primera Nominación, a una cuenta caja de ahorro en dólares del Banco Masventas, de titularidad de Colantuono.

Para ello, los imputados Ricardo Gabriel Fath (gerente de Banco Macro Sucursal Tribunales), y Jesús Ángel Mendoza (Asistente Operativo de la misma sucursal), realizaron los trámites correspondientes en la entidad bancaria para concretar la trasferencia al Banco Masventas. Tal operación, permitió que Colantuono pueda disponer del dinero, de manera discrecional.

El oficio judicial falsificado que ordenaba la cancelación de una cuenta a plazo fijo y posterior transferencia, fue firmado el 5 de julio de 2019 y no existe en el expediente judicial de origen. El dinero fue retirado el 29 de julio del mismo año, por caja en el Banco Masventas y desde una cuenta a nombre de Colantuono.

La maniobra contó con la participación de Andrés Esteban Fath, quien en su calidad de hermano del coimputado Ricardo Gabriel Fath y a su vez, efectivo policial dependiente laboral de Colantuono, permitió acceder a la información bancaria; ejecutar la maniobra pergeñada y finalmente, apropiarse de la importante suma de dinero.

Todo ello, -dijo Salinas Odorisio-, generó un perjuicio patrimonial de importancia a la Provincia de Salta, en razón de haberse declarado vacante la herencia de Vanja Dvornik, fallecida en enero de 2014.

Los cuatro imputados permanecen detenidos.

Incumplimiento, fraude y cohecho: rechazan la nulidad planteada por la defensa del Intendente de Rosario de la Frontera

El Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Sur – Metán, resolvió no hacer lugar a la solicitud de nulidad planteada por la defensa técnica de Gustavo Solís Mónico, en la causa requerida a juicio por la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke y en la que el jefe comunal de Rosario de la Frontera está imputado por incumplimiento de los deberes de funcionario público (tres hechos), fraude a la administración pública y cohecho, todo en concurso real.

Del fallo se desprendió que “de manera alguna se vulneraron los derechos del imputado en torno a la intervención del Ministerio Público Fiscal” cuestionada por la defensa, ya que la garantía constitucional es de “Juez natural”, cuya competencia se encuentra expresamente consignada en el código de procedimiento, que le exige actuar en resguardo de las garantías constitucionales durante todo el trámite del proceso.

La causa fue requerida a juicio a finales de febrero por la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, quien sostuvo en sus fundamentos que está acreditada la existencia del ilícito endilgado y la responsabilidad penal del acusado, quien fue imputado el 21 de diciembre de 2020.

Las actuaciones iniciaron tras la publicación de una noticia criminis el 26 de febrero de 2020, de la que surgió la falsificación de facturas en el municipio. A partir de allí y mediante un pedido de informe a la Auditoría General de la Provincia, se informó que el área de control realizaba en ese momento una auditoría financiera y de legalidad en el Departamento Ejecutivo Municipal de Rosario de la Frontera, por el período 2017, del que posteriormente surgieron irregularidades.

Apelan la incompetencia de la Justicia provincial en la causa de las vacunas en el CIF

La Fiscal Penal de Delitos Económicos Complejos interpuso un recurso de apelación ante la Jueza de Garantías 7. Consideró que lo que se investiga es la conducta de integrantes del CIF “al gestionar y acceder a la vacunación de personal sin respetar los criterios de prioridad”. Además, advirtió que la jueza tomó la determinación “sin siquiera contar con un elemento de valoración tan básico como el Legajo de Investigaciones”.

La fiscal penal de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, interpuso un recurso de apelación ante la Jueza de Garantías 7, para que deje sin efecto el fallo de incompetencia material de la Justicia ordinaria en la causa por las vacunas en el CIF dictado por la jueza de Garantías de Séptima Nominación, María Edith Rodríguez.

Salinas Odorisio advirtió que la jueza tomó la determinación “sin siquiera contar con un elemento de valoración tan básico como el Legajo de Investigaciones, de cuya lectura habría advertido la evidente competencia material de la Justicia provincial, sin que surja un motivo de tanta urgencia, salvo el de evitar la profundización de la investigación que se lleva adelante”.

El lunes 8 de marzo, la jueza de Garantías de Séptima Nominación, María Edith Rodríguez, declaró la incompetencia material de la Justicia ordinaria en la causa “Villagrán, Pedro Dilmar por incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad” y dispuso su remisión al Área de Casos Complejos del Ministerio Público Fiscal Federal.

