El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, requirió ante el Juzgado de Garantías 3, la elevación a juicio de la causa en la que el sargento Darío Hernán Francia Castedo, de 39 años, fue imputado por la supuesta comisión de los delitos de severidades calificadas por el uso de la violencia en concurso ideal con lesiones leves.
Del requerimiento surgió que el acusado, cerca de las 9 del 7 de junio de 2017, en calle Belgrano al 300, frente de la Comisaria 31 de Rosario de la Frontera, ejercía un acto de servicio y con exceso de sus funciones, habría acometido contra la integridad física del denunciante, quien se encontraba a bordo del móvil 1741, a cargo del imputado.
Al descender del vehículo, el acusado le habría propinado al denunciante un golpe en la espalda y otro en el codo con su cachiporra, que le produjeron lesiones que fueron constatadas mediante certificados médicos.
Además, la oficial de Servicio en ese momento, observó el ingreso a la dependencia del denunciante en llanto, quien solicitó hablar con ella y le informó sobre lo ocurrido.
Por otra parte, de la nómina del personal de servicio y copias certificadas del libro de guardia de la División de Seguridad Urbana Rosario de la Frontera, surgió que el imputado integraba la nómina de personal en servicio y a cargo del móvil 1741, en el que desplazaron al denunciante.
Violencia Institucional
El fiscal penal de Derechos Humanos, Gabriel Alejandro González, recordó que la Violencia Institucional por parte de las fuerzas de seguridad es una práctica estructural de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios públicos policiales y del servicio penitenciario, cuya tutela de bienes jurídicos le han sido encargada dentro del sistema constitucional y democrático.
A fin de contrarrestar esta histórica y tolerada práctica, resulta necesario adoptar un enfoque basado en Derechos Humanos, que permita identificar y oportunamente en consonancia con los Instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional, erradicar estas prácticas de nuestras democracias, mediante la investigación y sanción de estas conductas ilícitas, máxime cuando ellas son llevadas adelantes por aquellos titulares de la función de seguridad.
Estas prácticas violentas y en estos ámbitos, han sido históricamente toleradas, por lo que se debe tener presente que en los entornos en la que se produce se advierte un aprovechamiento de una posición ventajosa, que permite una dependencia absoluta o relativa de la autoridad de las personas, que da la condición de posibilidad para el despliegue de las mismas.