Cumplirá siete años de prisión efectiva por abusar sexualmente de una pasajera

La mujer abordó un remis, pero el conductor la trasladó a un lugar oscuro donde la sometió. Los hijos de la víctima localizaron al individuo después de analizar las cámaras de seguridad de un negocio cercano e identificar el automóvil.

El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual (UDIS) Rodrigo Gonzalez Miralpeix representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate en la que un hombre de 43 años fue condenado a siete años de prisión efectiva por ser autor penalmente responsable del delito de  abuso sexual con acceso carnal. La audiencia del Tribunal de Juicio Sala VI, estuvo presidida por la jueza Mónica Alejandra Mukdsi.

El 29 de enero de 2023, el acusado se encontraba conduciendo un automóvil cuando abordó a una mujer y le preguntó si necesitaba un remis. Ella subió al vehículo y le pidió que la llevara al domicilio de su madre. Sin embargo el individuo desvió el camino y la condujo a un lugar oscuro, donde la sometió sexualmente contra su voluntad. 

El accionar delictivo del ahora condenado se corrobora entre otra pruebas, con la evidencia médica que dio cuenta de la presencia de escoriaciones y lesiones recientes en la víctima. 

La mujer relató lo sucedido a su hija, quien investigó y revisó las grabaciones de una cámara de seguridad de un local comercial. En las imágenes, vio a su madre subiendo a un auto gris, como el que ella había descripto.

Los otros dos hijos de la mujer lograron localizar al conductor, lo abordaron y comenzaron a discutir. En ese momento llegó un móvil policial, al que informaron sobre lo ocurrido con su madre.  Los efectivos policiales acompañaron al acusado hacia el destacamento policial, donde quedó demorado.

Posteriormente, la víctima participó en un reconocimiento en rueda de personas para identificar al acusado. Confirmó que la persona mencionada en su denuncia estaba presente en la rueda y lo reconoció como el responsable.

El fiscal Gonzalez Miralpeix destacó la conducta evasiva del acusado, quien, no solo al momento de su detención entregó un vehículo que si bien se asemejaba a las características aportadas por la denunciante, no era el utilizado por el causante el día del hecho, ya que el imputado se dedicaba al comercio de vehículos usados,  sino también que, al momento de solicitarse su teléfono celular para inspección ocular, entregó el teléfono celular de su esposa.

Estas y otras pruebas recabadas por la UDIS 2, como el informe del Servicio de Informática del Cuerpo de Investigaciones Fiscales sobre el análisis de geoposicionamiento del dispositivo móvil del acusado, el informe del Cuerpo Especializado de Investigadores (C.E.I.) sobre el análisis de filmaciones de cámaras del SE-911, y las tareas de investigación en las líneas telefónicas del denunciado y la denunciante, que revelaron que ambos celulares activaron su GPRS con las mismas antenas el día del hecho en el rango horario informado por la víctima, finalizaron con la condena a siete años de prisión efectiva para el acusado.