Un efectivo policial fue condenado por vejaciones

El pasado viernes 13 se conoció la sentencia por el juicio contra el oficial Walter Luis Barboza Romero, de 37 años, por el delito de vejaciones, en contra de un menor de 17 años.

En la oportunidad, la jueza de la Sala VII, Paola Marocco, dio lugar a los alegatos por parte de la fiscalía y la defensa. Representó al Ministerio Público Fiscal, el fiscal de Derechos Humanos, Gabriel González.

El hecho se produjo el 13 de enero de 2019, en la vía pública, en el sector de ingreso de la comisaría 60 de la localidad de Cafayate. En esa oportunidad, el oficial Barboza Romero acometió con golpes de puño a quien por entonces, era un menor de 17 años.

Todos quedó registrado en un video en el que se observaban los acontecimientos, y que aportó a la investigación correspondiente, lográndose establecer que el masculino que golpeaba al menor era, efectivamente, el imputado.

El fiscal de Derechos Humanos, en sus alegatos, sostuvo que desde un primer momento se supo quién sería autor y la víctima del hecho, y ue ls circunstancias a las que aludía el imputado, no fueron consignadas en el informe presentado oportunamente.

El damnificado, en aquel momento de 17 años, dio su testimonio y expresó que se encontraban en un boliche, cuando tomaron conocimiento de que un amigo había sido llevado por la policía. Al preguntar por su amigo en la comisaría les decían que debían esperar, por lo que se fueron a la plaza para luego regresar. Fue ahí cuando Barboza le propinó un golpe de puño en la cara, directamente, para luego llevarlo retrocediendo a la vía pública y ahí volvió a darle otro golpe. En ningún momento se observa algún tipo de agresión por parte del adolescente. Sin embargo en su informe, el oficial sostuvo que su accionar se debió a que el menor había intentado agredir a una compañera que estaba embarazada.

En relación al accionar del imputado, el fiscal González sostuvo que “este hecho debe ser calificado como vejaciones calificadas por el uso de la violencia, entendiendo que tanto la tipicidad objetiva y subjetiva se encuentra conformada y probada, que se cometió en acto de servicio”. Aclaró que “este tipo penal no requiere que la persona se encuentre legalmente detenida, basta con que un funcionario público se encuentre cumpliendo servicio, y además protege la dignidad de la persona y encuentra adecuación en los tratados de Derechos Humanos, incorporados con jerarquía constitucional en nuestra Constitución Nacional”.

En lo atinente a la punibilidad, el acto fue cometido en cumplimiento de servicio, al que el fiscal González calificó de “desproporcionado, sin causa habilitante, que se hizo con total arbitrariedad, que el reproche no hace más que considerar que este hecho merece apartarse del mínimo de la escala penal, a pesar de que el imputado no registra otras causas penales, ni antecedentes condenatorios”.

Al finalizar el alegato, el fiscal González solicitó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, más pena de 5 años de inhabilitación especial por haber sido cometido el hecho mediante el abuso funcional y que esta última sea dirigida a que Barboza ocupe un cargo en la fuerza, más reglas de conducta.

Finalmente, la jueza de la sala VII del Tribunal de Juicio, distrito Centro, Paola Marocco, condenó a Walter Luis Barboza Romero a la pena de un año y dos meses de ejecución condicional e inhabilitación especial por el doble de la condena.

La Fiscalía de Derechos Humanos dispuso medidas por reclusa que sufrió quemaduras

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, tomó intervención en el hecho que involucró a una mujer de 21 años alojada en la Unidad Carcelaria N° 4 de Villa Las Rosas, que sufrió quemaduras en distintas partes de su cuerpo el pasado 10 de mayo.

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, dispuso una serie de medidas tendientes al esclarecimiento del hecho ocurrido el pasado martes 10 de mayo, en la Unidad Carcelaria N° 4 de Villa Las Rosas.

A fin de avanzar en la investigación, personal de la Fiscalía de Derechos Humanos se entrevistó con la joven en el Hospital San Bernardo, donde se encuentra hospitalizada. Además se solicitó la preservación de las cámaras de seguridad del lugar, la citación de testigos, pedido de informes, registro de sanciones de la detenida, entre otras medidas.

