El hecho ocurrió el año pasado en la cancha ubicada al final del barrio Norte Grande. Uno de los acusados incurrió en el delito de falsedad ideológica.
El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel González, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 4 del distrito Centro, para el sargento Ramón Horacio Martínez, de 42 años, el sargento ayudante Pedro Alejandro Zelaya, de 36 años, y el cabo Pablo Rolando Tercero, de 38 años, por el delito de vejaciones agravadas por el uso de la violencia. También para el oficial auxiliar Gustavo Alejandro López, de 28 años, por los delitos de vejaciones agravadas por el uso de la violencia y falsedad ideológica en perjuicio de la fe pública.
La tarde del pasado 21 de julio de 2022, los tres damnificados se encontraban en un santuario del Gauchito Gil de barrio Norte Grande preparando un asado, cuando los cuatro efectivos de civil pertenecientes a la División Infantería, que hacían ejercicios en la cancha cercana al centro vecinal, se enfrentaron verbalmente. Luego se acercaron a los tres hombres, agrediéndolos físicamente con golpes de puño y patadas, para luego retirarse sin brindar ningún tipo de auxilio. Los damnificados fueron traslados por un vecino al hospital San Bernardo, constatándose que dos de ellos resultaron lesionados como consecuencia de la brutal golpiza.
Conforme al informe médico, uno de los hombres presentaba escoriación de flanco izquierdo, equimosis en párpado superior derecho, escoriación en dorso de pie izquierdo, equimosis en región frontal derecha y en el abdomen parte derecha. El otro damnificado sufrió politraumatismo, según consta en historia clínica.
En los fundamentos de la acusación, el fiscal González sostiene que los imputados, siendo funcionarios policiales, incurrieron en un abuso funcional ilegítimo respecto de la persona de dos de los damnificados, quienes se encontraban en la vía pública.
En el requerimiento, el Fiscal penal de Derechos Humanos manifiesta que corresponde acusar al oficial auxiliar Gustavo Alejandro López por el delito de falsedad ideológica, en perjuicio de la fe pública, el que concurre en forma real con el de vejaciones agravadas por el uso de la violencia, dado que el imputado insertó manifestaciones falsas en un instrumento público, concernientes a un hecho que el documento debía probar.
Entre la prueba ofrecida por el Fiscal, se cuentan denuncias penales, informes policiales, certificados médico-legales, informes del CIF y diferentes testimoniales. Además, se verificó que dos de los acusados registran antecedentes por otras causas en trámite por el delito de vejaciones agravadas.
El fiscal González concluye el requerimiento sosteniendo que la violencia institucional conlleva un plus de reproche, por cuanto es cometida por funcionarios públicos que por sus responsabilidades y obligaciones se encuentran autorizados en los supuestos legales, para hacer uso de la fuerza pública, el que debe ser racional, y necesario no verificando dichos supuestos en la causa, concluyendo que una práctica sistemática y de esta naturaleza se transforma en violatoria de derechos humanos elementales por parte de los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado.