La UFINAR realizó una investigación que culminó con la detención de cinco hombres y dos mujeres en julio de 2022. Los acusados admitieron su responsabilidad en los hechos y se acordó, en procedimiento abreviado, el decomiso de la totalidad de los elementos secuestrados para ser utilizados en tareas de investigación.
El fiscal Penal de la Unidad Fiscal Contra la Narcocriminalidad, Santiago López Soto, llevó adelante la investigación y representó al Ministerio Público Fiscal durante el juicio, que se desarrolló por trámite abreviado, en el que se condenó a siete personas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Tras la aceptación de responsabilidad de los acusados en los delitos imputados, el Juzgado de Garantías 1, condenó a Franco Cappa Subelza y Lucas Ezequiel Salas a la pena de 4 años de prisión de ejecución efectiva por el delito de comercialización de estupefacientes.
Por su parte, Juan Nazer; Rodrigo Keber y Natividad Keber fueron sentenciados a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y Ariana Valentina Durarte Teruel a la pena de 2 años y 8 meses de prisión de ejecución condicional a por ser considerados partícipes secundarios del mismo delito. David Keber fue hallado culpable del delito de confabulación para la venta de estupefacientes por lo que fue condenado a 2 años de prisión de ejecución efectiva.
Los siete condenados fueron detenidos el 7 de julio de 2022 como resultado de una investigación encabezada por la Unidad Fiscal Contra la Narcocriminalidad que demandó varios meses. En el operativo fueron secuestrados 37 gramos de cocaína y 3,2 kilos de marihuana, 10 teléfonos celulares, un automóvil Nissan y $ 460.470.
Los investigadores de UFINAR reunieron distintas pruebas que permitieron demostrar el rol que cumplían cada uno de los condenados y lograr el secuestro de estupefacientes durante los allanamientos.
Como parte del acuerdo alcanzado entre las partes, se ordenó el decomiso de la totalidad de los elementos secuestrados para ser utilizados en tareas de investigación de acuerdo a las necesidades del Ministerio Público Fiscal, conforme lo previsto en el art. 8 de la ley 7838 modificada por ley 8145