Inicialmente la causa fue llevada adelante por parte del fiscal penal 4, Facundo Ruiz de los Llanos, quien ordenó las primeras medidas, para luego realizar la derivación´ correspondiente a la Fiscalía de Derechos Humanos, que se encuentra abocada a la investigación.

Caso Mamaní: Prisión efectiva para el ex comisario

Luego de un cuarto intermedio de una semana, el juez Ramón Haddad dio a conocer el veredicto en el juicio que contra el ex comisario y otros cuatro efectivos policiales.

Fotos Poder Judicial de Salta

El juez Ramon Haddad condenó a Walter Mamami a la pena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación especial por el doble de tiempo, como autor material de los delitos de privación ilegítima de la libertad y falsedad ideológica en concurso real por el hecho 28 de junio de 2020 en Apolinario Saravia.

Juan Francisco Giménez, Julia Antolina Díaz y Sergio Luis Argañaraz, fueron condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y cumplimiento de reglas de conducta como autores del delito de falsedad ideológica en perjuicio de la fe pública por el hecho ocurrido el 28 de junio de 2020 en Apolinario Saravia.

Franco Matías Vizgarra fue absuelto de los delitos por los que llegó a juicio.

Walter Mamaní, Juan Francisco Giménez, Julia Antolina Díaz y Sergio Luis Argañaraz fueron absueltos por los otros delitos por los que llegaron acusados.

Finalmente, en el fallo se hace lugar en forma parcial a la demanda civil presentada contra los condenados Mamaní, Giménez, Díaz y Argañaraz por la suma de 1 millón de pesos por daño moral.

Caso Mamaní: Este martes se conocerá el veredicto

Tras un cuarto intermedio, el juez Ramón Haddad dará a conocer este martes 10 a las 15, el veredicto en el juicio que se sigue contra el ex comisario y otros cuatro efectivos policiales. Por los delitos de privación ilegítima de la libertad (dos hechos) y falsedad ideológica (dos hechos) desde el Ministerio Público Fiscal solicitaron para Walter Mamaní, la pena de 8 años de prisión efectiva e inhabilitación.

El pasado martes 3, al reanudarse la audiencia, se dio lugar a los alegatos de las partes y los fiscales penales María Celeste García Pisacic y Nicolás Rodríguez López, solicitaron la pena de 8 años de prisión efectiva e inhabilitación por el doble del tiempo, como autor de los delitos de privación ilegítima de la libertad (dos hechos) y falsedad ideológica (dos hechos) para Walter Ezequiel Omar Mamaní.

Para los imputados Sergio Luis Carlos Argañaraz y Juan Francisco Giménez, solicitaron la pena de dos años prisión de ejecución condicional como autores del delito de falsedad ideológica. En cuanto a Julia Antolina Díaz, solicitaron la condena como autora del mismo delito, a la pena de tres años y cuatro meses de prisión efectiva bajo la modalidad de domiciliaria.

Para Franco Matías Vizgarra solicitaron la pena de dos años y cuatro meses de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor del delito de vejaciones agravadas con fines de venganza.

Al alegar la querella, solicitó al Tribunal de la Sala II de Juicio, para Walter Mamaní una pena de 10 años de prisión efectiva. Para Julia Díaz, 3 años y 6 meses de prisión efectiva.

Para Vizgarra solicitó la absolución por el delito de privación ilegítima de la libertad y que sea condenado por el delito de vejaciones a la pena de tres años de prisión efectiva. Para Giménez y Argañaraz solicitó la pena de 2 años y 6 meses por falsedad ideológica.

Luego de un cuarto intermedio, se dio lugar a los alegatos de las defensas técnicas de los acusados, que solicitaron la absolución de sus representados.

Finalizada la jornada, el juez Ramón Haddad, dispuso un cuarto intermedio hasta mañana martes 10 de mayo a las 15 para dar lectura al veredicto.

El ex policía Orozco declarará por escrito

Gustavo Orlando Orozco fue imputado este miércoles en forma provisional por delitos vinculados a cuatro hechos en los que habría participado junto a otros efectivos cuando cumplía funciones como personal policial. Los coimputados fueron citados a audiencia de imputación durante la presente semana.

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, imputó en forma provisional a Gustavo Orlando Orozco como coautor de los delitos de imposición de Torturas (4 hechos), privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencias (dos hechos) y apremios ilegales agravados por la violencia.

