La damnificada venía sufriendo diferentes hechos de violencia durante la relación de pareja y después de haberla dado por terminada. El condenado deberá cumplir reglas de conducta.
La fiscal penal de Violencia Familiar y de Género 2, Mónica Viazzi, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VI del Tribunal de Juicio del distrito Centro, en la audiencia de juicio abreviado contra un hombre de 26 años de edad por los delitos de amenazas (cuatro hechos), amenazas con arma, privación ilegítima de la libertad agravada, hurto, coacción y daños, todo en concurso real.
En los fundamentos de la calificación legal, la fiscal Viazzi sostuvo que la existencia material de los hechos denunciados y la participación reprobable del acusado surgen de las declaraciones de la damnificada, quien es su expareja, las que resultan coherentes y sostenidas a lo largo de la investigación.
La denunciante manifestó que el 15 de octubre de 2023, el acusado le había manifestado a la mujer que publicaría fotos y videos íntimos porque había dado por finalizada la relación de pareja. Al día siguiente, el individuo le envió amenazas e insultos a través de la red social Facebook.
El pasado 11 de marzo, mientras la denunciante dejaba a sus hijos menores en la escuela, el acusado se presentó en el lugar. Le pidió que lo acompañara a retirar unos papeles y se dirigieron al domicilio donde alquilaba. Una vez dentro de la vivienda, el acusado la amenazó con un cuchillo que colocó a la altura de su cuello. Luego, se acercó y la agredió físicamente mordiéndole el pómulo izquierdo. Posteriormente, le ordenó quitarse las zapatillas, cerró la puerta con llave y guardó esta, reteniéndola contra su voluntad durante aproximadamente cuarenta minutos.
La mujer logró convencer al sujeto para que se dirigieran al centro a realizar un trámite de tarjeta de crédito. Al llegar, se pusieron en la fila y la damnificada aprovechó una distracción del acusado para hablar con un guardia de seguridad y pedirle ayuda. Cuando el sujeto se percató de la situación, se dio a la fuga, llevándose la mochila de su expareja, la que contenía documentación, tarjetas y otros elementos.
La fiscal Viazzi afirmó en el requerimiento a juicio que los hechos atribuidos al acusado constituyen una historia de violencia hacia la mujer, abarcando aspectos físicos, psicológicos, económicos, digitales y/o telemáticos, basada en una relación desigual de poder.
La jueza Gabriela Romero Nayar, tras la confesión del acusado, lo condenó a una pena de 2 años de prisión de ejecución condicional. En el mismo fallo, le impuso una serie de normas de conducta y ordenó que participe en el Programa de Protección de Personas en Situación de Violencia y se someta al control del Patronato de Presos y Liberados.