La fiscal Penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, la acusa de los delitos de peculado, fraude a la administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso real. Otras tres personas, entre ellas, la ex presidenta del Concejo Deliberante, fueron acusadas de fraude a la administración pública en calidad de coautores.
La fiscal Penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, requirió al Juzgado de Garantías 4, a cargo de Diego Rodríguez Pipino, juicio contra Rita Carreras, ex intendenta de Coronel Moldes.
El Ministerio Público Fiscal la acusa de los delitos de peculado, fraude a la administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público, todo en concurso real.
Además, Salinas Odorisio imputó a otras dos personas por fraude a la administración pública en calidad de coautores; y a la ex presidenta del Concejo Deliberante de Coronel Moldes, por el mismo delito.
Las causas
Vehículo de Discapacidad no adquirido
El actual
intendente Carrasco denunció que la Agencia de Discapacidad, mediante un
convenio rubricado el 18/03/19, transfirió $1.379.800 al municipio de Coronel
Moldes con el exclusivo objetivo de adquirir un vehículo adaptado para traslado
el de personas con discapacidad, algo que nunca se concretó.
De acuerdo
a las investigaciones realizadas por el personal del Cuerpo de Investigadores
Fiscales (CIF) del Ministerio Público Fiscal (MPF), Carreras libró cheques con
su firma utilizando los fondos transferidos y se pudo corroborar que estos
fueron cobrados por caja. “Las sumas no fueron rendidas al municipio, por lo que
la sustracción de estos fondos -cuya administración y custodia se encontraban a
cargo de Carreras- fue efectuada mediante el cobro por caja de cheques
suscriptos por la misma”, destaca el informe de los peritos del Cuerpo de
Investigadores Fiscales.
Teniendo en
cuenta que esto perjudicó al patrimonio y al normal funcionamiento de la
administración pública, como así también la confianza depositada en Carreras
-que estaba a cargo de la administración de los recursos de la Comuna-, Salinas
Odorisio la acusó por Peculado.
Venta de un tractor
El 23 de
octubre de 2018, Rita Carreras vendió un tractor marca John Deere 6300,
supuestamente en pésimas condiciones, de propiedad del Estado municipal por 200
mil pesos, hecho que fue denunciado por el actual intendente.
Las
investigaciones realizadas permitieron comparar que, tractores similares y en
el mismo estado, se vendían en ese momento por 28.000 dólares. Además, el
informe presentado por el CIF da cuenta de que, “luego de unas reparaciones
efectuadas por el comprador, el tractor se encontraba funcionando en regular
estado de conservación”.
“Con la
conducta descripta, Carreras, en su carácter de intendente de Coronel Moles,
causó un daño al patrimonio y perjudicó el normal funcionamiento de la Administración
Pública de Coronel Moldes, como así también la confianza depositada en ella ya
que, como intendente, tenía a su cargo la administración de los recursos
Municipales”, concluyo la fiscala Salinas Odorisio antes de imputarla por
fraude a la administración pública.
Adjudicación de lotes
La ex intendenta
Rita Carreras también fue imputada por el delito de incumplimiento de los
deberes de funcionario público pues, a través de la sanción de la Resolución
DEM 69/19, adjudicó lotes en forma directa, omitiendo efectuar en forma
arbitraria los procedimientos establecidos y exigidos por la Ley 2616 sobre
Enajenación de terrenos fiscales, y por la Ley 8126 sobre el Régimen de las
Municipalidades; normativa vigente al momento del hecho y que la acusada efectivamente
conocía, afectando con su accionar el correcto funcionamiento de la
administración pública.
Compra de seis casillas como solución
habitacional
En 2019, el
Concejo Deliberante de Coronel Moldes sancionó la Ordenanza 32/19, mediante la
cual se compelía a la denunciada a dar soluciones urgentes que garanticen el
acceso a una vivienda digna, otorgando casillas prefabricadas y lotes a seis
personas.
De acuerdo
a lo denunciado por Omar Carrasco, el Ejecutivo municipal llevó a cabo un
viciado proceso de contratación destinado a adquirir seis casillas
prefabricadas. Mediante factura nro. 0001-00000175 del 21/06/2019, se
instrumentó el pago de las seis casillas prefabricadas por 310.500 pesos cada
una, dejándose constancia en ese mismo instrumento que las casillas fueron
pagadas y entregadas.
Las investigaciones del Cuerpo de Investigadores Fiscales pudieron determinar que “la adquisición de las viviendas ha sido llevada incumpliéndose normas básicas e indispensables contempladas en la Ley de Contrataciones nro. 8072, de aplicación obligatoria en el ámbito del sector publico provincial y municipal sin excepción. La compra y adjudicación de las viviendas se llevó a cabo en forma directa debiéndose haber seguido el trámite de adjudicación simple previsto por la normativa vigente. Nunca se requirió ningún tipo de garantías a los fines de asegurar el cumplimiento y ejecución de los contratos, habiéndose operado el pago íntegro del precio acordado. Tampoco se solicitó la documentación básica que requiere una contratación y nunca se dio cumplimiento a las normas de publicidad. Tampoco se dio publicidad a las adjudicaciones”.