El acusado asistió acompañado de un defensor particular y tras conocer la imputación en su contra, se abstuvo de declarar, manifestando que lo hará por escrito.

Los cuatro hechos investigados:

Primera actuación

La Fiscalía de Derechos Humanos realiza su intervención en base a una denuncia radicada en 2015, por parte de quien entonces era menor de edad. En el relato del denunciante y otros seis testigos detenidos por el mismo hecho, se señala a Orozco y otros policías, como los autores de idéntica metodología de actuación: Primero, los conducían a revisión médica, para luego infringirles torturas, como la colocación de bolsas plásticas en la cabeza, piñas en las costillas, rodillazos en el pecho, meterles la cabeza en el inodoro y tirar la cadena, y hacerlos observar cómo torturaban al otro. A esto se agregaba la posterior amenaza de que si denunciaban, la pasarían peor. Gritos y llantos de las víctimas, alaridos de los policías, además de los métodos de tortura, fueron las coincidencias en las declaraciones.

Segunda actuación

La Fiscalía de Derechos Humanos, interviene en la denuncia de 2015 ante la Fiscalía Penal de Rosario de la Frontera, contra  Gustavo Orozco y demás policías de la Brigada de Investigaciones de Rosario de la Frontera. Expresa el denunciante que al enterarse que estaba siendo buscado por la Brigada, se presenta en la Comisaria Nº 31. Al lugar, se presentan Orozco y otros policías, y lo trasladan a una pieza, en el fondo donde comienzan a golpearlo en la cabeza y estómago, pese a que el denunciante sostenía que no había hecho nada y por eso se presentaba en la comisaria. Trasladado a la Base Operativa, le pidieron que se desnude, le pusieron una bolsa de plástico en la cabeza comenzando a asfixiarlo, pegándole varias piñas más. El denunciante señala a Orozco como quien se le acerca y le propina un tortazo en la nuca y una patada en la pierna, quien luego, en la Brigada, le pone una bolsa en la cabeza y le pegaba en el estómago.

Tercera actuación

Se inicia sobre una denuncia de 2014 donde una persona expresa que fue detenido aproximadamente por seis policías vestidos de civil, reconociendo a dos, como Orozco y Ale Luna. Señala que, en la Brigada, le pegaron con la mano y lo ahorcaban con el cinto. Después lo llevaron al río y lo ahogaban, lo desnudaron y le pegaban con un palo por el cuerpo y que el palo estaba envuelto con un trapo para que no se noten los golpes. Luego, en el baño del destacamento le metieron la cabeza en el inodoro y también le hacían dar la cabeza contra la pared. Que lo amenazaban con matarlo a él y su familia.

Cuarta actuación

La Fiscalía de Derechos Humanos interviene sobre la denuncia de una persona que manifiesta que en 2015 fue detenido por personal policial de civil de la Brigada de Rosario de la Frontera: Gustavo Orozco, Medina, “Piri” y otros tres, sin hacerle conocer la causa. Señala que lo torturaban, lo golpeaban en los riñones, le pisaban la cabeza, lo ahogaban en el inodoro y en un tacho con agua, lo asfixiaban con bolsa. Posteriormente lo amenazaban para que no denuncie, sino lo iban a matar.

Los otro cuatro coimputados fueron citados a audiencia de imputación durante la presente semana.  

Violencia institucional: Policía condenado por vejaciones en perjuicio de una embarazada

Un efectivo policial fue condenado por un hecho ocurrido en diciembre de 2018, cuando en el marco de un procedimiento policial, disparó una marcadora contra una mujer embarazada, ocasionándole lesiones. Los otros dos imputados fueron absueltos.

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala V del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en la audiencia de debate contra Nicolás Gerardo López, Luciano Ismael Cardozo y Basilio Lino Antonio Colque por el delito de vejaciones agravadas por el uso de violencia.

El hecho juzgado ocurrió en diciembre de 2018 en la zona norte de la ciudad de Salta, cuando los acusados, que se desempeñaban como efectivos policiales, en el marco de un procedimiento, realizaron un disparo sin ningún justificativo contra una mujer que cursaba un embarazo de 24 semanas con una marcadora, causándole lesiones.

La jueza Gabriela Romero Nayar en su fallo, condenó a Nicolás Gerardo Chocobar a la pena de 1 año de prisión de ejecución condicional y 2 años de inhabilitación especial. Los acusados Cardozo y Colque fueron absueltos.

