La niña quedaba al cuidado del imputado, quien contaba con la confianza de la madre para dejarla a la menor a su cuidado e incluso la trasladaba a la escuela en el remis.
El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos Contra la Integridad Sexual (UDIS), Rodrigo González Miralpeix, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 2 del distrito judicial Centro, para un hombre de 57 años como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización y reiteración, agravado por la guarda, en perjuicio de una menor de 9 años.
Fue el padre de la niña, separado de la madre, quien denunció los hechos en representación de su hija, luego que ésta le dijera que fue abusada por un hombre, amigo de su mamá.
La menor, quien actualmente tiene 13 años, le contó a su padre que los abusos sucedieron hasta 2019, cuando la madre la mandaba con su amigo o quedaba a su cuidado cuando ella se ausentaba, situaciones que el individuo aprovechaba para someterla a los abusos.
En su declaración testimonial mediante Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), la niña expresó que todo comenzó cuando ella tenía 5 o 6 años hasta los 10 u 11, de forma reiterada.
El hombre la sometía a tocamientos en sus partes íntimas, según relató, en el auto, en la casa y en su habitación, en ausencia de su madre, ya que quedaba encargado de su cuidado y tenía llave de la vivienda.
Por su parte, la abuela materna de la niña declaró que conocía al hombre y que, tanto para su hija, su nieta y ella, era una persona de confianza.
El informe psicológico realizado por la perito psicóloga del Gabinete de Psicología del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), concluyó que “se observa una afectación psíquica, que trae como consecuencia estados de angustia, llanto, ansiedad y un significativo sentimiento de desamparo, ligado a situaciones vivenciadas como avasallamiento a la esfera de la sexualidad”.
El padre de la adolescente refirió oportunamente que su hija tiene cicatrices de cortes, consecuencia de conductas autolesivas o de autoagresión.
El fiscal González Miralpeix pone de relieve en el requerimiento el testimonio de la víctima, sostenido durante todo este tiempo, de acuerdo a lo relatado por los testigos, lo que refleja su verosimilitud.
Por último, el Fiscal de UDIS expresa que el delito descripto resulta agravado, dado que el imputado ostentaba la condición de guardador de la niña.
“El fundamento del mayor reproche a la conducta se deduce del implícito deber moral que tenía el imputado sobre aquella y el nivel de confianza puesto en él, dado el trato familiar, derivado de la relación de amistad existente entre él, su pareja y la madre de la niña y por la profesión que ejercía y por la que fue contratado en diversas ocasiones”, concluye el Fiscal.