Las
viviendas, a pesar de haber sido abonadas, nunca fueron entregadas ni al
Municipio de Coronel Moldes ni a ninguno de los supuestos beneficiarios
nombrados en la Ordenanza nro. 32/19, perjudicándose de ese modo las arcas
municipales.
Por ello,
la fiscala de la Unidad de Delitos Económicos Complejos también la acusó por
incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado –previstos en
los art. 248 y 261 del Código Penal-, todo ello en concurso real.
Venta irregular del Loteo La Esperanza
El 11 de junio de 2019, Ginés Federico Ballesteros Ramos presentó una denuncia contra la ex intendenta Rita Carreras por transferir un inmueble de la Municipalidad de Coronel Moldes –a través de un proceso viciado- a uno de los imputados, y no al fideicomiso que correspondía conforme lo autorizado por el Concejo Deliberante.
La
Municipalidad de Coronel Moldes es propietaria de un inmueble conocido como
predio municipal La Esperanza o Loteo La Esperanza (Catastro N° 2325 –
Departamento La Viña), que se encuentra ubicado en una zona privilegiada de
Coronel Moldes. Desde el 2010 y hasta 2019, la comuna realizó diversas
inversiones en obras, trabajos y gestiones (servicio de agua potable, cloacas,
luz y apertura de calles) -en algunos con recursos propios y en otros asumiendo
compromisos mediante aportes reembolsables de fondos públicos de origen
provincial y nacional-; tendientes a una eventual venta en lotes del inmueble.
Los
estudios de costos y los análisis financieros de una eventual venta del
inmueble, mediante la ejecución del loteo, suponían una ganancia aproximada
para el municipio superior a los sesenta millones de pesos (lo que representaba
dos veces el presupuesto de la comuna en 2019) y una eventual subdivisión del
inmueble en aproximadamente 130 lotes de una extensión promedio de 300 metros
cuadrados cada uno.
Mediante la Ordenanza 10/19, el Concejo Deliberante de Coronel Moldes aprobó la constitución de un fideicomiso de administración inmobiliaria, ordenando llevar a cabo un proceso de licitación pública. En la misma Ordenanza, el Concejo resolvió “derogar toda Ordenanza anterior”, desbaratando así derechos adquiridos por terceros en base a anteriores Ordenanzas sancionadas, cumplidas y ejecutadas. Esto, bajo la presidencia de una de las imputadas, sin tratamiento parlamentario previo
El 9 de mayo de 2019, Rita Carreras suscribió -en su carácter de Intendenta- la escritura traslativa de dominio del inmueble a favor de Mefor SRL.
De acuerdo
a lo denunciado por Ballesteros, el proceso de adquisición del loteo se hizo
incumpliendo normativas del llamado a licitación pública, omitiéndose citar a
las cámaras que nuclean al sector de las entidades inmobiliarias y del sector
de la construcción, privándose injustamente de un mayor número de oferentes y
se omitió la publicación de la licitación en diarios provinciales. La apertura
de sobres se habría llevado a cabo sin la intervención de un escribano ni juez
de paz que de fe de dicho acto administrativo.
Además, señaló que la empresa beneficiaria fue la única que compró los pliegos, aunque luego Carreras manifestó en los medios de comunicación que existían otras dos empresas interesadas en participar de la licitación: la firma JVL SRL (propiedad también de los mismos socios de Mefor SRL, y Santa Ana SRL, que no aparece constituida como tal en el Registro Público de Comercio.
Durante la
investigación, desde el CIF pudieron determinar, además, que la empresa
oferente encargada de comercializar los lotes, no aparece vinculada a la
actividad del corretaje inmobiliario y según declaraciones del Presidente del
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de Salta (CUCIS), no registra ningún
corredor inscripto vinculado a dicha sociedad, lo que supondría avalar el
ejercicio ilegal de dicha actividad. Asimismo, se habría asegurado al supuesto
intermediario una comisión del cuarenta por ciento, cuando en el mercado, las
comisiones tienen un límite del tres por ciento a cargo del comprador y tres
por ciento a cargo del vendedor.
Al día
siguiente de la venta, el Club La Esperanza –que funciona en el loteo como club
social desde hace años- y otros ocupantes de algunos sectores del loteo
iniciaron un interdicto judicial, lo que derivó en el bloqueo del catastro en
la Dirección General de Inmuebles.
Por todo
ello, la fiscala Ana Inés Salinas Odorisio acusó a Carreras por incumplimiento
a los deberes de funcionario público por realizar la licitación pública 01/19,
incumpliendo, en forma arbitraria, reglas establecidas y exigidas por la ley
6.838, sobre el Sistema de Contrataciones de la Provincia.
Por esta causa también fue imputada por fraude a la administración pública ya que, como Intendenta de Coronel Moldes, suscribió, mediante escritura N° 201, un contrato de fideicomiso con cláusulas perjudiciales para la Municipalidad (ausencia de precio mínimo de venta; utilidad del 60% sobre el producto de venta; retribución al fiduciario del 12%) y procedió a transferir un bien del estado municipal a un particular, y no al fideicomiso que correspondía conforme lo autorizado por el Concejo Deliberante.