Caso Mamaní: El veredicto se conocerá el 10 de mayo

Al finalizar los alegatos de las partes en el juicio que se sigue contra el ex comisario Walter Mamaní y otros cuatro efectivos policiales, el juez Ramón Haddad informó que el veredicto se dará a conocer el próximo 10 de mayo a las 15.

Este martes, al reanudarse la audiencia, se dio lugar a los alegatos de las partes y los fiscales penales María Celeste García Pisacic y Nicolás Rodríguez López, solicitaron la pena de 8 años de prisión efectiva e inhabilitación por el doble del tiempo, como autor de los delitos de privación ilegítima de la libertad (dos hechos) y falsedad ideológica (dos hechos) para Walter Ezequiel Omar Mamaní. 

Para los imputados Sergio Luis Carlos Argañaraz y Juan Francisco Giménez, solicitaron la pena de dos años prisión de ejecución condicional como autores del delito de falsedad ideológica. En cuanto a Julia Antolina Díaz, solicitaron la condena como autora del mismo delito, a la pena de tres años y cuatro meses de prisión efectiva bajo la modalidad de domiciliaria. 

Para Franco Matías Vizgarra solicitaron la pena de dos años y cuatro meses de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor del delito de vejaciones agravadas con fines de venganza. 

A continuación, fue el turno de alegar de la querella, que solicitó al Tribunal de la Sala II de Juicio, para Walter Mamaní una pena de 10 años de prisión efectiva para el excomisario. Para Julia Díaz pidió 3 años y 6 meses de prisión efectiva.

Para Vizgarra solicitó la absolución por el delito de privación ilegítima de la libertad y que sea condenado por el delito de vejaciones a la pena de tres años de prisión efectiva. Para Giménez y Argañaraz solicitó la pena de 2 años y 6 meses por falsedad ideológica.

Luego de un cuarto intermedio, se dio lugar a los alegatos de las defensas técnicas de los acusados, que solicitaron la absolución de sus representados.

Finalizada la jornada, el juez Ramón Haddad, dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo 10 de mayo a las 15 para dar lectura al veredicto.

Caso Mamaní: La Fiscalía solicitó 8 años de prisión para el ex comisario

En la ciudad de Metán se desarrollan los alegatos en el juicio que se sigue contra Walter Mamaní y otros cuatro efectivos policiales del departamento Anta. En sus alegatos, los fiscales solicitaron al Tribunal la prisión efectiva del ex comisario y de una de las imputadas, mientras que solicitaron penas condicionales para los otros imputados.

Los fiscales penales Nicolás Rodríguez López y María Celeste García Pisacic, representan al Ministerio Público Fiscal ante el juez Ramón Haddad, vocal 3 de la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Sur – Circunscripción Metan, en la audiencia de debate que se sigue contra Walter Ezequiel Omar Mamaní por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, en calidad de autor y en perjuicio de Luciano Diez.

Este martes, al reanudarse la audiencia, se dio lugar a los alegatos de las partes y los fiscales solicitaron la pena de 8 años de prisión efectiva e inhabilitación por el doble del tiempo, como autor de los delitos de privación ilegítima de la libertad (dos hechos) y falsedad ideológica (dos hechos) para Walter Ezequiel Omar Mamaní.

Para los imputados Sergio Luis Carlos Argañaraz y Juan Francisco Giménez, solicitaron la pena de dos años prisión de ejecución condicional como autores del delito de falsedad ideológica. En cuanto a Julia Antolina Díaz, solicitaron la condena como autora del mismo delito, a la pena de tres años y cuatro meses de prisión efectiva bajo la modalidad de domiciliaria. 

Para Franco Matías Vizgarra solicitaron la pena de dos años y cuatro meses de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor del delito de vejaciones agravadas con fines de venganza. 

Está previsto que durante la jornada continúen los alegatos de la querella y las defensas técnicas.

Violencia institucional: Prisión efectiva para cinco policías

Los cinco efectivos policiales acusados de lesionar gravemente a un soldado, ocasionándole la pérdida de un ojo, fueron condenados a cumplir prisión efectiva, inhabilitados para ejercer cargos públicos y serán registrados en el Banco de Datos Genéticos. Se hizo lugar en forma parcial a la demanda civil y se ordenó su prisión preventiva e inmediata detención.

