En la Sala VI del Tribunal de Juicio culminó la audiencia de debate en el que nueve personas fueron condenadas por distintos delitos en el marco de causas originadas tras un violento desalojo ocurrido en agosto de 2020. El fiscal penal Facundo Ruíz de los Llanos representó al Ministerio Público Fiscal.
El 23 de agosto de 2020, mientras la víctima y su familia descansaban, se percataron de que unas diez personas se habían presentado de manera violenta para ingresar al domicilio. Uno de ellos se habría acercado con un cuchillo y otro con un machete, para sacar las pertenencias a la calle, con intenciones de desalojarlos. Las víctimas, fueron desapoderados de pertenencias, y una suma de dinero que formaba parte de sus ahorros.
La jueza Mónica Mukdsi condenó a María Estela Chambi a la pena de 4 años de prisión efectiva, accesorias legales y costas, por resultar autora material y penalmente responsable de los delitos de amenazas, amenazas, amenazas y agresión con arma; amenazas (tres hechos); violación de domicilio por delito cometido en junio 2020, lesiones leves en concurso ideal con desobediencia judicial; amenazas (dos hechos), lesiones leves en concurso ideal, con desobediencia judicial y como partícipe necesaria y penalmente responsable por el delito de robo agravado en poblado y en banda y daños, por hecho cometido el 23 de agosto de 2020 en barrio El Mirador, todo en concurso real. La magistrada, además, resolvió no hacer lugar al pedido de arresto domiciliario, solicitado por la defensa de la acusada, ordenando su inmediato traslado a la Unidad Carcelaria N°4.
En relación a Ricardo Esteban Zambrano, fue condenadoa la pena de 5 años de prisión efectiva, accesorias legales y costas, por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de robo agravado con uso de arma y daños, en concurso real y dispuso su prisión preventiva, por el acto cometido en barrio El Mirador.
En tanto, Liliana Carmen Rosa Frías, Elizabeth Rosario Frías Fernández, Rosa Juana Portal, Carlos Matías Barboza, Hugo Miguel Sulca, Juan Carlos Pereyra y Víctor Daniel Guantay recibieron la pena de 3 años de ejecución condicional por resultar coautores materiales y penalmente responsables por los delitos de robo agravado en poblado y en banda, y daños en concurso ideal y se les impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el término que dura la pena.
En el mismo fallo, María Estela Chambi fue absuelta de forma lisa y llana de los delitos de agresión con armas, amenazas, amenazas en concurso ideal con desobediencia judicial, amenazas y resistencia a la autoridad, por retiro de la acusación fiscal.
Por el beneficio de la duda, Chambi resultó absuelta de los delitos de amenazas, amenazas y lesiones leves y amenazas (dos hechos), en tanto, Liliana Frías fue absuelta, lisa y llanamente, del delito amenazas por retiro del Ministerio Público Fiscal, de la acusación.
Representó al Ministerio Público Fiscal, el fiscal Facundo Ruíz de los Llanos.
La jueza Mónica Mukdsi, en el mismo fallo, dispuso la extracción de muestra a María Estela Chambi para su identificación genética, a los fines de la realización de examen genético y realización de tratamiento psicológico, mientras permanezca privada de libertad y mantenimiento de consigna policial fija, durante el término de un mes y, posteriormente, de manera ambulatoria y periódica durante las 24 hs.