La decisión fue adoptada luego que la fiscal Ana Inés Salinas Odorisio requiriera la competencia de la justicia ordinaria para intervenir. Previamente había requerido a la Fiscalía Federal actuante la remisión de la investigación, planteo que fue rechazado.

Vale recalcar que la resolución de la magistrada de primera instancia, se adoptó en el momento en el que Salinas Odorisio estaba por imputar a tres personas más.

En sus argumentos, Rodríguez compartió el fundamento de la Procuración General en cuanto “no resulta adecuado ni tampoco ajustado para una recta administración de investigación, el desdoblamiento de dos fiscalías en este caso (federal y provincial) por la posible violación a principios de raigambre constitucional, porque en la investigación de todos los sucesos descriptos existe un único designio criminal”. Sin embargo, la jueza consideró que debería actuar la Justicia Federal pues “se encuentra seriamente comprometido el interés nacional con una clara afectación al erario público nacional y la salud pública de toda la población argentina”.

Salinas Odorisio señaló que no discute la competencia del Estado nacional para regular el ingreso y logística de vacunación de la población argentina, sino que lo que se investiga es la conducta de integrantes del Cuerpo de Investigaciones Fiscales “al gestionar y acceder a la vacunación de personal por ellos incluidos en listas sin respetar los criterios de prioridad”.  

Además explicó que el Ministerio Público Fiscal, como titular de la acción penal, analiza la conducta del acusado y los límites y atribuciones de su autoridad en un organismo provincial, además de la posibilidad de haber manipulado listas o argumentos para el acceso anticipado a las vacunas.

En cuanto a la afectación al erario público, Salinas Odorisio aclaró y destacó que “jamás se imputó por fraude económico”.

Por último, la Fiscal insistió en que la causa debe ser llevada adelante por la Justicia provincial ya que existe un único designio criminal en el cual se encontrarían involucrados funcionarios públicos provinciales, toda vez que el objeto de la pesquisa se resume en investigar los procesos de gestión de vacunas y colocación a fin de determinar la posible existencia de delitos por parte de quienes acceden a las mismas y las gestionan en incumplimiento a los deberes funcionales y a las normas que rigen el plan de vacunación originadas en nuestra provincia a partir de la Circular Normativa Nº10/21 del programa de Inmunización del Ministerio Público de Salud de la Provincia de Salta.

San Lorenzo: Elevan a juicio la causa contra el exintendente, un exsecretario y un exconcejal

El Juzgado de Garantías 5, resolvió no hacer lugar al pedido de nulidad de juicio y sobreseimiento presentados por la defensa técnica de los acusados y dispuso la remisión a juicio de la causa que tiene como imputado al exintendente de San Lorenzo, Ernesto Fernando Gonza, por los delitos de peculado, incumplimiento de los deberes de funcionario público (cinco hechos) y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función, todo en concurso real y en carácter de autor.

También fueron imputados el exsecretario de Hacienda, Rogelio Higinio Guaymás, por los delitos de peculado e incumplimiento de los deberes de funcionario público (dos hechos), todo en concurso real y al exconcejal Aldo Dalmiro Gonza, por el delito de peculado en calidad de partícipe primario.

Para resolver, el Juzgado de Garantías 5 entendió que las actuaciones siguieron los cauces prescriptos por la normativa procesal rectora, sin que se conculcara derecho constitucional alguno, por lo que resultó procedente remitir la causa a juicio y la remitió a la mesa distribuidora para el sorteo del Tribunal que corresponda.

El requerimiento de elevación a juicio fue presentado en octubre de 2020 por la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, quien pidió que se tenga por ofrecida la prueba, sin perjuicio de ampliarla en la etapa procesal oportuna y sumó las denuncias hechas por el intendente actual, José Manuel Saravia Arias; por el expresidente del Concejo, Juan Pablo Dávalos y el presidente de la Auditoría General de la Provincia, Gustavo Ferraris; distintas declaraciones testimoniales e informes técnicos, entre otros numerosos elementos.