El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala IV del Tribunal de Juicio del Distrito Centro en la audiencia de debate contra los efectivos policiales Mario Alberto Funes, Luis Armando Quispe, Diego Alberto Cachi, Víctor Fabián Díaz y Lucas Daniel González por los delitos de vejaciones calificadas y lesiones graves en concurso ideal en perjuicio de Néstor Ramón Avalos.

Este martes, finalizados los alegatos, la jueza Norma Beatriz Vera, dio a conocer el veredicto donde condena a Mario Alberto Funes a la pena de 4 años de prisión efectiva e inhabilitación especial de 6 años para ejercer cargo público como autor del delito de lesiones graves doblemente agravadas en perjuicio de Néstor Ramón Avalos.

Los imputados Luis Armando Quispe, Diego Alberto Cachi, Víctor Fabián Díaz y Lucas Daniel González fueron condenados como partícipes necesarios del delito de lesiones graves doblemente agravadas en perjuicio de Néstor Ramón Avalos a la pena de 4 años de prisión efectiva e inhabilitación especial por 6 años para ejercer cargo público.

En el mismo fallo, dispuso la extracción de material genético de los condenados por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

La jueza Vera dispuso la prisión preventiva de los cinco acusados y su inmediata detención para ser trasladados a la Unidad Carcelaria 1.

Finalmente se hizo lugar en forma parcial a la demanda civil, debiendo abonar los acusados y el Estado Provincial, la suma de 5.500.000 a la víctima.

Cabe recordar que el fiscal González en sus alegatos solicitó se imponga la pena de 5 años de prisión efectiva e inhabilitación especial por 8 años para el sargento Mario Alberto Funes, para el suboficial principal Luis Armando Quispe y para el sargento ayudante Diego Alberto Cachi. Para el cabo Víctor Fabián Díaz y el agente Lucas Daniel González solicitó 4 años de prisión efectiva y 4 de inhabilitación especial.

Mañana son los alegatos en el juicio contra el ex comisario Mamaní y otros cuatro policías

Este martes, al reanudarse la audiencia de debate contra el ex comisario y otros cuatro efectivos policiales, se dará lugar a los alegatos de las partes en el juicio seguido contra el ex comisario y otros cuatro efectivos policiales.

Foto Poder Judicial de Salta

Los fiscales penales Nicolás Rodríguez López y María Celeste García Pisacic, representan al Ministerio Público Fiscal ante el juez Ramón Haddad, vocal 3 de la Sala II del Tribunal de Juicio del Distrito Sur – Circunscripción Metan, en la audiencia de debate que se sigue contra Walter Ezequiel Omar Mamaní por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, en calidad de autor y en perjuicio de Luciano Diez.

También contra el cabo Juan Giménez, imputado por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica, vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, con coacción en calidad de autor; la sargento Julia Antolina Díaz y el sargento Sergio Argañaraz por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica, vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real en calidad de autores y contra el agente Franco Matías Vizgarra por los delitos de privación ilegítima de la libertad y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real en calidad de autor.

Tras un cuarto intermedio, este martes 3 de mayo, al reanudarse la audiencia de debate, el juez Ramón Haddad escuchará los alegatos de las partes desde las 9.

Los hechos

Mientras el denunciante circulaba con su vehículo por avenida 9 de Julio, en inmediaciones de Parque Norte – Sala Nido de Apolinario Saravia, apareció en sentido contrario el móvil policial Nº 1745, en el que se desplazaban los acusados, quienes sin motivo alguno, realizaron la detonación de, al menos, cuatro disparos con la intención de amedrentarlo.

Tras esto, se dirigieron a su domicilio particular, donde le dijeron que quedaba detenido por evadir un control policial y darse a la fuga, por lo que los acusados privaron al damnificado ilegalmente de su libertad, ya que no había motivos que autorizaran al personal policial para aprehenderlo. 

Para avalar la restricción ilegal, los acusados armaron una causa penal, en la que el comisario Walter Ezequiel Mamaní formuló una denuncia en contra de Luciano Diez por el delito de atentado a la autoridad. Además, durante el traslado, y luego de que lo ingresaran a la dependencia policial, los acusados lo sometieron a malos tratos físicos y psíquicos.