Los hechos sucedieron en 2005 cuando una mujer de la comunidad de Lapacho Mocho, Tartagal, denunció que su concubino abusó sexualmente de su hija de 9 años y la dejó embarazada. Tras muchas instancias, se llegó a la condena.
El caso alcanzó resonancia internacional por cuanto hubo opiniones encontradas tanto judiciales como científicas y de integrantes de la propia etnia wichi. Algunos argumentaron que no se podía juzgar a un wichi con pautas culturales distintas a las que rigen en el pueblo originario, en donde las relaciones sexuales con una menor que ya experimentó su menarca es una costumbre arraigada y aceptada.
Luego de un largo y tortuoso laberinto juidicial, se llegó a un juicio contra José Fabián Ruiz, quien al momento de los hechos tenía 27 años. La fiscal María Soledad Filtrin representó al Ministerio Público en las audiencias y el tribunal compuesto por Aldo Primucci, Edgardo Laurenci y Fabián Fayo de la Sala I del Tribunal de Juicio Distrito Orán, lo encontró penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado por la convivencia preexistente y le impuso una pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo.
Dado que el imputado ya había cumplido 7 años de prisión anteriormente, se dispuso que quede en libertad.
La importancia de esta condena radica en que pese a las distintas instancias planteadas teniendo en cuenta las distintas pautas culturales y las costumbres ancestrales, se llegó a una condena que sienta un precedente en estos hechos que se repiten y que constituyen un delito para la ley penal.