En junio del mismo año, Simesen de Bielke imputó al exintendente Ernesto Fernando Gonza porque incumplió en forma reiterada las normativas que regulan el sistema financiero y de gestión, en orden al manejo de una administración pública municipal y dispuso en forma discrecional de los recursos municipales, lo que produjo un grave perjuicio al erario municipal. El incumplimiento facilitó la discrecionalidad, a lo que se sumó la falta de rendición de cuentas al finalizar su mandato.

Además, en su carácter de máxima autoridad del municipio, Gonza realizó un contrato de cesión por el plazo de 99 años en beneficio personal, para gozar de una parcela en el cementerio parque San Lorenzo a cambio de una suma de dinero que a todas luces resultó irrisoria e incompatible con la función ejercida.

Por su parte, Rogelio Higinio Guaymás también incumplió en forma reiterada las normativas que regulan el sistema financiero y de gestión en orden al manejo de una administración pública municipal y dispuso en forma discrecional de los recursos municipales sin observar tales normas, lo que produjo un grave perjuicio al erario municipal. Ello facilitó la discrecionalidad del manejo de los fondos públicos, al percibir durante los períodos 2017-2019, la suma de $ 3.701.724. Sin su participación conjunta con Gonza, los hechos no podrían haberse llevado a cabo.

La fiscal Simesen de Bielke también entendió que las maniobras no pudieron concretarse sin la participación necesaria de Aldo Dalmiro Gonza, quien a sabiendas que no formaba parte esa administración (porque era concejal) retiró fondos por la suma de $ 539.215 entre 2017 y 2019, mediante la firma de vales.

Auditoría externa

Vale recordar que el intendente de San Lorenzo, José Manuel Arias Saravia, dispuso la realización de una auditoría externa de la gestión llevada adelante por Gonza. El informe final de auditoría del 9 de marzo de 2020, comprendió los ejercicios presupuestarios de los períodos 2018-2019 y determinó observaciones como la inexistencia de un sistema de control interno; de indicadores de gestión en orden a la evolución de los recursos, su seguimiento y control, y el incumplimiento de las normas vigentes en materia de compra de bienes y contratación de servicios.

A su vez, evidenció una falta de control sobre los bienes adquiridos y servicios contratados y el incumplimiento de normas contables, financieras y presupuestarias, entre otras. También hubo inconsistencias determinadas en gastos de combustibles, reparación de vehículos, compras de repuestos y alquiler de bienes.

Se identificaron retiros de dinero en efectivo que eran autorizados por el Intendente y el Secretario de Hacienda, cuyo destino se debía informar. Sin embargo, para el trimestre abril, mayo y junio de 2019 las extracciones hechas por la suma de $11.514.135, no se registraron en el sistema informático.

En cuanto a los ingresos tributarios, se detectó un supuesto en el que la tasa de construcción estaba impaga por falta de ingreso efectivo del dinero, pero con situación regularizada en el sistema tributario municipal.

Particularmente se pudo establecer que el 31 de agosto de 2018 ingresó en concepto de derecho de construcción un importe de $2.252.860 que fue abonado con cheques de pago diferido y que al momento de su depósito, eran retirados por las personas autorizadas por el Intendente y luego se entregaba el comprobante. Sin embargo, surge que solo se depositó un cheque el 31 de octubre de 2018 y que fue rechazado por falta de fondos, además de figurar como pagado en el sistema.

También se determinó la existencia de programas nacionales de asistencia social, con recepción de fondos en una cuenta del Banco Nación, de los cuales no existe uniformidad e integralidad en la información y documentación obrante en las oficinas administrativas de la Municipalidad con los extractos bancarios de dicha cuenta, tales como el “Programa de integración socio comunitaria”, “Acciones para la provisión de tierras para el hábitat social” y “Convenios de cooperación”, en los que no se efectuaron las ejecuciones correspondientes.

Por último, se pudo establecer la existencia de un sistema paralelo al formal con montos de entregas en efectivo para los periodos auditados que ascienden a la suma de $828.950 para el período 2018 y de $3.328.139 para el 2019. De esos montos, la suma de $3.701.724, fue retirada por Rogelio Guaymás, en su carácter de Secretario de Hacienda entre 2017 y 2019; mientras que un total de $539.215, fue retirado por Aldo Gonza, en su carácter de Concejal y hermano del Intendente.

Incumplimiento, peculado y perjuicio por $84 millones: Elevan a juicio la causa contra el exintendente de Campo Quijano

La jueza de Garantías 6, Sandra Espeche, elevó a juicio la causa que tiene como imputados a Manuel Cornejo y Carmen Rosa Méndez, después de que la Sala III del Tribunal de Impugnación, rechazara las oposiciones y planteos de nulidad presentados por la defensa técnica de los acusados. En su resolución, ordenó la remisión de la causa, previo paso por la Mesa Distribuidora Penal, al Tribunal de Juicio que por sorteo corresponda y con la acusación impuesta por la fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke.

Es que el juez del Tribunal de Impugnación, Sala III, Eduardo Arturo Barrionuevo, rechazó las oposiciones al requerimiento de juicio y los pedidos de sobreseimiento y de nulidad impetrados por la defensa técnica de los imputados Manuel Cornejo y Carmen Rosa Méndez y de esa forma, el Juzgado de Garantías avanzó en la elevación a juicio correspondiente.

Vale recordar que en noviembre de 2020, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 6, la elevación a juicio contra el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado (cuatro hechos) en concurso real y en carácter de autor.

En la misma causa fue imputada la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, en concurso real y en calidad de autora.

Incumplimiento, fraude y cohecho: Piden el juicio contra el Intendente de Rosario de la Frontera

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías del Distrito Judicial Sur – Metán, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputado a Gustavo Solís Mónico, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público (tres hechos), fraude a la administración pública y cohecho, todo en concurso real.

En sus fundamentos, la fiscal penal Simesen de Bielke, sostuvo que está acreditada la existencia del ilícito endilgado y la responsabilidad penal del acusado. El jefe comunal de Rosario de la Frontera, fue imputado el 21 de diciembre de 2020, cuando asistido por su defensa, prestó declaración.

Las actuaciones iniciaron tras la publicación de una noticia criminis el 26 de febrero de 2020, de la que surgió la falsificación de facturas en el municipio. A partir de allí y mediante un pedido de informe a la Auditoria General de la Provincia, se informó que el área de control realizaba en ese momento una auditoría financiera y de legalidad en el Departamento Ejecutivo Municipal de Rosario de la Frontera, por el período 2017, del que posteriormente surgieron irregularidades.

En relación al delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, se tiene acreditado que el imputado desplegó conductas contrarias a las leyes y ordenanzas, al llevar a cabo la contratación de Mirta Verónica Corimayo, en clara violación a las normativas que prohíben la contratación por parte del Estado de personas físicas o jurídicas afectadas por medidas judiciales cautelares que afecten su solvencia o capacidad de contratación. Es que sobre Corimayo pesaban sendas medidas cautelares sobre las cuales fue debidamente informado el acusado, según consta en expedientes judiciales.

La conducta desplegada en torno a la contratación de Corimayo, encuadra dentro del incumplimiento de las normas de prevención de lavado de dinero del Banco Central de la República Argentina, dictadas para determinar el circuito financiero del dinero público y que prohíben la emisión de cheques por sumas inferiores cuando el monto de los anticipos así lo permiten, como ocurrió en este caso.

Además, se tiene acreditado que el imputado aceptó facturas duplicadas, por lo que incumplió las disposiciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos, relacionada con la emisión obligatoria de facturas electrónicas.

En relación al fraude a la administración pública, se tiene que Solís Mónico emitió en 2017, una resolución que dio por rescindido en forma unilateral el contrato con Corimayo, sin arbitrar medida alguna tendiente al resarcimiento por la desvinculación unilateral. Todo ello, pese a que la contratista percibió fondos en concepto de anticipos, lo que causó un claro perjuicio al patrimonio municipal.

Al acusado también se le atribuyó un segundo hecho por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al efectuar 12 contrataciones directas de obra pública con una fundación, sin que se verificaran los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Por otra parte, el jefe comunal incurrió en el delito de cohecho, pues de una denuncia y de la transcripción del audio agregado en legajo, se observó una promesa directa por parte del jefe comunal al presidente de una fundación, de una suma de dinero a cobrar por cada metro cuadrado que se ejecutara.

La propuesta era de un precio de $163 por metro cuadrado, de los cuales, si el contratista facturaba todo, debía entregar la suma de $93 por metro cuadrado a Solís y solo le quedarían $20 como condición para suscribir las contrataciones. Ello permitió verificar el dolo del imputado.

Por último, Solís Mónico incurrió nuevamente en el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, al efectuar contratos de obra pública con otra persona que no estaba inscripta en el Registro de Contratistas de la Provincia, por la suma de $10.819.777,50.

