Los hechos fueron advertidos por la red social X Corp. (ex Twitter). El material se distribuía a través del servicio de mensajería instantánea de ésta y otras redes.
Hoy se realizaron allanamientos en el marco de una causa por distribución de material de abuso sexual infantil. Las acciones fueron solicitadas por la fiscal penal Especializada en Ciberdelincuencia Sofía Cornejo y autorizadas por el Juzgado de Garantías, culminando con la detención de un individuo de 25 años.
La identificación del sospechoso fue resultado de las tareas encomendadas por la fiscal Cornejo a la División Prevención y Lucha contra la Trata de Personas de la Policía de Salta (DGI), respecto a la individualización y localización del sujeto investigado.
Durante el procedimiento, se llevó a cabo el registro de dispositivos informáticos que podrían contener datos de interés, así como el secuestro de evidencia útil para la investigación.
Las actuaciones de la Fiscalía Especializada en Ciberdelitos se inician a partir del informe de la Red Nacional 24/7 que integra la Procuración General de Salta, dando cuenta que el proveedor de servicio electrónico (ESP) X Corp. (ex Twitter), reporta un usuario que habría compartido archivos de video con contenido de aparente abuso sexual infantil utilizando chats y mensajería instantánea con otros usuarios .
Los archivos reportados fueron compartidos con otros usuarios a través de servicios de mensajería instantánea ofrecidos por compañías tecnológicas tales como X Corp., WhatsApp e Instagram, donde dichas empresas advierten y alertan a los organismos de control intervinientes sobre la tenencia y distribución de material de menores en situación de abuso sexual por parte del usuario denunciado.
La conducta que podría atribuirse al sospechoso detenido y que será imputado en las próximas horas, correspondería a “el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores”, hecho previsto y reprimido por el Art 128 del C.P.