En este sentido, el jefe comunal celebró contratos con una persona física que, del 23 de mayo de 2017 al 10 de mayo de 2018, presentó 99 cheques rechazados por un monto de $22.608.759.03, según el informe del Banco Central de la República Argentina, sin verificar la situación financiera del contratado, además de emitir cheques en incumplimiento de las normas de prevención de lavado de dinero emitidas por el Banco Central de la República Argentina, dictadas con el fin de determinar el circuito financiero del dinero público y que precisan que no deben emitirse cheques por sumas inferiores, cuando el monto de los anticipos así lo permiten.

Sputnik-V: Imputan a un funcionario del CIF por elección discrecional del personal para vacunar

La fiscal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, imputó este jueves al jefe del Departamento Técnico Científico del CIF, Pedro Dilmar Villagrán, por la supuesta comisión de los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso ideal y en carácter de autor. El funcionario se abstuvo de declarar y realizará su declaración por escrito.

Para llegar a tal conclusión, la fiscal evaluó que Villagrán, en su condición de Jefe del Departamento Técnico Científico del Cuerpo de Investigadores Fiscales con funciones en Seguridad e Higiene, organismo dependiente de la Procuración General, y abusando de sus facultades solicitó al Programa de Inmunizaciones del Ministerio de Salud Pública de la Provincia, la cantidad de 50 vacunas (SPUTNIK-V) contra la COVID-19. Las distribuyó el 4 de febrero último y según su propio criterio entre el personal del CIF. Los inoculados no cumplirían con los criterios de prioridad epidemiológicos y de esquema de prioridades diseñado para la aplicación de la vacuna, el cual fue establecido por el Ministerio de Salud Pública Nacional y Provincial y conocido a través de los medios de difusión.

Por ello, Salinas consideró que el funcionario efectuó un uso arbitrario de las facultades otorgadas, ocasionando con su conducta un grave perjuicio a la Salud Pública, atento a que dichas vacunas eran destinadas a personas de “primera línea” (emergencia, laboratorio y terapia) y que obró, de esa manera, en forma ilegal al disponer sobre la adjudicación y distribución de dichas vacunas a personas a las que por el orden de prelación establecido, no les correspondía su colocación. Dicha acción está tipificada por el Código Penal en el Art. 248, referido al Abuso de Autoridad.

También sostiene la fiscal que Villagrán realizó la gestión de adjudicación de vacunas (SPUTNIK-V) contra la COVID-19 ante el programa de Inmunizaciones del Ministerio de Salud Pública de Salta, por sus propios medios y sin poner en conocimiento a sus superiores, -la Directora del CIF y el Procurador General-, sobre la gestión realizada, la adquisición, el destino y la distribución de las vacunas. Tampoco informó a la Jefa del Servicio Médico del Ministerio Público, quien es la persona idónea para determinar quién es el personal de riesgo para COVID-19 que se encuentra en primera línea prestando Servicios de Salud y por lo tanto, a quién le corresponde la aplicación de dicha vacuna. Las conductas atribuidas importaron una omisión ilegal a las funciones inherentes al cargo que desempeñaba, acción tipificada por el código Penal en el Art. 249, referido al Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público.

La intervención de la Fiscalía de Delitos Económicos Complejos inició el 18 de febrero pasado, a partir de las actuaciones administrativas iniciadas ocho días antes, y que fueron remitidas por el Procurador General a la Unidad Fiscal en cuestión.

Dos condenados por estafar con la venta de terrenos

Ambos recibieron penas efectivas por hechos donde publicitaban la venta terrenos que no les pertenecían, recibían dinero de los interesados en carácter de adelanto y luego desaparecían. Uno de ellos incluso señalaba a los damnificados, tener vinculación con Tierra y Hábitat.

El fiscal penal Leandro Joaquín Flores, representó al Ministerio Público ante la Sala IV del Tribunal de Juicio, en la audiencia de debate contra Pablo José Yañez como autor de los delitos de estafa (siete hechos), falsificación de instrumento público (4 hechos) y violación de las medidas adoptadas para evitar la propagación de una epidemia y contra Carlos Pelaez, como partícipe secundario del delito de estafa y violación de las medidas adoptadas para evitar la propagación de una epidemia.

La investigación inició por denuncias en contra de Yañez, quien desde 2019 y 2020, simulando ser empleado de Tierra y Hábitat, ofrecía la venta de terrenos que no le pertenecían y solicitaba a los interesados sumas de dinero como seña, para luego desaparecer sin cumplir con lo acordado. Incluso les brindó documentación apócrifa.

En uno de los hechos, contó con la participación secundaria de Paz en su actividad delictiva.

La jueza Norma Beatriz Vera le impuso a Yañez una pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo y a Pelaez, 9 meses de prisión efectiva.

Desbaratan una banda que cometió 18 estafas

El fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Leandro Flores, imputó a Cristo Arnaldo Suárez, Rocío Inés Roldán Matuz, Mabel Deolinda Díaz y Eduardo Emanuel Vale, todos con domicilio en la provincia de Córdoba, acusados de los delitos de estafa (18 hechos) y asociación ilícita, todo en concurso real. Los imputados continuarán detenidos y el fiscal no descartó nuevas detenciones en el marco de la investigación.

Del decreto de imputación, surgió que los acusados formaban parte de un grupo delictivo con división de tareas para hacer incurrir en error a las víctimas, a quienes convencieron de realizar disposiciones patrimoniales. Para esto, los acusados utilizaron, en todos los casos, la misma línea telefónica para comunicarse con las víctimas. Luego vaciaron sus cuentas bancarias y solicitaron distintos préstamos de dinero, por lo que causaron un perjuicio económico de importancia a sus víctimas.

Para las disposiciones patrimoniales que obtuvieron mediante los engaños, los imputados aparentaron -en algunos casos-, que llamaban para realizar un giro de dinero para un familiar enfermo; mientras que en otros, les hicieron creer que ganaron un premio y expresaron mentidamente a los damnificados que, para poder recibirlo, debían ingresar sus datos en el cajero automático, con lo que burlaron la buena fe de las víctimas.

Tras diversas tareas investigativas, fue requerido al Juzgado de Garantías interviniente el allanamiento en los domicilios de los acusados, medida con la que se logró el secuestro de diversos elementos probatorios como celulares, chips tarjetas de memoria, documentación varia y dinero en efectivo, además de concretar la detención de los imputados.

Estafaban desde Córdoba y se quedaron con más de $290 mil de la cuenta de un salteño

El fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Leandro Flores, imputó a Zaira Martínez Abigail, Pablo Sebastián Duarte, Darío Ezequiel Amado Martínez, Malena Ariadna Lindon, Katerinne Juliana Spallina y Lucas Matías Rondinella, todos con domicilio en la provincia de Córdoba, acusados de los delitos de estafa (un hecho) y asociación ilícita, todo en concurso real, en calidad de coautores. Permanecerán detenidos. El fiscal no descartó nuevas detenciones en el marco de la investigación.

Del decreto de imputación, surgió que los imputados actuaron de común acuerdo y con división de tareas, conformaron un grupo delictivo. Es que a partir de las investigaciones, se tuvo que los detenidos realizaron operaciones bancarias no autorizadas por el denunciante y víctima, por la suma total de $290.200, para luego disponer discrecionalmente de esa suma y realizar extracciones y transferencias bancarias, lo que generó un grave perjuicio económico al denunciante.

La intervención del fiscal penal Leandro Flores, se produjo tras la denuncia radicada por la víctima, quien expresó que el 14 de septiembre de 2020, notó que no ingresaban llamadas a su celular, por lo que llamó a la empresa proveedora del servicio y una operadora le dio a conocer que su línea fue desactivada y denunciada por robo ese mismo día.

Entonces, el denunciante sospechó y se dirigió a un cajero automático, donde solicitó los movimientos de su cuenta y se dio con la novedad de que solo le quedaban $200 (doscientos pesos), cuando el día anterior, la cifra era de $295.898 (doscientos noventa y cinco mil ochocientos noventa y ocho).

En su denuncia, reconoció que no realizó la extracción o transferencia del dinero. También aclaró que previamente, se comunicó a su celular una mujer que expresó ser del banco del cual la víctima es cliente. Sostuvo que esta mujer le recitó el número de su tarjeta de crédito para “corroborar”, mientras que la víctima confirmó que eran los números y le reclamó que si efectivamente el llamado provenía del banco, deberían contar con ese números, pero le respondieron que si no confirmaba le bloquearían sus transferencias de sueldo.